Decreto Departamental No. 32. Jornada de saneamiento por el dengue

image DECRETO DEPARTAMENTAL Nº 32

RUBÉN ARMANDO COSTAS AGUILERA



GOBERNADOR DEL DEPARTAMENTO AUTÓNOMO DE SANTA CRUZ

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Departamental N° 30 se declaró al Departamento de Santa Cruz en “EMERGENCIA DEPARTAMENTAL”, a consecuencia del brote de la epidemia del Dengue y se conformó el Centro de Operaciones de Emergencia Departamental (COED) designando al Secretario de Desarrollo Humano del Gobierno Departamental de Santa Cruz, ALCIDES VARGAS VEGA, como Director General de Coordinación del COED.

Que, de acuerdo a los datos oficiales del Plan de Emergencia para el Control de la Epidemia del Dengue del Servicio Departamental de Salud (SEDES), hasta la fecha se han registrado un total de veintiséis mil ciento sesenta y dos (26.162) personas infectadas con el dengue clásico, setenta y nueve (79) con síntomas de dengue hemorrágico y trece (13) fallecidas por esta epidemia, siendo los municipios más afectados Santa Cruz de la Sierra, Camiri, San Julián, San Ignacio de Velasco y Pailón.

Que, los Incisos a) y p) del Artículo 2 del Estatuto reconocen los derechos a la vida, seguridad física, a la integridad de la persona, a la preservación de la salud y al bienestar.

Que, el Artículo 5, Inciso e) del Código de Salud Boliviano establece que los habitantes bolivianos tienen derecho a ser atendido por cualquier servicio médico público o privado en caso de emergencia, al margen de cualquier consideración económica o del sistema de atención médica a que pertenece el paciente.

Que, es necesario reforzar las medidas implementadas y redoblar acciones de forma inmediata que permitan mitigar el impacto causado por esta epidemia, la misma que pone en riesgo la salud y la vida de los habitantes del departamento.

Que, en este contexto, el COED ha organizado las jornadas de saneamiento “TODOS CONTRA EL DENGUE”, con el objetivo de eliminar los criaderos de mosquitos en todos los hogares cruceños, empezando esta actividad el día 07 de marzo del presente año en el municipio de Santa Cruz de la Sierra.

Que, es necesario regular las actividades a llevarse a cabo el día 07 de marzo para la efectiva realización de la jordana “TODOS CONTRA EL DENGUE”.

DECRETA:

ARTÍCULO 1. (OBJETO). El objeto del presente Decreto Departamental es establecer las disposiciones a cumplirse el día 07 de marzo del presente año, en el municipio de Santa Cruz de la Sierra en la jordana de saneamiento “TODOS CONTRA EL DENGUE”.

ARTÍCULO 2. (CESE DE ACTIVIDADES) Se dispone la paralización de todas las actividades públicas y privadas para el día 7 de marzo, desde las 07:00 hasta las 19:00 horas, en la jurisdicción municipal de Santa Cruz de la Sierra.

ARTÍCULO 3. (CONVOCATORIA). Se convoca a todos los ciudadanos y ciudadanas, a participar activamente de la campaña de limpieza de sus domicilios para la destrucción de criaderos de mosquitos, como acción efectiva en la lucha contra el Dengue.

ARTÍCULO 4. (CAMPAÑA DE EDUCACIÓN). El COED, el Servicio Departamental de Educación (SEDUCA) y el Servicio Departamental de Salud (SEDES), en forma conjunta con la Dirección de Comunicación Social, deberán redoblar la campaña educativa masiva a través de todos los medios de comunicación con el objetivo de enseñar a la población sobre las medidas de prevención, tratamiento, cuidado y erradicación del Dengue.

ARTÍCULO 5. (ATENCIÓN EN CENTROS DE SALUD PRIVADOS). Con carácter de excepción durante la vigencia de la Declaratoria de Emergencia, los centros de salud privados deberán atender a las personas afectadas por Dengue, de acuerdo a la normativa que deberá emitir el SEDES para este efecto conforme al Código de Salud.

ARTÍCULO 6. (PARTICIPACIÓN DE FUNCIONARIOS Y USO DE VEHÍCULOS OFICIALES). Los funcionarios del Gobierno Departamental deben ponerse a disposición del COED para desarrollar las actividades programadas. Asimismo, se instruye el uso de todos los vehículos oficiales de propiedad del Gobierno Departamental en la actividad a cumplirse.

ARTÍCULO 7. (INFORME). Concluida las actividades programadas, el Director del COED deberá elevar un informe pormenorizado de las acciones realizadas.

ARTÍCULO 8. (FUERZAS PÚBLICAS) La Policía Departamental y las Fuerzas Armadas deberán coadyuvar para el cumplimiento del presente Decreto Departamental, en coordinación con el COED.

ARTICULO 9. (EJECUCIÓN EN PROVINCIAS). Los Centros de Operaciones de Emergencia Provincial (COEP) al mando de los Subgobernadores, deberán coordinar la ejecución de las jornadas de saneamiento “TODOS CONTRA EL DENGUE” con el COED y los Gobiernos Municipales.

ARTICULO 10. (PROHIBICION). Desde las 07:00 hasta las 19.00 horas del 7 de marzo, queda prohibida la circulación de vehículos motorizados en todo el territorio de la jurisdicción del municipio de Santa Cruz de la Sierra, sean particulares, oficiales o de servicio público, salvo aquellos que exhiban la autorización respectiva, la cual, en el marco del principio de coordinación interinstitucional, será otorgada por el Gobierno Municipal de Santa Cruz de la Sierra, quien aplicará las multas y sanciones correspondientes a los infractores.

ARTICULO 11. (PUBLICACION). La Dirección de Comunicación Social del Gobierno Departamental, queda encargada de la publicación del presente Decreto Departamental en los diferentes medios de comunicación local, sin perjuicio de la publicación en la Gaceta Oficial del Departamento Autónomo de Santa Cruz, a efectos de que toda la ciudadanía tome conocimiento y participe activamente de estas jornadas de saneamiento.

Quedan encargados del cumplimiento del presente Decreto Departamental el COED, las Secretarías Departamentales, Subgobernadores, Servicios Desconcentrados, Entidades Descentralizadas, Proyectos y Programas dependientes del Gobierno Departamental, y los ciudadanos del Departamento.

Es dado en Casa de Gobierno del Departamento Autónomo de Santa Cruz, de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, a los tres días del mes de marzo del año dos mil nueve.

FDO. RUBÉN ARMANDO COSTAS AGUILERA.