Convergencia Nacional presentará recurso de inconstitucionalidad contra Ley Antirracismo

Acción. La Bancada de Convergencia Nacional en la Cámara de Diputados presentará un recurso directo de Inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional Liquidador, en contra de los artículos 16, 23 y la disposición transitoria cuarta de la Ley Contra el Racismo y la Discriminación y los artículos 82, 86 y 119 de la Ley de Régimen Electoral, por considerarlos "atentatorios" a la libertad de expresión de los ciudadanos bolivianos.

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Norma Piérola, diputada de Convergencia Nacional (CN) (foto Anf)

A través de ese recurso legal, la oposición legislativa pidió al Tribunal Liquidador, una medida cautelar en concordancia con la Ley 1836 que señala: "Cuando se presenta un recurso de inconstitucionalidad esa norma no puede ser aplicada en tanto el Tribunal Constitucional pueda conocer el fondo de la causa".

La diputada Norma Piérola afirmó, este jueves, que esta es una medida precautoria para evitar un mayor daño a la libertad de expresión no sólo en los medios de comunicación, sino en contra de toda la ciudadanía boliviana.

A su turno el diputado Adrián Oliva informó que el recurso a ser presentado este viernes en Sucre, busca agotar los procesos internos. "De no prosperar esa acción se apelará al Tribunal de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de Naciones Unidas para demandar al Gobierno boliviano por la vulneración de convenios internacionales de los cuales es signatario Bolivia", sostuvo.

Explicó que el recurso directo de Inconstitucionalidad, es la acción que se da ante la existencia de un asunto pendiente de resolver. "Creemos que este no sólo es un tema de los trabajadores de la prensa sino de la ciudadanía que con la Ley verá limitada de expresar libremente sus ideas a través de los medios de comunicación", afirmó.

Partes sobre salientes de la Acción Directa de Inconstitucionalidad señala: "Solicitamos se digne dictar sentencia constitucional declarando la inconstitucionalidad de los preceptos legales señalados inmersas en las dos leyes citadas, su inaplicabilidad respecto a todos los bolivianos, o sea con los efectos "herga hommes" y se disponga la derogatoria de los artículos inconstitucionales señalados por ser inaplicables, debiendo ser expulsados dichos artículos del ordenamiento jurídico nacional con las sanciones que correspondan", señala el documento.

El artículo 134 de la Constitución Política del Estado (CPE) señala que: "Toda persona individual o colectiva afectada por una norma jurídica contraria a la CPE tendrá derecho a presentar la Acción de Inconstitucionalidad".

La inconstitucionalidad procede en los siguientes casos: Contra leyes y otras disposiciones generales, incluso las originadas en actos de sujetos privados, que infrinjan, por acción u omisión, alguna norma o principio constitucional.

LA PAZ | ANF.