Comentarios a la Ley de la Madre Tierra

ovidiorocaOvidio Roca

En realidad no se trata de una Ley (ver abajo), de una norma, en su sentido estricto, sino de un conjunto de disquisiciones sobre la naturaleza y la tierra, bajo ideas animistas, esotéricas y místicas. Presenta un conjunto de adecuados conceptos ecológicos para la conservación y manejo de la naturaleza, que en general son los mismos que postula la moderna ecología, pero presentados como patrimonio y bajo el control del grupo indígena andino y no como un valor cultural y social de la humanidad. Esta tarea de preservar el planeta y su biodiversidad que es global y debe ser enfrentado por todos los habitantes de la Tierra, se la reduce a lo local.

Se postula una guardia de Yatiris y Chamanes como cuidadores de la naturaleza basados en su propios preconceptos. El Concejo Nacional de la Madre Tierra, es la máxima instancia de elaboración de las políticas, normas, planes, programas constituido entre otros “por representante y voceros de la madre tierra, a través de ritos y ceremonias y convocatorias espirituales, de los seres vivos de la madre tierra, los chamanes, chamacanis, amautas, kallawayas, sacerdotisas y yatiris”. Los valores culturales, científicos y religiosos del resto de los bolivianos no son reconocidos ni respetados.



A lo largo del texto se nota la angustiosa búsqueda indígena de reconocimiento y de autoafirmación, pero desde una posición maniquea donde los indígenas son los buenos, frente a una humanidad malvada.

La mitología que se maneja en relación a la madre tierra, tiene una fuerte vinculación con la Hipótesis de GAIA de James Lovelock, quien postula que la tierra es un ser “vivo”, donde la biomasa autorregula las condiciones del planeta para hacer su entorno físico (especialmente temperatura y química atmosférica) más hospitalario con las especies que conforman la «vida». Igualmente se manejan los cuatro elementos clásicos griegos (tierra, agua, fuego y aire) a los que se los considera seres vivos.

Con una mirada vuelta al pasado se mitifica una vida indígena rural comunitaria y cuidadora de la naturaleza y se olvidan que actualmente tenemos como siete mil millones de habitantes que necesitamos alimentar, en un momento crítico en el que la especie humana ha superado la capacidad de soporte del planeta.

Se reitera que: “el modelo civilizatorio del vivir bien es alternativo al capitalismo, a la modernidad y al desarrollo”. En el texto se muestra una permanente actitud anticientífica que lleva a proponer soluciones místicas e ingenuas para garantizar la alimentación de la creciente población y se adversa la modernidad y la ciencia. Por ejemplo esta el asunto de la prohibición de los cultivos extensivos, los abonos y las semillas de variedades modificadas. Lo mismo ocurre con el tratamiento de los bosques, que para ser coherentes con su discurso deberían proponer su manejo sostenible y no la reforestación, que implica destruir el ecosistema boscoso y su biodiversidad optando asi por el monocultivo, al que en otro lugar se oponen.

Desconocen el avance del conocimiento humano, solo se postulan las creencias milenarias y la vuelta al pasado, como antinomia a la ciencia y la modernidad, y no consideran que la solución viene por el lado de la educación, valores éticos y autorregulación y principalmente por una ciencia y tecnología que encuentre soluciones amigables con la naturaleza.

Todo este proyecto esta enmarcado en la filosofía del “vivir bien” como la finalidad suprema y la receta final y definitiva que ofrece el MAS: Se lee en el texto “El Estado plurinacional comunitario tiene como finalidad suprema el modelo civilizatorio del vivir bien, modelo alternativo al capitalismo, a la modernidad y al desarrollo; en esta perspectiva se orienta a una economía social y comunitaria, buscando cambiar el modelo económico extractivista, desplegando capacidades y potencialidades territoriales hacia un modelo productivo complementario.”

Si alguien entiende de qué se trata avíseme.


La Paz, 7 de noviembre 2010

Anteproyecto de ley de la Madre Tierra del Pacto de Unidad

(CSUTCB, Bartolinas, Interculturales, CONAMAQ, CIDOB)

PREAMBULO

La madre tierra, el planeta tierra, la pachamama, la madre naturaleza, es el hogar de todos los seres vivientes, forma parte de la constelación, la vía láctea, que a la vez forma parte del cosmos y el taqpacha. Después de la gran explosión inicial, se formaron los átomos y las estrellas, se forman los planetas y los sistemas, también las estructuras, los componentes, los elementos, las materias del planeta tierra, que vamos a tomarlas también como bondades y dones de la naturaleza. La madre tierra es el conjunto de los espacio-tiempo y el ciclo de estos espacio-tiempo; el espacio-tiempo cósmico, del pluriverso; el espacio-tiempo del presente, del lugar, del territorio, de la biodiversidad; el espacio-tiempo interior, de las entrañas de la tierra, de los cuerpos; y la totalidad de los espacios-tiempos que hacen a la unidad plural y al pluralismo unitario complementarios del cosmos. La naturaleza es el conjunto de ecosistemas integrados y complementarios, y de sus procesos ecológicos que construyen permanentemente los equilibrios dinámicos, los retornos armónicos, como volviendo a los nacimientos iniciales, a las matrices originarias. La madre tierra, el planeta tierra, la pachamama, la madre naturaleza, son distintos nombres que codifican y que incluyen las distintas relaciones que mantienen los seres humanos con los demás seres vivientes, con los continentes ecológicos, con la biodiversidad, las territorialidades, los recorridos, las huellas, los ciclos y circuitos de la vida, de las formas de vida, los componentes, elementos, las materias y los seres de la naturaleza. Al comprender la complejidad de estos nombres y el sentido complementario de las relaciones significadas, descartamos otros nombres que expresan relaciones de explotación, expropiación y disociación de la naturaleza, que manifiestan relaciones mercantiles, comerciales y capitalistas, descartamos el nombre de recursos naturales, que manifiesta la relación de despojamiento de la naturaleza por parte del sistema-mundo capitalista. En la misma perspectiva, en consecuencia, también descartamos el concepto de los recursos naturales; no son recursos, como dijimos, pues son seres, materias, elementos, componentes, bondades de la naturaleza, que es la totalidad estructurada de la vida. En el contexto del actual modelo de desarrollo y desde las cosmovisiones de pueblos indígenas originarios campesinos no consideramos adecuada la distinción entre renovables y no renovables pues la naturaleza es vulnerable al saqueo, la contaminación, la degradación y la depredación, la vida misma es vulnerable a la explotación indiscriminada del capitalismo; en este contexto todos los seres bondades y frutos de la naturaleza son susceptibles de agotamiento, la vida en el planeta tierra puede ser aniquilada.

En la coyuntura de la aplicación de la Constitución Política del Estado,en la transición, se plantea que los frutos de la naturaleza en su condición de renovables son de uso exclusivo de los pueblos indígenas y en su condición de no renovables son sujetos a la consulta y el consentimiento previo e informado.

La ley de la madre tierra es una ley matricial, fundacional y marco del conjunto de leyes del Estado plurinacional comunitario y autonómico; esta ley orienta al conjunto de leyes fundacionales y de transformaciones institucionales, económicas, políticas, sociales y culturales hacia el vivir bien, que es el modelo civilizatorio y cultural alternativo al capitalismo, a la modernidad y al desarrollo. La ley de la madre tierra también supone una transformación del pensamiento jurídico, exige un desplazamiento epistemológico que retoma y actualiza los saberes, conocimientos y ciencias ancestrales de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos interculturales, afrobolivianos, complementándolos con los saberes ecológicos, tecnológicos, y ciencias multidisciplinarias de las teorías de la complejidad, de las teorías críticas del capitalismo y la modernidad. Esta ley orienta a los seres humanos, comunidades, sociedades, regiones, autonomías, gobiernos, asambleas y autogobiernos a defender, proteger, mitigar y restituir a la naturaleza de manera complementaria, defendiendo la vida y a los seres cobijados y contenidos en el gran hogar de la madre tierra. Esta ley reorienta a los seres humanos, a las sociedades y los pueblos a reencontrarse con la madre tierra, reintegrándose a ella de una manera complementaria y estableciendo reciprocidad con la naturaleza y los seres que la componen. Los seres humanos forman parte del conjunto innumerable de seres vivos, son parte de la naturaleza, en este sentido no son el centro de la madre tierra ni del cosmos; al ser parte deben compartir con los demás seres, coexistiendo de manera complementaria y recíproca, coadyuvando a la armonía y convivencia que nos permita alcanzar el vivir bien.

La ley de la madre tierra propone un marco teórico, define los derechos de la madre tierra y nuestros deberes para con la madre tierra, el papel del Estado plurinacional comunitario y autonómico en lo que respecta al cumplimiento de estos derechos y estos deberes, el papel de la sociedad, del pueblo plurinacional y de las naciones y pueblos indígenas originarios. La ley establece la práctica de la gestión integral ambiental,y de la gestión territorial, conforma también políticas, planes, programas y proyectos encaminados a proteger, preservar, restituir y mitigar los equilibrios eco-sistémicos. La ley también establece penalidades, prohibiciones y sanciones en relación a los delitos que se cometan en términos de dañó ambiental y ecológico a la madre tierra. La ley incorpora la participación, el control social, la consulta previa y el consentimiento de la sociedad, del pueblo plurinacional y de las naciones y pueblos indígenas originarios. En lo que respecta a los pueblos indígenas originarios campesinos retoma la aplicación de sus derechos consagrados en la Constitución Política del Estado, la realización plena de la autonomía indígena. La ley DE LA MADRE TIERRA es una ley descolonizadora, en el sentido de defensa de sus derechos, y la reconstitución de las naciones y pueblos indígenas originarios, en articulación complementaria con la descolonización en sentido de la interculturalidad emancipadora, que conforma una institucionalidad plurinacional. En este sentido la Madre tierra es un sujeto de derecho desde el sumajqamaña y el sumajkausay.

La ley de la madre tierra es una conquista de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos, de los pueblos y movimientos sociales en lucha contra el capitalismo, es un aporte para la transformación del mundo en la perspectiva de un nuevo modelo civilizatorio mundial alternativo al capitalismo y la modernidad. La ley de la madre tierra es un instrumento normativo y político de defensa de la naturaleza, de los derechos de los seres vivos y retorno a los ciclos y equilibrios matriciales de la madre tierra, contemplando la complementariedad y armonía entre los seres, de estos con la totalidad de la naturaleza. La ley de la madre tierra es el grito de la misma naturaleza contra la contaminación, degradación, depredación ambiental, crisis ecológica, inequidad social, explotación, desigualdad y despojamiento de la naturaleza, grito convertido en norma marco en la perspectiva de la fundación del Estado plurinacional y la conformación del modelo civilizatorio del vivir bien.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La exposición de motivos despliega cinco argumentos que conforman el tejido del texto: el análisis estructural de la crisis ecológica y de la crisis del capitalismo, la exposición del modelo civilizatorio del vivir bien, la concepción de la madre tierra, los motivos de la ley de la madre tierra y el desplazamiento de los derechos de las naciones y pueblos indígenas originarios constitucionalizados.

Nos encontramos ante la crisis estructural del capitalismo, que se manifiesta en la crisis financiera, económica, social, ecológica y energética que compromete las interdependencias de los ecosistemas y la sostenibilidad de las sociedades humanas. La acumulación capitalista construida sobre el despojamiento y explotación ilimitada de los seres, de las bondades naturales y de la fuerza de trabajo ha causado la ruptura entre el ser humano y la madre tierra. El modelo de desarrollo hegemónico demanda más recursos de lo que la naturaleza puede reponer y produce más daños de lo que ella puede remediar. La crisis ecológica y el cambio climático actuales son los síntomas de decadencia e insostenibilidad del modelo civilizatorio occidental, moderno y capitalista. La crisis ecológica exige a las sociedades humanas, a las naciones y pueblos indígenas originarios, en defensa de los seres naturales, poner fin al capitalismo, a la modernidad y a la forma de desarrollo depredador, exige a las sociedades humanas y a los pueblos construir un nuevo modelo civilizatorio y cultural, basado en la concepción integral de la madre tierra, en la integración complementaria de los seres humanos con los demás seres de la naturaleza. A este modelo civilizatorio integral, complementario y conformado por reciprocidades múltiples, las naciones y pueblos indígenas le llaman vivir bien. Desde la perspectiva del cambio estructural civilizatorio y cultural, la superación de la crisis ecológica y de la crisis orgánica del capitalismo no se logra atendiendo los efectos de la crisis ecológica, atendiendo el cambio climático y la problemática ambiental, sino atacando a las causas estructurales de la crisis. Tampoco se trata de replantear la convivencia con el capitalismo, reformando sus formas de funcionamiento, buscando aminorar sus efectos destructivos, explotadores, diferenciadores y creadores de las grandes desigualdades; se trata, por el contrario, de iniciar una etapa postcapitalista. Esta etapa retoma y actualiza las grandes tradiciones solidarias, complementarias y comunitarias desplegadas por las naciones y pueblos, por los movimientos de resistencia al capitalismo y por los proyectos alternativos.

¿Qué es el vivir bien?, Se basa en las matrices civilizatorias indígenas, que recoge la cosmovisión del suma qamaña, del suma kausay, del tekokavi, del ñandereko, del ivimarei, del qhapajñan, que integra utopías y proyectos sociales en armonía con la naturaleza y la comunidad, articulando formas de consumo, de comportamiento y de conductas no degradantes, asumiendo formas de espiritualidad que responden a la relación ética con la vida y desplazando tejidos sociales solidarios y complementarios, armaduras culturales y ámbitos simbólicos, imaginarios y significaciones cohesivas de lo colectivo, de los saberes y el intelecto general. Como formas alternativas de resistencia al capitalismo y la modernidad.

La concepción primordial y horizonte de este nuevo modelo civilizatorio plurinacional e intercultural, propone restituir las relaciones armónicas entre nuestras sociedades y el equilibrio de los procesos y ciclos naturales fundamentales de la madre tierra, alcanzando al mismo tiempo formas justas y equitativas de convivencia social, lo que implica la corresponsabilidad y gestión compartida entre Estado y sociedad en la defensa de la madre tierra en igualdad de condiciones, ejerciendo la democracia participativa y comunitaria. El vivir bien, incluye las dimensiones comunitarias, colectivas, el espacio común, los valores de armonía con el entorno y la visión pluralista intercultural. De manera diferente, el bienestar en cambio abarca valores modernistas como la individualidad, la competencia y el progreso ilimitado. En una perspectiva opuesta la concepción del vivir bien se basa en la recuperación y actualización de las cosmovisión ancestrales, el vivir bien es un valor, principio y finalidad suprema compartida, común y plural, irradiante y proyectado a todas las sociedades, tanto urbanas como rurales. El vivir bien plantea la realización de la vida plena, la felicidad colectiva, que sólo puede ser el resultado de una visión integral y holística, articulando las dimensiones material, cultural y espiritual de la vida y las prácticas sociales. Desde las sociedades y pueblos del sur del sistema-mundo emerge el nuevo paradigma civilizatorio del vivir bien, este paradigma requiere de una nueva normativa que regule y viabilice la armonía y el equilibrio para con la Madre Tierra. En Bolivia, la condición intercultural pluralista del nuevo Estado plurinacional comunitario plantea la necesaria transformación de la relación entre estado y sociedad, reinsertando la forma Estado a la sociedad integral; así también plantea la necesaria transformación de las relaciones de la sociedad con la madre tierra, reintegrando a la sociedad a su matriz natural, comprendiendo claramente que la sociedad humana forma parte del conjunto de sociedades no humanas, que los seres humanos forman parte del conjunto de interacciones entre seres vivientes. Desde esta perspectiva, desde el contexto de estas relaciones integrales entre Estado y sociedad, entre sociedad y madre tierra, se puede concebir la posibilidad de la sostenibilidad de los ecosistemas y de los bosques, asumiendo de esta forma la responsabilidad que se tiene para con las generaciones presentes y futuras, que se tiene para con todos los seres naturales cobijados en las entrañas de la madre tierra.

El concepto de Madre Tierra es complejo, comprende la integralidad de los ecosistemas y de los seres naturales, su eco-organización y su auto-organización, además de concebirse como el hogar de los seres naturales, de los ecosistemas, de la biodiversidad, de las sociedades orgánicas y de los individuos componentes. La Madre Tierra es un ser complejo y múltiple, matriz de interrelaciones, de interacciones y entrelazamientos entre los seres naturales, por eso mismo también sujeto plural y ámbito complejo de subjetividades e intersubjetividades, expresados por la espiritualidad y ritualidades, por eso mismo matriz de ámbitos y campos de afectividades múltiples de los seres vivientes. Entendiendo todo esto en toda la cobertura, alcance y profundidad de la complejidad viviente, se puede construir la interpretación intercultural e híbrida de la Madre Tierra como sujeto de derecho. Este concepto de sujeto de derecho es una aproximación interpretativa, que puede descifrarse con los recursos de la traducción intercultural y de la ecología de los saberes. Se trata de comprender la complejidad de la matriz vital, hogar integral de los seres vivos, interdependientes, interrelacionados, los mismos que tienen un destino compartido. La Madre Tierra como sujeto de derecho exige un desplazamiento teórico y una ruptura epistemológica con respecto al discurso jurídico, al pensamiento jurídico y sistema de derecho moderno y occidental. Se trata de otra forma de pensar distinta y de la apertura al pluralismo jurídico.

La concepción de la madre tierra deviene de las cosmovisiones de las naciones y pueblos indígenas originarios, forma parte de sus imaginarios, representaciones, alegorías simbólicas, ritos y ceremonias. La configuración de la madre tierra reaparece ahora como parte de las luchas descolonizadoras de los pueblos indígenas, en este sentido forma parte de los derechos de las naciones y pueblos indígenas originarios, derechos que tienen que ver con el autogobierno, la libre determinación, la reconstitución de los territorios ancestrales, las normas y procedimientos propios, la gestión territorial, la gestión ambiental, el beneficio exclusivo, la consulta y consentimiento previo, cosmovisión propia. En este sentido la ley de la madre tierra resulta de la aplicación consecuente de los derechos de las naciones y pueblos indígenas originarios. Sin embargo es una ley que comprende a todos, a todas las sociedades, a todos los seres naturales, a la totalidad del planeta y su interrelación con el cosmos.

TÍTULO I.- ASPECTOS GENERALES

OBJETO DE LA LEY

La presente Ley tiene por objeto defender, proteger, conservar, restaurar y salvaguardar a la Madre Tierra (Pachamama, TIERRA SANTA Y BENDITA), a las bondades de la naturaleza y a su biodiversidad, así como regular el uso y manejo responsable, sustentable y armonioso de las BONDADES DE LA MADRE TIERRA, con pleno respeto a la regeneración de su biocapacidad, y a combatir los efectos del Cambio Climático, promoviendo el EQUILIBRIO integral económico autosostenible, para garantizar el Vivir Bien de las generaciones actuales y futuras, según normas y procedimientos propios de los pueblos indígenas originarios campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianos, de acuerdo a leyes e institucionalidad del Estado Plurinacional.

OBJETIVOS

· El objetivo fundamental de la ley de la Madre Tierra es garantizar la coexistencia y preservación de la vida.

· Restituir, fortalecer y revalorizar los conocimientos, saberes, ciencias, tecnologías, principios, valores ancestrales y tradicionales, para el cuidado de la Madre Tierra en su diversidad cultural.

· Establecer instrumentos legales y mecanismos de prevención y sanción a los atentados a la Madre Tierra.

· Conservar, proteger y defender las áreas protegidas, áreas forestales, lugares de fragilidad ecológica y lugares sagrados por medio de políticas públicas, planes, programas y proyectos para el Vivir Bien.

· Implementar y garantizar políticas públicas de manejo y uso adecuados, en armonía con la naturaleza, respetando,aplicando las normas y procedimientos propios de las naciones pueblos indígenas originarios y campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianos (bolivianas y bolivianos) (art. 3) y conservando las bondades de la naturaleza estratégicas: agua, aire, suelo y subsuelo, bosques y selvas, biodiversidad, el espectro electromagnético y de todos aquellos elementos y fuerzas físicas, que garanticen el Vivir Bien.

· Implementar políticas públicas que garanticen la gestión ambiental, territorial y productiva de las bondades de la naturaleza como minerales e hidrocarburos, en armonía con la naturaleza, para el Vivir Bien.

· Garantizar el derecho de consulta y consentimiento previo y vinculante, reconocido en la Constitución Política del Estado,el convenio 169 de la OIT y la declaración de las naciones unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas los pueblos indígenas originarios campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianos, según sus normas y procedimientos propios.

· Garantizar la efectiva participación y control social de las bolivianas y los bolivianos para defender, proteger, conservar, restaurar y salvaguardar a la Madre Tierra, las bondades de la naturaleza y su biodiversidad, de acuerdo a leyes e institucionalidad del Estado Plurinacional.

· Incentivar, fomentar y capacitar en el manejo de la producción agroecológica para garantizar la seguridad y soberanía alimentaria a través del manejo de tecnologías adecuadas en respeto a la Madre Tierra.

· Implementar políticas de prevención y reducción de los impactos socio-ambientales sobre suelos, agua, aire y biodiversidad.

ALCANCES

· La presente ley es una Ley Marco, matriz de leyes fundacionales, por lo que todas las leyes plurinacionales, territoriales, sectoriales, específicas y autonómicas que rigen en todo el territorio plurinacional deberán desprenderse y adecuarse por ser ley integral, Quedan sometidas a la presente ley todas las bolivianas y bolivianas, extranjeros, personas jurídicas públicas y privadas.

· Es ley integral por su expansión y búsqueda de transformación institucional, requiere del ejercicio de la traducción intercultural y la ecología de los saberes, persiguiendo lograr la interpretación exhaustiva, la armonía, el equilibrio y la complementariedad entre sociedad y madre tierra.

DEFINICIONES Y CONCEPTOS

MADRE TIERRA

La Madre Tierra es un ser vivo, sagrado, fecundo, fructífero, fuente de vida, que alimenta y acoge en su regazo a todos los seres, se encuentra en permanente equilibrio, armonía y comunicación con el cosmos, comprende la integralidad de los ecosistemas y de los seres naturales, su eco-organización y su auto-organización, además de concebirse como el hogar de los seres naturales, de los ecosistemas, de la biodiversidad, de las sociedades orgánicas y de los individuos componentes. La concepción de la madre tierra deviene de las cosmovisiones de las naciones y pueblos indígenas originarios, La madre tierra es un sujeto de derecho para los fines de la presente ley.

SERES VIVOS, NATURALES Y BONDADES DE LA MADRE TIERRA.

El mito de Tunupa muestra elocuentemente el ciclo de la vida; se trata de un dios que se hunde viajando en totora por el río desaguadero, se introduce en las profundidades de la tierra, mankapacha, para volver a emerger de las entrañas de la tierra, en forma de volcán, que escupe fuego a la atmósfera, alaxpacha, cayendo sobre la tierra como lava y polvo, volviéndose después roca. Subsuelo, suelo y cielo son articulados y vinculados por medio de una metamorfosis lúdica y creativa.

i. Los seres vivos son entes plurales y diferenciales que en su interacción conforman a la madre tierra como un ser vivo múltiple; los seres vivos constituyen las formas existentes de la vida, de la lógica de la vida, de la fuerza de la vida y de la voluntad de vida.

II. Son bondades de la naturalezalos frutos de la madre tierra, las fuerzas inmanentes y físicas, energía, que se encuentran en todos los niveles de la esfera terrestre, también los llamados “recursos naturales”, es decir los minerales en todos sus estados, los hidrocarburos, el agua, el aire, el suelo y el subsuelo, los bosques y selva, la biodiversidad, el espectro electromagnético y todos aquellos elementos y fuerzas físicas de la Madre Tierra.

BIODIVERSIDAD

La biodiversidad hace a la variedad de ecosistemas que conforman y configuran la interactividad e interacción entre seres vivientes de la madre tierra. La ecología estudia la biodiversidad comprendiendo su eco-evolución y auto-organización generativa y regenerativa, es decir el movimiento primordial de los ciclos vitales. La biodiversidad hace referencia a la amplia variedad de seres vivos sobre la madre tierra y los modelosnaturales que la conforman, constituidosdurante la larga eco-evolución de acuerdo a los procesos inherentes a la creación y recreación de la madre tierra, aunque también debido a la influencia reciente y creciente de las actividades de las sociedades humanas. La biodiversidad comprende igualmente la variedad deecosistemas y las diferencias genéticas de los seres biológicos que permiten la combinación de múltiples formas de vida, y cuyas mutuas interacciones y con el resto del entorno fundamentan el sustento del ser complejo y múltiple de la madre tierra. El ecosistema comprende al conjunto de las interacciones en el seno de una unidad geofísica determinable que cobija a diversas poblaciones vivientes que constituyen la integración compleja auto-organizativa.

En la perspectiva de la totalidad compleja de la vida, se produce la integración de la organización biológica en el orden cósmico. La radiación del sol aporta energía a la vida. La gravitación ejercida sobre la madre tierra, que comprende la traslación y la rotación, crea un orden cíclico que los seres vivientes incorporan como orden organizacional. El orden del sistema solar no sólo determina los grandes ciclos de la biosfera. Los ciclos cosmofísicos están en el interior de cada ser vivo. Todo ocurre como si el gran reloj cósmico desencadenara y controlara, directamente como luz, indirectamente como temperatura, todas las operaciones vitales de cada organismo, pero sincronizándose con los relojes biológicos internos que funcionan en los organismos. Las sociedades humanas lejos de separarse del orden temporal cósmico forman parte intrínseca de esta temporalidad. Las sociedades arcaicas se organizan como microcosmos a imagen de la cosmovisión del macrocosmos. Las sociedades históricas establecen el calendario del cielo para regular el calendario humano, organizan el tiempo sobre la base del calendario astral, obedecen las co-determinaciones del sol y de la luna, convertidas en divinidades en las mitologías y armaduras culturales ancestrales.

Se reconoce que en el proceso de domesticación de los genomas de las plantas y animales ha existido una participación importante de las sociedades humanas, quienes generación tras generación han hecho que las especies silvestres, las especies y las variedades actuales, con alto poder de adaptación a distintos ecosistemas y con rendimientos agronómicos que superan a las variedades silvestres de origen; por tanto, la incorporación de un gen en este patrimonio genético no autoriza ni legal ni moralmente a individuos, las corporaciones y estados a patentar las semillas.

AGUA

El agua es uno de los seres y de las bondades de la naturaleza fundamentales de los ciclos de la madre tierra, uno de los más abundantes. Se forma en las alturas de las montañas, en los glaciales, nace en estas fuentes, recorre desde las alturas los territorios, formando cursos, afluentes de ríos, depositando sus aguas en lagunas, lagos y mares. Sumiéndose en las profundidades dando curso a los recorridos de las aguas subterráneas. Los recorridos del agua forman cuencas, las que conforman y dan vida a la interactividad de los ecosistemas que componen la cuenca. Todo este recorrido comprende el ciclo de generación y regeneración del agua, dando lugar a la evapotranspiración, convirtiendo el líquido en la forma gaseosa del agua, condensación, en forma de nubes, y precipitación, que determinan en su circulación los climas. La lluvia, la nieve, los granizos, devuelven esta condición gaseosa a su estado líquido, dando recomienzo nuevamente al ciclo del agua, también a los ciclos generativos y regenerativos de los seres de los ecosistemas. El agua en sus diferentes estados y en distintas fases del ciclo hidrológico se halla sometida a múltiples procesos de orden natural y como consecuencia de determinadas actuaciones humanas. Desde esta perspectiva, hay que considerar la bondad hídrica como flujos, en forma de ríos, aguas subterráneas; también es fuente de energía, la energía cinética de las masas de agua; es también vehículo de evacuación de componentes de desecho por su alto poder disolvente; así mismo forma parte del paisaje y del disfrute de los seres que gozan del consumo y la recreación del agua.

El agua es ser vivo, en tanto tal es afectivo y receptivo, predispuesto a estímulos externos. Siendo abundante en la composición de la madre tierra y constituyendo la proporción más significativa de los seres, se comporta como un regulador de la armonía y el equilibrio ecológico, siendo un medio transportador de nutrientes y de vida en el interior de los organismos vivos.

CUENCAS

Las cuencas son verdaderos continentes ecológicos, que comprenden nichos, ecosistemas diversos, lo que llamamos biodiversidad, sosteniendo como matriz ecológica los ciclos generativos y regenerativos, eco-evolutivos y de auto-organización de la madre tierra. Las cuencas hidrográficas drenan las aguas y los materiales disueltos o en suspensión hacia un punto común de desemboque, mediante la energía procedente de la gravedad. Los tamaños de las cuencas varían en función de la morfología de los territorios y se encuentran recorridas por los decursos del agua, formando toda una red compleja hidrográfica que alimenta la biodiversidad de los ecosistemas, participando activamente en los ciclos múltiples y articulados de la vida. La forma de red hídrica que constituye una cuenca depende en gran manera de otras condicionantes de la ecología: clima, litología, tectónica y topografía, entre los más importantes, determinando redes de drenaje de diferentes texturas y densidades. Las cuencas sostienen la vida de los ecosistemas, de los bosques, de los ciclos del agua, de los ciclos del aire y los ciclos regenerativos de los suelos.

AIRE

El aire es una bondad de la naturaleza, forma parte de los ciclos de la vida de la madre tierra. El aire es la mezcla de gases que conforman la atmósfera. Las proporciones de estos gases son variables, dependiendo de la altura, sobre el nivel del mar, normalmente la composición de la atmósfera cerca de los niveles próximos a los suelos se describe a partir de la concentración de los principales componentes del aire: nitrógeno, oxígeno, argón, dióxido de carbono y otros gases partícipes en menor proporción. Algunos de estos gases interactúan con compuestos procedentes de la biosfera, la hidrosfera y hasta la misma atmósfera, por lo que las concentraciones son variables temporal y espacialmente. Cuando se produce la contaminación atmosférica por causa de las actividades humanas se generan el efecto invernadero provocando la crisis del cambio climático. El efecto invernadero se debe a las emisiones de gases contaminantes debido al proceso industrial y al hiper-consumismo de las ciudades del centro del sistema-mundo capitalista.La descarga industrial emite más dióxido de carbono, que es causa del calentamiento global. También contribuyen a este efecto las actividades agrícolas empresariales por su alta emisión de óxido nitroso y la ganadería comercial por su alta emisión de metano.

En la atmósfera el vapor de agua, las nubes, tienen una influencia decisiva en los fenómenos climáticos e intervienen en los flujos energéticos del sistema a través de la secuencia evaporación-condensación. También tenemos que tener en cuenta que en la atmosfera existen otros componentes en estado sólido, líquido o gaseoso, ajenos a la composición, muchas de las cuales constituyen elementos contaminantes. La masa atmosférica presenta discontinuidades, que tiene repercusiones en su dinámica, originando movimientos de aire, y como consecuencia intervienen procesos de difusión de los posibles contaminantes. La estructura vertical de la atmósfera está conformada en la parte primordial por la troposfera, la capa en la que tienen lugar los movimientos conectivos del aire, donde se concentra la masa atmosférica y en la que la temperatura desciende con la altura. Es la parte donde se manifiestan la mayor parte de los problemas ecológicos. Cuando se menciona la contaminación atmosférica se alude al límite inferior de la troposfera.

La atmósfera, capa exterior de la madre tierra, y constituida por aire en sus diferentes composiciones, es la característica diferencial con relación a los demás cuerpos del sistema solar, es la condición que permite el desarrollo de las distintas formas de vida de la madre tierra.

Las cosmovisiones ancestrales conciben al aire como ser vivo, aparece como transmisor de los mensajes ancestrales a través de los vientos, leyendo en las nubes las señales venideras de los climas, dando lugar al intercambio energético entre los seres de la madre tierra.

SUELOS

Los suelos son otras de las bondades de la naturaleza que conforman la matriz de la biodiversidad, los suelos son componentes fundamentales de la ecología, constituyen la parte de la superficie terrestre sobre la que se asienta la vida vegetal y sobre la que se desarrolla la mayor parte de las actividades humanas. Desde el punto de vista agrario el suelo es un ecosistema que conforma la vida vegetal y animal, por lo que es un condicionante fundamental en el proceso de producción de alimentos. Los suelos son el soporte de la vida vegetal, tanto de las comunidades naturales como las que se insertan en los sistemas agrarios, así también son el sustrato donde se asientan las poblaciones humanas. Cuando se afecta negativamente al ciclo vital de los suelos, degradándolos, depredándolos, desforestándolos, afectamos a los ciclos complejos y articulados de los seres, de los ecosistemas, de los continentes ecológicos, afectando a la auto-organización de la vida. Mantener el equilibrio y la armonía de los suelos es defender los derechos de la madre tierra.

En la actualidad los sistemas agro-empresariales de producción de cultivos con destino al mercado externo están basados en la extracción y exportación de nutrientes de la madre tierra. Este sistema depredador es responsable del avance descontrolado de la frontera agrícola, condición que ocasiona desforestación, desertificación, marginamiento y discriminación de poblaciones nativas.

El suelo es el espesor vital de la madre tierra, su contacto nos traslada al mundo profundo de las entrañas de la madre tierra, comunicándonos con las fuerzas y las energías telúricas.

MEDIO ECOLÓGICO

El medio ambiente es el hogar, el hábitat compartido de todos los seres. El medio ambiente implica todo nuestro entorno, natural y artificial, socioeconómico y cultural. Es decir, todos aquellos elementos que coexisten en el planeta, los seres humanos y las relaciones que estos tienen con lo que los rodea.Comprende todo entorno, incluyendo tanto a los seres vivos, otros sistemas bióticos, el aire, el agua, el suelo, las bondades de la madre tierra, la flora, la fauna, los seres humanos, y su interrelación e interacción. En este contexto, el medio ambiente se extiende desde el interior de unaeco-organización hasta el conjunto de los ecosistemas de la madre tierra.

BOSQUESY SELVA

Sonecosistemas y ecoregiones, continentes y nichos ecológicos diversos con especies nativas de flora y fauna, prestadoras de funciones ambientales y bondades de la madre tierra. En el que coexisten, interactúan e interrelacionan plantas, animales, agua, aire puro, seres humanos y espirituales, proporcionado refugio y medicinas naturales y dando lugar a la formación de mundos de los distintos seres vivos.

Los bosques y las selvas son sistemas complejos conformados primordialmente por árboles, extensiones de árboles y de flora que cobijan a diversidad de faunas y bondades de la madre tierra. Las selvas comprenden la compenetración tupida y tropical de bosques en distintos niveles de densidad y humedad, dando lugar a distintos formas de intervención humana, probablemente menor en las selvas.

GESTIÓN ECOLÓGICA

Conjunto de acciones encaminadas a lograr el equilibrio en el proceso de decisión relativo a la conservación, protección, restitución y mejora del medio ambiente como una herramienta para la defensa de la madre tierra, a partir de un enfoque interdisciplinario y global, para modificar, influir u orientar los usos y manejos de las bondades de ésta, así como prevenir y mitigar los impactos de las actividades humanas. La gestión ambiental implica corresponsabilidad entre Estado y el conjunto de la sociedad. En el caso de las naciones y pueblos indígenas originarios la gestión ambiental se ejerce mediante la aplicación de las normas y procedimientos propios.

TERRITORIO

Es el espesor cultural, histórico, ecológico, que comprende los niveles de aire, agua tierra, suelo, subsuelo y biodiversidad, el espacio de coexistencia armónica de complementariedad y reciprocidad, en el que los seres vivos interaccionan entre ellos y con la Madre Tierra disfrutando de sus bondades.

TERRITORIO INDÍGENA

Son territorios indígenas, los bosques, selvas, montes, valles, punas, ríos, lagos y lagunas que se identifican con la existencia de una nación y pueblo indígena y que le han provisto de sus medios de vida; la riqueza heredada de sus antepasados y el legado que están obligados a entregar a sus descendientes; un espacio en el que cada pequeña parte, cada manifestación de la vida, cada expresión de la naturaleza es sagrada en la memoria y en la experiencia colectiva de esa nación o pueblo y que se comparte en intima interrelación con el resto de los seres vivos, respetando su natural evolución, como única garantía del mutuo desenvolvimiento.

VIVIR BIEN

Es el modelo civilizatorio y cultural alternativo al capitalismo, la modernidad y el desarrollo, concebido desde las cosmovisiones de las naciones y pueblos indígenas originarios, entendido como ámbito cultural, social y práctico que permite el encuentro armonioso entre el conjunto de seres vivos, los seres humanos y la Madre Tierra. Desde esta perspectiva esta concepciónsignifica vivir en armonía, en complementariedad y en equilibrio espiritual con la naturaleza y las sociedades; Vivir Bien entre nosotros, Vivir Bien con lo que nos rodea y Vivir Bien consigo mismo.

ESTADO PLURINACIONAL COMUNITARIO

El Estado plurinacional comunitario es la materialización política del proyecto descolonizador de los movimientos sociales, las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos, interculturales y afro bolivianos. Corresponde a un nuevo mapa institucional, como consecuencia de las transformaciones institucionales, económicas, políticas, sociales y culturales, donde el Estado se integra a la sociedad, convirtiéndose en instrumento de la sociedad. Estas transformaciones institucionales suponen el pluralismo institucional, el pluralismo normativo, el pluralismo administrativo y el pluralismo de gestión, acabando de este modo con la estructura institucional mono-cultural y mono-nacional del Estado nación, del Estado moderno, del Estado liberal, del Estado colonial. El Estado plurinacional comunitario se basa en una nueva relación entre sociedad y Estado, en el contexto y proceso abierto por la democracia participativa, la democracia directa, la democracia representativa y la democracia comunitaria. El Estado plurinacional también es el instrumento político de la reintegración de la sociedad a la madre tierra en el decurso de construcción del modelo civilizatorio y cultural del vivir bien

PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA DEL ESTADO PLURINACIONAL

Es la planificación integral y participativa con enfoque territorial y socio-ambiental, entendiendo la planificación como el proceso de armonización y coordinación participativa con las naciones y pueblos indígena originarios campesinos, interculturales y afrobolivianos, sociedades, niveles autonómicos, intergubernamentales y entre las asambleas legislativas y formas de autogobierno, previendo las consecuencias de las acciones de estas instancias en los contextos eco-sistémicos, orientándolas hacia la realización de los principios, valores y finalidades del Vivir Bien. La planificación integral y participativa es un instrumento intercultural y comunitario para la realización integral de las políticas públicas, la gestión plurinacional, la gestión comunitaria y la gestión intercultural, en la perspectiva de la fundación, institucionalización y consolidación del Estado Plurinacional Comunitario y Autonómico. La planificación se evalúa por el impacto social y por su fuerza transformadora.

EDUCACIÓN ECOLÓGICA

Es el proceso de recuperación y despliegue de prácticas, saberes, ciencias, conocimientos y tecnologías ancestrales en relación a las lecturas e interpretaciones de las marcas, huellas, manifestaciones, procesos, circuitos y ciclos de la naturaleza, configuración del firmamento y del cosmos. La educación ecológica es un proceso y medio de descolonización y emancipación basada sobre la interculturalidad, la multidisciplinariedad y la visión de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianos.

PRINCIPIOS

VIVIR BIEN

El vivir bien es la expresión constitucional de las cosmovisiones indígenas originarias, retomadas políticamente como modelo civilizatorio y cultural alternativo al capitalismo y socialismo, a la modernidad, y al desarrollo. Orienta el modelo de Estado plurinacional, el modelo de pluralismo autonómico y el modelo económico social comunitario hacia la realización del vivir bien, entendido como armonía, equilibrio y complementariedad entre los seres vivientes y de ellos con los cicloscósmicos y de la naturaleza, entendido como armonía y reciprocidad con las comunidades, las sociedades, los pueblos y naciones indígenas originarias. El vivir bien es convivencia integral y se realiza en distintos niveles, materiales, culturales, sociales y espirituales. Se trata de vivir bien con la naturaleza, vivir bien con las comunidades y las sociedades y vivir bien consigo mismo. En este sentido entendemos el vivir bien como plenitud.

ARMONÍA

La armonía es equilibrio dinámico, es confluencia de la pluralidad y de la multiplicidad, es conjunción de los diverso logrando la conformidad, la concordia, el concierto y la conciliación de los procesos inherentes, de las singularidades concurrentes, de los seres vivientes, de los seres humanos, las sociedades, comunidades. La armonía supone equilibrio con los ciclos cósmicos, la sinfonía con las estrellas y el canto de los pájaros, conforma la unidad con los animales, los cerros, los ríos, las plantas, generando la serenidad plena de la convivencia espiritual.

BIEN COLECTIVO

El bien colectivo es un beneficio compartidopor todos los seres y los ecosistemas. El bien colectivo es el conjunto de condiciones ecológicas, históricas, sociales, políticas y culturales que implican bienestar para todos los seres en el modelo civilizatorio del Vivir Bien. Su aplicación realiza el compartir colectivo. El bien colectivo supone el jaque, alguien, chacha-warmi, la interacción compartida y complementaria, no hay una concepción individual, tampoco privada.

COMPLEMENTARIEDAD

La complementariedad es una relación de ampliación y plenitud de los seres y sujetos que establecen conexiones y contactos completándose, compensando sus diferencias, articulándolas conformando totalidades equilibradas y armónicas. La complementariedad supone el reconocimiento del otro, la alteridad, hombre o mujer, como conjunción de una relación equilibrada y armónica, permite la circulación, el ayni y la minka, así como la posibilidad de lo incierto, articulando la dualidad integral de los opuestos.

DUALIDAD

La dualidad corresponde a una de las formas de complementariedad, implica la complementariedad dual de energías, íntimamente ligadas a la fertilidad, generación, regeneración y creatividad cósmica. En el mundo andino se concibe la dualidad entre lo femenino y masculino en la relación de todos los seres cósmicos y de la madre tierra.

ROTACIÓN

La rotación es un principio estructurarte de las organizaciones e instituciones comunitarias, particularmente del ayllu. Comprende la circulación y rotación de los mandos, de las autoridades, de las jefaturas, haciendo que toda la comunidad participe en la responsabilidad del autogobierno comunal. Los que participan son también personas, jaques, chacha-warmi, hombre-mujer, parejas, que a su vez ya tienen la responsabilidad de la familia, del hogar, de la casa, de las labores agrícolas. La rotación liga el gobierno de si mismo con el gobierno de la comunidad, pasando por el gobierno del hogar.

AYUDA MUTUA

Es una relación social, cultural, económica, política y espiritual que genera flujos y circuitos del dar y de recibir, generando dependencias, alianzas y prestigios. La ayuda mutua conforma los circuitos del don, la valoración política de las alianzas familiares y territoriales, la valoración cultural del que da. La ayuda mutua tiene variadas formas de realización: el ayni, entendido como retribución del apoyo equivalente en distintos servicios al que se ha recibido; la minka entendida como retribución en apoyo equivalente pero en un servicio equivalente al recibido; la jaimaentendido como apoyo colectivo en tierras de uso social en distintos niveles, que pueden ser económicos, políticos, espirituales, en este caso se trata de un trabajo comunal[1].

REDISTRIBUCIÓN

Es la participación equitativa, justa, solidaria y compartida de bienes, beneficios, de los productos colectivos, sociales y comunitarios. La redistribución supone el equilibrio económico y la armonía social.

EQUILIBRIO

El equilibro es la relación complementaria entre los opuestos, permite la permanencia y conservación de la composición de los ecosistemas, el equilibrio mantienen la estabilidad de la vida a pesar de las dinámicas y los cambios.

RESPETO

El respeto es una conducta moral, ética y espiritual de los seres humanos que valora la diversidad, la equidad, la libertad, la autodeterminación y el derecho a la vida de todos los seres. El respeto se da en lo que respecta a todo tipo de relación biológica, cultural, intercultural, social, económica y política.

EQUIDAD

La equidad es una relación de reconocimiento que se establece en condiciones de armonía entre seres y sujetos, respetando diferencias e identidades propias y excluye cualquier tipo de discriminación.

RESPONSABILIDAD

La responsabilidad es el compromiso adquirido como seres humanos para con la madre tierra de mantener, preservar, conservar, restituir los equilibrios ecosistémicos, la armonía y la equivalencia entre los seres, las sociedades, las culturas, las naciones, pueblos y comunidades.

RESPONSABILIDAD ECOLÓGICA

Es el deber de las sociedades humana de cuidar, de reparar, restaurar y compensar los daños ecológicos ocasionados a la madre tierra, a sus bondades y a los seres, independientemente de la sanción penal y administrativa que corresponda, sin interesar la condición de los responsables y la naturaleza de sus autores. Las actividades de los seres humanos no pueden afectar la capacidad de resiliencia de los ecosistemas.

SOLIDARIDAD

La solidaridad es un apoyo afectivo entre seres que conlleva la armonía, el equilibrio y la ayuda mutua.

INTEGRALIDAD

La integralidad conforma un todo complementario, armónico, articulado y en constante interacción entre seres, procesos, componentes, distintas formas económicas, sociales y culturales, produciendo realidades complejas y entrelazadas en la perspectiva del vivir bien.

PLURALIDAD

La pluralidad es la evidencia y la afirmación de la diferencia, la diversidad, la multiplicidad de las singularidades, de los procesos, de las formaciones sociales, de las formaciones culturales, de las formaciones ecológicas.

PLURICULTURALIDAD

La pluriculturalidad es la coexistencia de distintas culturas, las mismas que se interpretan a partir de sus propios códigos y valores, realizando su condición intercultural.

INTERCULTURALIDAD

La interculturalidad es la cohesión y la convivencia armónica y equilibrada entre todas las naciones y pueblos, respetando las diferencias culturales, de cosmovisiones, de creencias, de saberes, de conocimientos y lingüísticas.

PRINCIPIO PRECAUTORIO

El principio precautorio establece que la incertidumbre, desconocimiento o falta de consenso científico sobre posibles daños causados por proyectos o intervenciones en la madre tierra, será motivo para la moratoria indefinida de dicha actividad, la cual solo podrá ser levantada hasta que nuevos hallazgo o avances en los conocimientos determinen la naturaleza no atentatoria de la actividad.

IN DUBIO PRO NATURA

In dubio pro natura establece que cuando exista duda en un proceso penal, administrativo o acciones constitucionales relativas a la protección y defensa de la madre tierra, es deber de las autoridades competentes dictar el fallo o la resolución correspondiente a favor de la madre tierra, sus bienes o bondades y el ambiente.

SUSTENTABILIDAD ECOLÓGICA

Es la capacidad de equilibrio de los ecosistemas para mantener su reproducción y la reproducción de todos los seres vivientes incluyendo sus interacciones y sus manifestaciones animistas y numismáticas.

DEUDA HISTÓRICA

Es el compromiso de los países responsables de la degradación, depredación, cambio climático y crisis ecológica, energética y económica, de reponer y restituir los desequilibrios ecológicos, comprendiendo los procesos de adaptación, los costos tecnológicos, las transferencias tecnológicas y financieras para la mitigación, adaptación y remediación.

Dada que la participación de los seres humanos y las naciones es diferenciada en términos de su contribución a la emisión de gases de efecto invernadero, corresponde por tanto una participación diferenciada en estos procesos.

CONGRUENCIA NORMATIVA

La ley de la Madre Tierra es ley fundacional y matricial, por lo que toda la estructura normativa del Estado Plurinacional debe adecuarse a la misma por ser de alcance general.

DERECHOS DE LA MADRE TIERRA

Prevalecen los derechos y el beneficio de la Madre Tierra y de todos los seres vivos, con el fin de erradicar la depredación, la degradación, la crisis climática y la crisis ecológica, para acceder de manera equitativa a la armonía ecológica.

RETROACTIVIDAD E IMPRESCRIPTIBILIDAD

Son retroactivos e imprescriptibles todos los daños y delitos ocasionados a la madre tierra.

ANIMISMO E INMANENCIA

Todo tiene vida, todo ser, toda fuerza, energía, toda partícula y toda estrella, todo átomo y toda constelación y todo componente del cosmos. Todo tiene voluntad, la vida misma es esta voluntad cósmica.

TÍTULO II.- DERECHOS Y DEBERES

DERECHOS DE LA MADRE TIERRA

I. Se reconocen como derechos de la madre tierra los siguientes:

1. Derecho a la vida y a existir.

2. Derecho a ser respetada.

3. Derecho a la continuación de sus ciclos y procesos vitales libre de alteraciones humanas.

4. Derecho a mantener su identidad e integridad como seres diferenciados, auto-regulados interrelacionados.

5. Derecho al agua pura como fuente de vida.

6. Derecho al aire limpio.

7. Derecho a la salud integral.

8. Derecho a estar libre de la contaminación y polución, de desechos tóxicos y radioactivos.

9. Derecho a no ser alterada genéticamente y modificada en su estructura celular, amenazando su integridad o funcionamiento vital y saludable.

10. Derecho a una restauración y descontaminación plena y pronta por las vulneraciones a los derechos reconocidos en esta Ley, causados por las actividades humanas.

11. Derecho a ser reforestada.

12. Derecho al manejo equilibrado y armónico de las bondades de la naturaleza.

13. Derecho a no ser afectada por megaproyectos hidroeléctricos, de infraestructura y desarrollo que afecten al equilibrio de los ecosistemas ya las poblaciones que habiten los territorios involucrados.

14. Derecho a no ser sujeta a tecnologías energéticas de alto riesgo y profundo impacto ecológico y social como la energía nuclear y sus procesos de extracción, enriquecimiento y deposición final.

II. Prevalecen los derechos y el beneficio de la Madre Tierra y de todos los seres vivos, con el fin de erradicar la depredación, la degradación, la crisis climática y la crisis ecológica, para acceder de manera equitativa a la armonía ecológica.

DEBERES PARA CON LA MADRE TIERRA.

El Estado, mediante sus instancias competentes en todos sus niveles, tiene el deber de:

a. Cumplir con la consulta vinculante y el consentimiento previo, libre e informado a los pueblos originarios indígenas campesinos, multiculturales y afrobolivianos, ante cualquier obra o proyecto que pueda afectar al equilibrio armónico de los ciclosde naturales de la madre tierra.

b. Preservar, cuidar y restaurar a la Pachamama (Madre Tierra, Llumpaqamama, Madre Naturaleza) ante la depredación causada por los seres humanos.

c. Defender la Madre Tierra en el ámbito plurinacional e internacional ante la contaminación ecológica, desviación de causes, fuentes, ríos y explotación irracional de las bondades de la naturaleza.

d. Implementar políticas,planes, programas y proyectos buscando la resistencia ante las causas y los efectos del cambio climático, así mismo para lograr la readecuación ecológica y civilizatoria ante todas las actividades que dañen a la Madre Tierra en la perspectiva del vivir bien.

e. Recuperar y transmitir conocimientos, saberes, ciencias y tecnologías ancestrales sobre la utilización de las bondades de la naturaleza.

f. Prohibir actividades mineras, hidrocarburíferas y de extracción forestal que afecten sitios sagrados, cerca de fuentes de agua y manantiales, dentro de áreas protegidas y/o en sitios de fragilidad ecológica, en territorio plurinacional y en comunidades indígenas originarias campesinas, interculturales y afrobolivianas.

g. Garantizar la soberanía alimentaria prohibiendo la internación, importación, introducción y comercialización de material tóxico, radioactivo, transgénico, químicos, fungicidas, pesticidas que afecten y dañen a nuestra Pachamama (Madre Tierra, Llumpaqamama, Madre Naturaleza) y a la salud de todo ser viviente.

Las personas tenemos el deber de:

a) Conservar y proteger a la naturaleza para Vivir Bien.

b) Proteger los ecosistemasy la biodiversidad.

c) Actuar acorde los derechos y obligaciones reconocidos en esta Ley

d) Rreconocer y promover la aplicación e implementación plena de los derechos y obligaciones establecidos en esta Ley.

e) Promover y participar en el aprendizaje, análisis, interpretación y comunicación sobre cómo vivir en armonía con la Madre Tierra de acuerdo con esta Ley.

f) Asegurar que el bienestar humano no afecte al equilibrio y bienestar de la Madre Tierra, en el presente y en el futuro.

g) Establecer y aplicar efectivamente normas y leyes para la defensa, protección y conservación de los derechos la Madre Tierra.

h) Respetar, proteger, conservar y, cuando sea necesario, restaurar la integridad de los ciclos, procesos y equilibrios vitales de la Madre Tierra.

i) Garantizar que los daños causados por vulneraciones humanas de los derechos inherentes reconocidos en la presente Ley sean rectificados y que los responsables sean sancionados y obligados a restaurar la integridad y salud de la Madre Tierra.

j) Concientizary empoderar a los seres humanos e instituciones para que defiendan los derechos de la Madre Tierra y de todos los seres.

k) Establecer medidas de precaución y restricción para preveniry evitar que las actividades humanas conduzcan a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración de los ciclos ecológicos.

l) Promover y apoyar prácticas de respeto a la Madre Tierra y a todos los seres, acorde a sus propias culturas, tradiciones, normas y procedimientos propios.

m) Promover políticas económicas en armonía con la Madre Tierra y acorde a los derechos reconocidos en esta Ley.

n) Defender a las bondadesde la naturaleza denunciando la vulneración de los derechos de la Madre Tierra.

o) Respetar las Áreas Protegidas.

p) Consumir lo necesario de las bondades de la Madre Tierra.

q) Cumplir con las normas ambientales.

r) Proteger la conservación de los recursos genéticos en flora y fauna.

s) Fomentar el uso de abonos orgánicos y promover el manejo integrado de plagas y enfermedades.

t) De abandonar el uso de abonos químicos y agroquímicos.

u) De no mercantilizar las bondades de la naturaleza, especialmente el agua.

v) De usar las bondades de la naturaleza de forma sustentable y equilibrada.

w) De manejar responsablemente los residuos sólidos.

x) De garantizar la soberanía y seguridad alimentaria por medio de la producción ecológica y orgánica.

y) De precautelar y respetar la naturaleza genética de la biodiversidad.

TÍTULO III.- MARCO INSTITUCIONAL

Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país.

El espíritu constituyente es fundar un Estado plurinacional comunitario y autonómico, esta tarea descolonizadora implica un conjunto de transformaciones institucionales, económicas, políticas, sociales y culturales, apuntando al pluralismo institucional y a una nueva relación entre sociedad y Estado, convirtiendo al Estado en instrumento de la sociedad. En este sentido es imprescindible recuperar el carácter de poder constituyente, poder instituyente y poder social, sobre la base del cuál se conforman los otros órganos y poderes del nuevo Estado. Esta es la razón por la que se conforma un Consejo Plurinacional de la Madre Tierra, que es la matriz del poder social concebido desde el modo civilizatorio del vivir bien y desde los principios, valores, finalidades y políticas ecológicas de la madre tierra. La conformación del Consejo Plurinacional de la Madre Tierra abre el camino a la transformación de la gestión de la madre tierra, la gestión ecológica, la gestión ambiental, la gestión territorial, la gestión productiva; es decir, la transformación institucional, el pluralismo institucional, la gestión comunitaria y la gestión intercultural derivan en una transformación de las formas de gobierno, que incluyen ahora la interacción con los seres y los ecosistemas, respetando sus formas de vida y sus hábitats.

El Estado promueve una gestión descentralizada mediante oficinas departamentales, provinciales y locales que permitan un control efectivo del cumplimiento de la ley de la Madre Tierra y en especial para el control efectivo a las empresas y personas que cometan vulneraciones a la presente ley y a la Constitución Política del Estado Plurinacional.

El Estado reconoce y respeta las autoridades de los pueblos originarios indígenas campesinos, interculturales y afrobolivianos mediante sus instituciones propias legalmente constituidas para la defensa de la Madre Tierra, de acuerdo a sus normas y procedimientos propios.

A NIVEL PLURINACIONAL

El Consejo Plurinacional de la Madre Tierra está conformada por el conjunto de las organizaciones del Pacto por la Unidad, por representantes del gobierno central y de la asamblea legislativa plurinacional, por el conjunto de las organizaciones e instituciones de la sociedad organizada, por representantes de la sociedad no organizada, por representante y voceros de la madre tierra, a través de ritos y ceremonias y convocatorias espirituales, de los seres vivos de la madre tierra, los chamanes, chamacanis, amautas, kallawayas, sacerdotisas y yatiris.

El Consejo Nacional de la Madre Tierra es la máxima instancia de elaboración de las políticas, normas, planes, programas y proyectos del Ministerio de la Madre Tierra y las decisiones ministeriales están subordinadas a las determinaciones del Consejo.

El Consejo Plurinacional de la Madre Tierra por su composición y atribuciones se constituyen en el espacio de generación de mandatos para la sociedad en su conjunto, lo que implica que sus determinaciones son obligatorias para todas y todos.

Comprendiendo las características, cualidades, funciones y atribuciones del Consejo Plurinacional de la Madre Tierra, las administraciones gubernamentales y las jurisdicciones legislativas en todos sus niveles se convierten en instancia técnica, logística y política que asegura la vinculatoriedad y cumplimiento de las determinaciones del propio consejo.

Atribuciones:

· Definir, formular y desplegar políticas ecológicas y de gestión de la madre tierra.

· Definir, formular y desplegar políticas territoriales relativas a los diferentes ecosistemas y sus particularidades.

· Definir, formular y desplegar políticas de respeto a la interacción de los seres vivientes.

· Definir, formular y desplegar políticas que garanticen el equilibrio, la armonía y la complementariedad entre seres y ecosistemas.

· Definir, formular y desplegar políticas y prácticas que respeten a vida compleja y reproductiva de las cuencas, sus cursos, sus ciclos y sus ecosistemas.

· Desarrollar una ecología de los saberes.

· Desarrollar las condiciones de la traducción intercultural.

· Formular y aplicar políticas educativas que logren la descolonización ecológica, ambiental, política, económica y cultural, incorporando la enseñanza de los saberes, las ciencias, los conocimientos, tecnologías ancestrales.

· Definir el régimen económico financiero que sostengan la mantención, recuperación, restitución, cuidado de la madre tierra, de los seres, los ecosistemas, que interactúan, de las cuencas que dan vida a los nichos y continentes ecológicos.

· Desarrollar una planificación de la madre tierra, integral y participativa.

· Formular, acordar y ejecutar el presupuesto participativo que contemple el macro funcionamiento de las políticas y la gestión de la madre tierra.

· Diseñar políticas, planes, programas y proyectos para el Vivir Bien en armonía con la naturaleza y la Madre Tierra.

· Diseñar normativas para la gestión integral de las bondades de la naturaleza.

· Promover la defensa de la Madre Tierra.

· Definir políticas para preservar y cuidar la biodiversidad, la flora y fauna silvestre y doméstica.

· Definir políticas para preservar y hacer respetar los espacios territoriales sagrados.

· Establecer acciones para la reparación de daños a la Madre Tierra.

· Regular las actividades industriales extractivas, asegurando la coherencia con el modelo civilizatorio y horizonte del Vivir Bien.

· Fiscalización de desastres ambientales y actividades extractivas y sus impactos.

· Promover la educación ecológica intra e intercultural en todo el sistema de educativo plurinacional sobre la base de conocimientos y saberes ancestrales relacionados con los conocimientos universales.

· Promover una articulación plurinacional e intercultural entre los niveles Central, Departamentales, Municipales, Regionales e Indígenas.

· Promover políticas de acceso a la información sobre los estudios, investigaciones, conocimientos y datos relacionados con la ecología, los ecosistemas y condiciones de la madre tierra.

· Inventariar y clasificar información elaborada a lo largo de la historia sobre la ecología, los ecosistemas y las condiciones de la madre tierra.

MINISTERIO DE CUIDADOS DE LA MADRE TIERRA

Se crea el Ministerio de cuidados de la Madre Tierra, el cual debe contar con los Viceministerios, Direcciones y Unidades necesarias para efectivizar la realización de políticas públicas y la implementación de planes, programas y proyectos de la gestión de la madre tierra, del equilibrio y armonía e interacción de los seres y bondades naturales, los mismos deben contar con la participación de las organizaciones sociales en equidad de género.

El Estado garantizará los recursos económicos necesarios y suficientes para el funcionamiento operativo adecuado de este ministerio.

El Ministerio de cuidados la Madre Tierra y las Direcciones Departamentales de la Madre Tierra deberán establecer mecanismos de coordinación y asignar presupuesto suficiente para cumplir sus funciones establecidas en la presente ley.

Atribuciones:

· Cumplir las determinaciones emanadas de Consejo Nacional de la Madre Tierra.

· Desarrollar y fomentar proyectos productivos sustentables, rescatando la revalorización cultural de conocimientos, saberes, ciencias y tecnologías ancestrales para el aprovechamiento de las bondades de la naturaleza en el marco de lo establecido por la CPE.

· Definir mecanismos y propiciar la creación de instituciones de Asesoramiento Técnico para la gestión y administración integral de la Madre Tierra.

· Cumplir y hacer cumplir la Ley de la Madre Tierra y sus normativas ambientales.

· Presentar denuncias y exigir las sanciones ante la comisión de delitos ambientales y vulneraciones a los derechos de la Madre Tierra.

· Planificar la gestión integral de la tierra y territorio.

· Planificar la gestión integral de las bondades de la Madre Tierra.

· Promover el equilibrio y la armonía de la madre tierra.

· Asegurar la consulta vinculante y el consentimiento previo e informado a pueblos originarios indígenas campesinos, interculturales y afroboliviano, sobre políticas públicas, medidas legislativas administrativas o cualquier actividad que pudiera afectarles.

ÓRGANO JUDICIAL:

Se crea una jurisdicción que abarque y comprenda el espacio de los derechos de la madre tierra y los deberes del Estado, la sociedad y las personas para con la madre tierra.

EN LOS NIVELES AUTONOMICOS:

La conformación de los Consejos de la Madre Tierra en todos los niveles de gobierno y autonómicos deberán asegurar la participación amplia de las organizaciones, sociedad, instituciones, representantes y voceros de los seres de la madre tierra, amautas, sabios, kallawayas, yatiris, chamanes, chamacanis, sacerdotisas, tal como se describe en lo que respecta al perfil y composición del Consejo Plurinacional de la Madre Tierra, con la finalidad de preservar la democracia participativa, la participación y el control social, tal como lo define la Constitución Política del Estado.

A NIVEL DEPARAMENTAL:

I. Se crean los Consejos Departamentales de la Madre Tierra como instancia máxima para la toma de decisiones en planes, programas y proyectos a nivel departamental, en el marco de las políticas vigentes con participación social y equidad de género. Están conformados por representantes de las organizaciones sociales departamentales, regionales y direcciones de los gobiernos departamentales, representantes y voceros de los seres de la madre tierra.

Atribuciones:

o Diseñar e implementar políticas, planes, programas y proyectos para el Vivir Bien en armonía con la naturaleza y la Madre Tierra en el nivel departamental.

o Proteger, cuidar y preservar los derechos de la Madre Tierra y la biodiversidad, flora, fauna silvestre y doméstica de los ecosistemas.

o Definir políticas para la preservación y hacer respetar los espacios territoriales sagrados.

o Tomar acciones conjuntas con la participación de las organizaciones sociales y el Estado para la reparación de daños causados a la Madre Tierra por empresas transnacionales, nacionales, públicas y privadas en el espacio departamental.

o Exigir el cumplimiento de la Ley de la Madre Tierra en las actividades industriales extractivas, de infraestructuras y megaproyectos asegurando la coherencia con el modelo civilizatorio y el horizonte del Vivir Bien.

o Definir políticas para prevenir, remediar y mitigar los efectos de los desastres ecológicos causados por las actividades extractivas mineras e hidrocarburiferas, industriales, artesanles y sus impactos socioeconómicos.

II. Se crean las Direcciones Departamentales de la Madre Tierra, con atribuciones semejantes a las de estructura plurinacional y mandatos a nivel departamental.

Atribuciones:

· Asegurar que los proyectos productivos a nivel departamental garanticen el equilibrio ecológico en la Madre Tierra y el Vivir Bien de las generaciones presentes y futuras, rescatando y revalorizando los conocimientos, saberes, ciencias y tecnologías ancestrales.

· Definir mecanismos y propiciar la creación de instituciones para la gestión y administración integral de la Madre Tierra.

· Cumplir y hacer cumplir la norma y el reglamento de la Ley de la Madre Tierra en coordinación con las normas y políticas sectoriales.

· Planificar la gestión integral de las bondades de la naturaleza en el nivel departamental.

· Promover el equilibrio y la armonía ecológica.

· Asegurar la consulta vinculante y consentimiento previo e informado a pueblos originarios indígenas campesinos, interculturales y afrobolivianos ante la realización de actividades de industrias extractivas, de infraestructuras y megaproyectos.

· Promover políticas, planes, programas y proyectos que permitan la coherencia con el modelo civilizatorio y el horizonte del Vivir Bien.

A NIVEL REGIONAL:

Se crean los Consejos Regionales de la Madre Tierra

A NIVEL MUNICIPAL:

I. Se crean los Consejos Municipales de la Madre tierra

II. Se crean las Direcciones Municipales de la Madre Tierra

A NIVEL INDÍGENA ORIGINARIO CAMPESINO:

I. Las entidades territoriales de autonomía indígena originaria campesinas crearán una instancia que se ocupe de un nuevo modelo de gestión de la Madre Tierra.

II. El Estado reconoce y respeta las formas de organización y gestión de los pueblos originarios indígenas campesinos, interculturales y afrobolivianos de acuerdo a sus normas y procedimientos propios.

TÍTULO IV.- PARTICIPACIÓN Y CONTROL SOCIAL

I. El pueblo soberano, por medio de la sociedad civil organizada, participará en el diseño de las políticas públicas.

II. La sociedad civil organizada ejercerá el control social a la gestión pública en todos los niveles del Estado, y a las empresas e instituciones públicas, mixtas y privadas que administren recursos fiscales.

III. Ejercerá control social a la calidad de los servicios públicos.

IV. La Ley establecerá el marco general para el ejercicio del control social.

V.  La sociedad civil se organizará para definir la estructura y composición de  la participación y control social.

VI. Las entidades del Estado generarán espacios de participación y control social por parte de la sociedad.

VII. La participación y el control social implican, además de las previsiones establecidas en la Constitución y la ley:

1. Participar en la formulación de las políticas de Estado.

2. Apoyar al Órgano Legislativo en la construcción colectiva de las leyes.

3. Desarrollar el control social en todos los niveles del gobierno y las entidades territoriales autónomas, autárquicas, descentralizadas y desconcentradas.

4. Generar un manejo transparente de la información y del uso de los recursos en todos los espacios de la gestión pública. La información solicitada por el control social no podrá denegarse, y será entregada de manera completa, veraz, adecuada y oportuna.

5. Formular informes que fundamenten la solicitud de la revocatoria de mandato, de acuerdo al procedimiento establecido en la Constitución y la Ley.

6. Conocer y pronunciarse sobre los informes de gestión de los órganos y funciones del Estado.

7. Coordinar la planificación y control con los órganos y funciones del Estado.

8. Denunciar ante las instituciones correspondientes para la investigación y procesamiento, en los casos que correspondan.

9. Colaborar en los procedimientos de observación pública para la designación de los cargos que correspondan.

10. Apoyar al órgano electoral en  transparentar las postulaciones de los candidatos para los cargos públicos que correspondan.

VIII. El Estado Plurinacional de Bolivia adopta para su gobierno la forma democrática participativa, representativa y comunitaria, con equivalencia de condiciones entre hombres y mujeres. La democracia se ejerce de las siguientes formas, que serán desarrolladas por la ley:

1. Directa y participativa, por medio del referendo, la iniciativa legislativa ciudadana, la revocatoria de mandato, la asamblea, el cabildo y la consulta previa. Las asambleas y cabildos tendrán carácter deliberativo conforme a Ley.

2. Representativa, por medio de la elección de representantes por voto universal, directo y secreto, conforme a Ley.

3. Comunitaria, por medio de la elección, designación o nominación de autoridades y representantes por normas y procedimientos propios de las naciones y pueblos indígena originario campesinos, entre otros, conforme a Ley.

IX. La nación boliviana está conformada por la totalidad de las bolivianas y los bolivianos, las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianas que en conjunto constituyen el pueblo boliviano.


X. El Estado Plurinacional de Bolivia reconoce el control social y participación como un derecho y un deber irrenunciable del pueblo boliviano, que se ejerce desde la consulta y consentimiento libre, previo e informado, y la misma debe realizarse respetando a sus organizaciones, normas y procedimientos propios y sus cosmovisiones, espiritualidad e identidad cultural.

FUNCIONES DE PARTICIPACIÓN Y EL CONTROL SOCIAL

I. La participación comprende la construcción colectiva de la decisión política, la construcción colectiva de la ley y la construcción colectiva de la gestión pública, ejerciendo el control social en todos los niveles de las formas de gestión pública, económicas y empresariales.

II. La democracia participativa, en su forma directa, representativa y comunitaria, la participación y el control social, a través de las organizaciones sociales, según su estructura y política ancestral propia, realizará el ejercicio de la participación en la construcción colectiva de políticas públicas, planificación estratégica, presupuesto participativo, control y seguimiento a las políticas, planes, programas y proyectos de gestión de la Madre Tierra.

III. La consulta y consentimiento previo, libre, informado y vinculante a todas las comunidades donde se desarrollen actividades madereras, hidrocarburíferas, mineras, camineras e infraestructuras de megaproyectos que pudieran afectar a la Madre Tierra es condición obligatoria para el inicio y ejecución de las actividades correspondientes.

IV. La sociedad organizada, a través de los mecanismos de participación y control que se crearan, deberá garantizar y participar en el acompañamiento, la observación, la supervisión y verificación del procedimiento de evaluación de impacto ecológico al que las empresas están obligadas para dar continuidad al desarrollo de sus actividades.

V. El Estado garantiza y protege a las personas que ejercen el control social en sus comunidades.

VI. En el marco de pluralismo autonómico y del pluralismo jurídico, establecido en la Constitución Política del Estado, atendiendo las normas y procedimientos propios, de acuerdo a los derechos de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos, interculturales y afrobolivianos, en el marco del deslinde jurisdiccional y en función del principio precautorio las actividades empresariales deberán ser paralizadas cuando se sospeche o compruebe posible daño a la Madre Tierra.

VII. La ley de participación y Control social debe definir las formas, los mecanismos, los instrumentos y medios de la participación y control social.

VIII. La Escuela de Gestión Pública debe apoyar a los que hagan participación y control social en el desarrollo de un proceso formativo que comprenda habilidades, destrezas, prácticas y saberes. Esta formación debe respetar las normas y procedimientos propios de las comunidades. La formación en la Escuela de la Gestión Pública no es un requisito para la participación y control social, que es un derecho fundamental de las personas, comunidades, naciones y pueblos indígenas, originarios, interculturales, afrobolivianos.

IX. El compromiso en la defensa de los derechos de la madre tierra debe ser inherente a los responsables de la participación y el control social.

X. El Tesoro General de la Nación otorgara los recursos necesarios anualmente para el cumplimiento de las funciones señaladas en la presente ley.

CONTROL SOCIAL

I. El control social es una de las formas de la participación social, amplia las formas de control inherentes al Estado, la auditoria y el control externo, democratizando las formas de control, haciéndolas participativas, incluyendo e incorporando a la sociedad y las comunidades.

II. El control social deberá gozar de una autonomía e independencia plena de los gobiernos en todos sus niveles.

Atribuciones:

· Regulación y monitoreo ecológico

· Capacitar técnicos en materia ecológica para el cuidado, conservación y restitución de la Madre Tierra.

· Consentimiento previo y consulta informada vinculante

CONSENTIMIENTO PREVIO

Las autoridades competentes, con carácter previo a la emisión de licencias y permisos ambientales, en coordinación con las autoridades de las organizaciones campesinas indígenas originarias, comunidades interculturales y afrobolivianos, deben consultar a la comunidad afectada e involucrada y averiguar sobre su consentimiento con relación a las actividades, obras y proyectos que puedan afectarles y afectar a la madre tierra.

PARTICIPACIÓN CIUDADANA

I. Los gobiernos plurinacional, departamental, municipal y entidades territoriales autónomas deberán elaborar normas ecológicas de manera participativa con las organizaciones sociales, de acuerdo a las competencias y atribuciones reconocidas en la Constitución Política del Estado y la presente ley.

II. Conformar la participación y el control social en cada nación, departamento, provincia, región, municipio, comunidad, ayllu, de acuerdo a las estructuras orgánicas de las sociedades, naciones y pueblos.

ACCESO A LA INFORMACIÓN

I. El Estado Plurinacional Comunitario y Autonómico está obligado a contar con datos, informar y socializar por todos los medios al alcance, a ser transparente constantemente, abriendo el acceso libre y democrático a la información sobre todos los temas que atingen a la madre tierra. Para tal efecto se debe contar con un Centro de Datos de la Madre Tierra. Este Centro de Datos debe garantizar la calidad y actualidad de los datos.

II. El Estado plurinacional debe asegurar el derecho de acceso a la información sobre políticas, planes, programas y proyectos. Las autoridades gubernamentales están obligadas a otorgar de manera oportuna la información solicitada en un plazo perentorio.

III. Las organizaciones e instituciones públicas y privadas están obligadas a brindar información por todos los medios al pueblo boliviano sobre las actividades que realicen y estén relacionadas con la Madre Tierra.

IV. El Estado plurinacional tiene la obligación de brindar información por todos los medios masivos de comunicación sobre la situación ecológica, de los ecosistemas, condiciones y cambios sufridos por parte de la madre tierra.

V. El Estado Plurinacional, en todos los niveles, debe emitir anualmente, y cuando fuera necesario, un informe sobre la situación ecológica, actividades, acciones, resultados e impactos sobre la madre tierra, para efectos de seguimiento y control social.

CRISIS ECOLÓGICA.

En consideración de la Crisis Ecológica el Estado Plurinacional y los gobiernos, en todos sus niveles, deben desarrollar políticas, planes y programas que se orienten a la restauración, restitución y rehabilitación de los ecosistemas afectados negativamente, degradados y depredados. El Estado plurinacional debe encaminarse a atacar las causas estructurales de la crisis avanzando en el modelo civilizatorio del vivir bien, alternativo al capitalismo, a la modernidad y al desarrollo.

CONSEJO PLURINACIONAL DE SEGUIMIENTO Y CONTROL SOCIAL

A NIVEL PLURINACIONAL:

Se crea el Consejo Plurinacional de Seguimiento y Control Social para la Defensa de la Madre Tierra con representación directa de las organizaciones sociales, naciones y pueblos indígenas originarios, interculturales y afrobolivianos, por el conjunto de las organizaciones e instituciones de la sociedad organizada, por representantes de la sociedad no organizada, con equidad de género y generacional.

Atribuciones:

· Controlar la adecuada gestión de las políticas, planes, programas y proyectos del Ministerio de la Madre Tierra y los otros ministerios, instituciones, entidades públicas y privadas que estén relacionados con el tema.

· Exigir la aplicación y el cumplimiento de políticas, normas técnicas, legales y administrativas para la defensa de Madre Tierra, garantizando la interacción, la complementariedad y la armonía en los ecosistemas, los subsistemas urbanos y nichos ecológicos.

· Coordinar las tareas de transparencia, acceso libre a la información y lucha contra la corrupción en lo que respecta a la gestión de la madre tierra, gestión ecológica y gestión territorial, evaluando estas gestiones de acuerdo al impacto socio-económico y ecológico.

· Acompañar y participar en los procesos de fiscalización las políticas, las gestiones, las actividades productivas, económicas y empresariales que afecten a la madre tierra.

EN LOS NIVELES AUTONÓMICOS:

A NIVEL DEPARTAMENTAL:

Se crean los Consejos Departamentales de Seguimiento y Control Social de defensa de los derechos de la Madre Tierra.

A NIVEL MUNICIPAL:

Se crean los Consejos Municipales de Seguimiento y Control Social de defensa de los derechos de la Madre Tierra.

A NIVEL REGIONAL:

Se crean los Consejos Regionales de Seguimiento y Control Social de defensa de los derechos de la Madre Tierra.

A NIVEL INDÍGENA ORIGINARIO:

Se crean los Consejos indígenas, originarios, campesinas, interculturales y afrobolivianos de Seguimiento y Control Social de defensa de los derechos de la Madre Tierra.

TÍTULO V.- GESTIÓN ECOLÓGICA DE LA MADRE TIERRA

La gestión ecológica de la Madre Tierra comprende el manejo, cuidado, conservación, protección, control, planificación, investigación, evaluación, administración y monitoreo de las bondades de la naturaleza, la tierra y el territorio, el agua, el aire, la flora, la fauna, los bosques, la biodiversidad y los ecosistemas, promoviendo el uso y aprovechamiento en la perspectiva del Vivir Bien.

Es deber del Estado y de la población conservar, proteger y aprovechar de manera armónica los seres, frutos y bondades de la naturaleza, así como mantener el equilibrio de la ecología y los ecosistemas.La población tiene derecho a la participación en la gestión ecológica, a ser consultado e informado previamente sobre decisiones que pudieran afectar a la madre tierra.

MECANISMOS DE PRECAUCIÓN Y PREVENCIÓN

I. En el marco de una política plurinacional de precaución y prevención, partiendo de una línea de base, el Estado debe incorporar la gestión de cuencas, agua, bosques, territorio, suelos, del aire, del espectro electromagnético, biodiversidad, incorporando integralmente la gestión productiva. Estos instrumentos de gestión, precaución y prevención se orientan a la realización del vivir bien.

II. En los procesos de mitigación y adaptación en relación a los efectos de la crisis ecológica los Estados tienen responsabilidad técnica y financiera según su participación en la emisión de gases de efecto invernadero, causantes del cambio climático, la degradación, la depredación, la deforestación y la inseguridad alimentaria y dependencia externa.

III. Es deber del Estado desarrollar planes de uso, conservación, manejo equilibrado y armónico de las cuencas hidrogeográficas, regulando los caudales hídricos y de las cuencas para riego, soberanía alimentaria y servicios básicos, respetando lasnormas y procedimientos propios de las comunidades.

IV. Es deber del Estado plurinacional realizar los estudios para la identificación de aguas fósiles, glaciales, humedales, subterráneas, minerales, medicinales y su consiguiente protección, manejo equilibrado y armónico.

V. Es deber del Estado elaborar un plan plurinacional de manejo integral de bosques.

VI. Es deber del Estado elaborarel plan plurinacional de manejo de la biodiversidad, flora y fauna.

VII. Es deber del Estado conservar, resguardar y mejorar los patrimonios genéticos, domésticos y silvestres, reconociendo la contribución que los pueblos indígenas originarios aportaron en la historia de la humanidad.

VIII. El estudio de impacto ambiental para la ejecución de proyectos de explotación de bondades de la naturaleza, de infraestructura y de actividades industriales, se deberá elaborar con las comunidades y poblaciones involucradas.

IX. La ficha ambiental para la explotación de las bondades de la naturaleza deberá contar con la validación y aprobación de las comunidades y poblaciones afectadas.

X. Obligatoriamente deben tener licencia ambiental todas las actividades, obras y proyectos de explotación de las bondades de la naturaleza.

XI. Crear mecanismos de seguimiento, monitoreo y control social para la exigibilidad de reparación de los impactos ocasionados a la Madre Tierra.

XII. Se crean y mantienen los instrumentos para la evaluación y cumplimiento de la normativa ambiental:

a. Declaratoria del impacto ambiental

b. Manifiesto ambiental

c. Licencias y permisos.

d. Implementaciónde auditorías económicas y socio ambientales.

XIII. Se crean mecanismos de fiscalización, restauración y reparación de la biocapacidad de la Madre Tierra.

XIV. Se deben evitar daños a la Madre Tierra y en caso de que una actividad, obra o proyecto los ocasione, debe cumplir con las obligaciones de rehabilitación y restauración por el daño ocasionado en el ecosistema y la Madre Tierra.

TÍTULO VI.- SERES Y BONDADES DE LA NATURALEZA

Con la explosión inicial y los primeros bucles y torbellinos cósmicos se forman los átomos y las estrellas, las partículas y las galaxias, entre ellas la vía láctea, donde se encuentra el sistema solar y la madre tierra. La formación del cosmos es inmediatamente la formación de la vida en el cosmos, concibiendo al cosmos como vida misma, con fuerza inmanente y voluntad propia. En principio en la madre tierra hay una actividad violenta volcánica, combinada con la actividad de la caída de meteoritos; esta gran turbulencia creativa, destrucción constructiva, se forma el agua y la atmósfera, apareciendo las primeras macromoléculas que van a dar lugar a la vida, cada vez más complejas en términos de especialización funcional. En el transcurso de millones de años, de eco-evolución, se forman la multiplicidad de seres, muchos desaparecen, otros emergen, transformándose, adecuándose, adaptándose a las modificaciones terrestres y cambios climáticos. En la época que nos toca vivir, el ser humano, resultado de una evolución de millones de años, comparte con otros seres su condición viviente con los demás seres en diversos ecosistemas, que conforman la madre tierra. Desde la perspectiva de las cosmovisiones indígenas originarias cuatro elementos constituyen los secretos de la vida y de la madre tierra: el fuego, el aire, el agua, la tierra. Desde las cosmovisiones indígenas originarias todo tiene vida, el cosmos, compuesto por multiplicidad de seres. Esta es la razón por la que se nombra por seres y bondades de la naturaleza los componentes de la madre tierra. Esta perspectiva propia se aparta de la concepción colonial, moderna y capitalista que codifica y clasifica a las bondades de la naturaleza como recursos naturales, convirtiéndoles en objetos y materias explotables, basándose en el supuesto dominio del hombre moderno sobre la naturaleza. Este dominio del hombre moderno, la explotación colonial y capitalista, el proceso de industrialización y una economía basada en la combinación perversa entre extractivismo, industrialización, mercado mundial y monopolio financiero, ha terminado poniendo en peligro la vida de la madre tierra y la vida de los seres. Por eso es indispensable volver a la concepción ancestral recuperando una relación complementaria y en armonía con la madre tierra y todos los seres que la habitan.

Los pueblos indígenas originarios fueron celosos guardianes de esta rica herencia de las bondades de la madre tierra, sin la participación de sus saberos, conocimientos, tecnologías ancestrales, esta diversidad hubiera desaparecido. En el proceso de constitución del Estado plurinacional comunitario son los pueblos indígenas y originarios los garantes del proceso de transformación, descolonización y de constitución del modelo civilizatorio del vivir bien.

I. En el marco de la cosmovisión indígena originaria el compartir de toda bondad de la naturaleza debe contar con el consentimiento de la madre tierra, el pedido de permiso y el compromiso de utilizar equilibrada y armónicamente.

II. El Estado plurinacional debe contar con un Plan de Manejo y cuidado de los seres y las bondades de la madre tierra, diferenciadas según su condición de renovables y no renovables, teniendo en cuenta la transición constitucional y la traducción intercultural.

III. El Estado debe fomentar el compartir, la recuperación y transmisión de conocimientos, saberes, ciencias y tecnologías, ancestrales para el cuidado y el compartir de las bondades de la naturaleza.

IV. El Estado debe regular la producción de monocultivos e incentivar la diversificación, dando paso y potenciando las rotaciones de cultivos, en tierras amazónicas y chaqueñas y en tierras de valles, de cordillera, de puna y yungas para lograr la soberanía alimentaria en la perspectiva del vivir bien y en el compartir equilibrado y armónico de la madre tierra.

V. En el compartir de las bondades de la madre tierra los pueblos indígena originarios campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianos tienen beneficio exclusivo dentro su territorio.

VI. El Estado plurinacional comunitario y autonómico reconociendo, la existencia de inequidades marcadas en el acceso a las bondades de la madre tierra, que ocasiona desequilibrios que afectan a la reproducción de la vida, debe garantizar el acceso equitativo, armónico y complementario a las bondades de la naturaleza y al cumplimiento de los derechos fundamentales.

CAPÍTULO I: AIRE

Las cosmovisiones de los pueblos indígenas originarios conciben al aire como ser vivo. El aire forma parte primordial y constitutiva de los seres vivos, en este sentido da vida. El aire como ser tiene vida, su estructura y composición es vital, puede ser afectado por la descomposición debida a la contaminación, desestructurándolo como bien vital. En las cosmovisiones indígenas el aire es mensajero y transmisor de la vida anímica de los climas, goza de afectividad y sensibilidad. El aire puede concebirse también como transportador de las distintas formas de energía cósmica. Toda la población del Estado Plurinacional tiene derecho a disponer de aire limpio, en este sentido está obligada a controlar, preservar y defender un ambiente sano.

Es indispensable considerar en plena crisis ecológica y cambio climático la diferencia de comportamiento de los países del norte y de países del sur, del centro y de la periferia del sistema-mundo capitalista. Mientras los países del norte se comportan como altamente contaminantes con la emisión de gases de efecto invernadero, siendo reacios a modificar su conducta, los pueblos indígenas originarios están preocupados de curar y cuidar a la madre tierra, buscando reintegrar a la humanidad a la armonía y equilibrio ecológico.

I. El Estado Plurinacional debe regular las actividades productivas, de transporte, industriales, vertederos, manejo de residuos sólidos y de empresas generadoras de gases que contaminan la atmósfera y los ecosistemas.

II. El Estado Plurinacional debe implementar controles para evitar la contaminación acústica.

III. Es responsabilidad de la población cuidar del equilibrio atmosférico, en tanto forma parte de la interacción múltiple y vital de los seres vivientes.

CAPÍTULO II: AGUA

Las cosmovisiones de las naciones indígenas originarias conciben el agua como ser vivo y bondad de la naturaleza; en los discursos de actualización de las cosmovisiones se dice que el agua es la sangre de la pachamama. Esto quiere decir que los recorridos del agua generan y regeneran la vida de los seres, de los ecosistemas, de la biodiversidad, de los ciclos vitales de la madre tierra.

Desde la Colonia y con el avance del capitalismo el agua se convierte en un recurso y después en una mercancía, subsumiéndose como insumo en el proceso productivo de capitalismo, formando parte del sistema de acumulación originaria y de acumulación ampliada de capital. En la etapa neoliberal se ha buscado privatizar el agua, despojando de su uso barato a la mayoría de las poblaciones, incorporándolo en la especulación financiera despiadada y apuntando a cobros exorbitantes de tarifas por su uso. Este proyecto privatizador ha sido parado en seco por los movimientos sociales aglutinados en la Coordinadora del Agua.

La guerra del agua de abril del 2000 en resistencia y como consecuencia del intento de privatización de una bondad de la naturaleza, vital para la vida, inicia el ciclo de movimientos sociales que ponen en evidencia la crisis múltiple del Estado colonial, desestructurando el monopolio político de la clase política y cuestionando la forma liberal y el carácter mononacional, monocultural del Estado moderno, también hace emerger los proyectos autogestionarios de administración colectiva y comunitaria del agua. Este proyecto autogestionario del agua también se repite en la ciudad de El Alto el 2004. Ambos acontecimientos, la primera guerra y la segunda guerra del agua, expresan la consciencia colectiva de la importancia estratégica del agua para la reproducción de la vida de las poblaciones humanas y los seres de la madre tierra. La Constitución Política del Estado institucionaliza la conquista popular del derecho social fundamental del agua.

I. El agua constituye un derecho fundamentalísimo para la vida, en el marco de la soberanía del pueblo. El Estado promoverá el uso y acceso al agua sobre la base de principios de solidaridad, complementariedad, ayuda mutua, equidad, diversidad y sustentabilidad.

II. Los recursos hídricos en todos sus estados, superficiales y subterráneos, constituyen recursos finitos, vulnerables, estratégicos y cumplen una función social, cultural y ambiental. Estos recursos no podrán ser objeto de apropiaciones privadas y tanto ellos como sus servicios no serán concesionados y están sujetos a un régimen de licencias, registros y autorizaciones conforme a Ley.

III. El Estado protegerá y garantizará el uso prioritario del agua para la vida. Es deber del Estado gestionar, regular, proteger y planificar el uso adecuado y sustentable de los recursos hídricos, con participación social, garantizando el acceso al agua a todos sus habitantes. La ley establecerá las condiciones y limitaciones de todos los usos.

IV. El Estado reconocerá, respetará y protegerá los usos y costumbres de las comunidades, de sus autoridades locales y de las organizaciones indígena originaria campesinas sobre el derecho, el manejo y la gestión sustentable del agua.

V. Las aguas fósiles, glaciales, humedales, subterráneas, minerales, medicinales y otras son prioritarias para el Estado, que deberá garantizar su conservación, protección, preservación, restauración, uso sustentable y gestión integral; son inalienables, inembargables e imprescriptibles.

VI. Es deber del Estado desarrollar planes de compartir armónico, conservación, manejo y aprovechamiento sustentable de las cuencas hidrográficas.

VII. El Estado regulará el manejo y gestión sustentable de los recursos hídricos y de las cuencas para riego, seguridad alimentaria y servicios básicos, respetando las normas y procedimientos propios de las comunidades.

VIII. Es deber del Estado realizar los estudios para la identificación de aguas fósiles y su consiguiente protección, manejo y aprovechamiento sustentable.

IX. Los recursos hídricos de los ríos, lagos y lagunas que conforman las cuencas hidrográficas, por su potencialidad, por la variedad de recursos naturales que contienen y por ser parte fundamental de los ecosistemas, se consideran recursos estratégicos para el desarrollo y la soberanía boliviana. El Estado evitará acciones en las nacientes y zonas intermedias de los ríos que ocasionen daños a los ecosistemas o disminuyan los caudales, preservará el estado natural y velará por el desarrollo y bienestar de la población.

X. Todo tratado internacional que suscriba el Estado sobre los recursos hídricos garantizará la soberanía del país y priorizará el interés del Estado.

XI. El Estado resguardará de forma permanente las aguas fronterizas y transfronterizas, para la conservación de la riqueza hídrica que contribuirá a la integración de los pueblos.

El Estado Plurinacional debe:

· Implementar mecanismos y tecnología limpia compatible con la ecología, saberes científicos y tradicionales para el almacenamiento de agua de lluvia.

· Implementar y fomentar políticas, planes, programas de protección, tratamiento, compartir armónico, manejo y recuperación de aguas, garantizando el caudal suficiente para el funcionamiento y continuidad del ecosistema fluvial.

· Respetar las normas y procedimientos propios de manejo de agua según conocimientos propios de cada región, comunidad y pueblo originario.

· El Estado debe normar el uso del agua para procesos particularmente mineros e hidrocarburíferos, que demanden cuantiosos volúmenes de agua, debe definir también el valor de “uso” del agua y las modalidades de cobro. Hay que tener en cuenta que el agua para uso doméstico y riego son prioridades estratégicas para garantizar los ciclos vitales.

· El Estado debe exigir y normar el reciclado de agua para uso industrial.

· El Estado debe proteger los lugares de recarga de acuíferos y la utilización de las aguas subterráneas, sobre todo en las regiones áridas y semiáridas.

CAPÍTULO III: SUELO

Las cosmovisiones de los pueblos indígenas originarios conciben al suelo como ser vivo, es el sustento de las actividades biológicas de los seres, lugar donde se asientan los ciclos vitales del aire y del agua, que resultan en la generación y regeneración de formas asimilables para la nutrición de los componentes vegetales y base de la cadena trófica. Los procesos de la formación del suelo abarcan millones de años y responden a las características de la roca madre, la cual, junto con las actividades climáticas, determina la amplia variedad de suelos que se desarrollaron en la faz de la madre tierra.

En la historia de las sociedades humanas, sobre todo cuando se conformaron las sociedades históricas, básicamente sedentarias, se desarrolla la agricultura a partir de la recolección y selección de semillas silvestres, se inicia la lenta domesticación del genoma de estas especies en una paulatina armonización con los ecosistemas y sus capacidades para producir cosecha. Con la expansión del capitalismo, particularmente después de la primera guerra mundial, en el contexto de la extensión y proliferación del mercado mundial, se desarrollan sistemas de producción agrícolas comerciales, que hacen uso de grandes volúmenes de fertilizantes con el objeto de incrementar su lucro empresaria, bajo la excusa teatral de garantizar la alimentación para la población humana. La introducción de cantidades cada vez más abundantes de fertilizantes ocasiona desequilibrios minerales en la composición del suelo, degradándolos, produciendo depredación, descertificación, convirtiéndolo enormes extensiones de suelo da baja fertilidad, siendo sus productos menos saludables para la salud.

El estado debe:

· Desarrollar políticas de manejo armónico, adecuado, responsable respetando el equilibrio de los factores vivos y no vivos y de acuerdo a la vocación de uso mayor del suelo, con la participación social.

· Impulsar programas de producción agropecuaria armónicos, de acuerdo a la cosmovisión de cada pueblo indígena originario campesino, comunidad intercultural y afroboliviano, que permitan restituir su composición mineralógica y orgánica, además de su capacidad generativa y regenerativa mediante la rotación y combinación de cultivos.

· Fomentar e incentivar los saberes, conocimientos, ciencias y tecnologías ancestrales que se complementen con la tecnología limpia, sobre todo para la producción agropecuaria y producción orgánica.

· Promover investigaciones para potenciar la producción ecológica, particularmente en lo que respecta a materia orgánica, control integrado de plagas y enfermedades, con el objeto de sustituir los agroquímicos causantes de la contaminación del suelo, del agua, del aire y afectando a la salud de los seres.

CAPÍTULO: IV BIODIVERSIDAD: FLORA Y FAUNA DOMÉSTICA Y SILVESTRE

La flora y la fauna forma parte de las mitologías de los pueblos indígenas. En las mitologías amazónicas ciertos animales son los padres-madres del origen del fuego, de los instrumentos de caza, y de la agricultura. Los animales y las plantas son clasificados de acuerdo a los calendarios astrales, la aparición de constelaciones, aproximación de constelaciones, configuración de las estrellas, permitiendo leer y descifrar los tiempos de lluvia, los tiempos de pesca, los tiempos de siembra, los tiempos de cosecha, los tiempos de recolección de frutos. Los felinos y las serpientes están asociados a clasificación de plantas y frutos, separando lo natural de lo cultural, lo crudo y lo cocido, la miel y las cenizas. Las cosmovisiones de los pueblos indígenas comprenden las asociaciones, analogías, vinculaciones de los animales y las plantas, habitan los imaginarios culturales de las comunidades y están íntimamente ligados a los destinos de los humanos.

La riqueza de la información genética de la biodiversidad contiene cualidades todavía no conocidas y aplicadas, que a futuro puedan ser descifradas y retomadas para resolver problemas de la humanidad, de los seres y de la madre tierra. Problemas de salud, problemas de adaptación a los cambios climáticos, incrementos en los rendimientos de las cosechas, resistencias a plagas y enfermedades, cura de los seres y seres humanos.

El estado plurinacional debe:

· El Estado debe fomentar el uso, la recuperación y transmisión de conocimientos, saberes, ciencias y tecnologías ancestrales y ecológicospara la conservación y utilización armónica y equilibrada de la biodiversidad, Implementando políticas, planes, programas y proyectos, promoviendo la agrobiodiversidad, garantizando la propiedad intelectual colectiva de las naciones y los pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianos.

· Elaborar políticas y planes para conservar las especies nativas, naturalizadas, domésticas y silvestres en peligro de extinción y fomentar el repoblamiento de la flora y la fauna, teniendo en cuenta la participación de las naciones y pueblos indígenas originarios, campesinos, interculturales y afrobolivianos.

· Identificar, localizar y comprometer nichos de mercado que habiliten a las comunidades a comercializar productos nativos biodiversos para garantizar la conservación, uso armónico y equilibrado de la biodiversidad, en la perspectiva de la integración y complementariedad de la economía plural, orientada a promover la economía social y comunitaria, en el marco del modelo civilizatorio del vivir bien.

· Asignar los recursos necesarios para el desarrollo de sistemas de conservación en el lugar y en centros de investigación y conservación, el primero bajo responsabilidad de pueblos indígenas originarios, tradicionales y ancestrales guardianes de la biodiversidad, el segundo basado en bancos de germoplasma para la conservación de los recursos genéticos en peligro de extinción del Estado plurinacional. Los centros de investigación y conservación, deben inventariar los seres y bondades genéticas nativas y naturalizadas en peligro de extinción.

· El Estado protegerá todos los recursos genéticos y microorganismos que se encuentren en los ecosistemas del territorio, así como los conocimientos asociados con su uso y aprovechamiento. Para su protección se establecerá un sistema de registro que salvaguarde su existencia, así como la propiedad intelectual en favor del Estado o de los sujetos sociales locales que la reclamen. Para todos aquellos recursos no registrados, el Estado establecerá los procedimientos para su protección mediante la ley.

· El Estado prohíbe la utilización de la biotecnología para la alteración del patrimonio genético de especies animales, vegetales y microorganismos con propósitos comerciales; también prohíbe la importación de organismos genéticamente modificados para su utilización en los sistemas agropecuarios plurinacionales.

· El Estado debe regular la importación y utilización de agroquímicos y otros compuestos químicos. La importación ilegal será sancionada penalmente.

· En el marco de las políticas y gestión de la madre tierra el Estado plurinacional debe implementar programas de reinserción, protección y conservación de la fauna que se encuentre fuera de su hábitat natural a su hábitat de origen.

· El Estado debe tramitar la repatriación de especies de flora y fauna que hayan salido del país de forma ilegal, según lo establece la Constitución Políticas del Estado.

· Prohibir y sancionar penalmente la caza y pesca indiscriminada de especies nativas salvaguardando los usos tradicionales.

CAPITULO V.- BOSQUES

Los bosques son ecosistemas y ecoregiones, continentes y nichos ecológicos diversos con especies nativas de flora y fauna, prestadoras de funciones ambientales y bondades de la madre tierra. En el que coexisten, interactúan e interrelacionan plantas, animales, agua, aire puro, seres humanos y espirituales, proporcionado refugio y medicinas naturales y dando lugar a la formación de mundos de los distintos seres vivos.

Los bosques y las selvas son sistemas complejos conformados primordialmente por árboles, extensiones de árboles y de flora que cobijan a diversidad de faunas y bondades de la madre tierra. Las selvas comprenden la compenetración tupida y tropical de bosques en distintos niveles de densidad y humedad, dando lugar a distintos formas de intervención humana, probablemente menor en las selvas.

FUNCIONES ECOLÓGICA DEL BOSQUE

Los bosques, las plantas y también los animales que viven en él, sin bosques no hay aire limpio, no hay lluvias.Los pueblos indígenas originarios conciben al bosque y la selva como la Casa Grande, que es la Madre Tierra, toda vez que coexisten plantas, animales, agua, aire puro, seres humanos y espirituales. Brinda alimentación mediante la caza, pesca, recolección de frutos silvestres; proporciona refugio y medicinas naturales ya que mediante el secreto de las plantas se da lugar a la cura de lasdolencias. Los bosques comprenden los ecosistemas donde se conserva la biodiversidad. Los bosques protegen de las inundaciones, de las erosiones, plagas y enfermedades, de los desastres naturales y nos dan la posibilidad de vivir en un medio ambiente sano. Las plantaciones y monocultivos no podrán ser considerados como Bosques.

BONDADES FORESTALES MADERABLES

· La bondades forestales son aquellas especies de árboles que pueden ser aprovechados para diferentes usos y fabricación de productos con valor agregado.

· Las acciones de reforestación son una precondición para el aprovechamiento de madera, principalmente para las empresas madereras.

· Algunas especies de árboles deben ser protegidas por el Estado por su valor y funciones ecológicas y no ser deforestadas pese a su valor económico.

· Los recursos obtenidos por las empresas deben beneficiar a las regiones y comunidades de donde se obtiene esta materia prima.

· Las especies maderables deberán ser protegidas estrictamente para su aprovechamiento adecuado y equilibrado.

BONDADES FORESTALES NO MADERABLES

Las bondades forestales son aquellas especies de plantas que pueden ser empleados en usos domésticos, industriales u otras aplicaciones. Se debe reconocer su valor en la elaboración de artesanías, materiales de construcción, variedad de especies medicinales, fibras textiles para vestimenta, y forraje para algunas formas de ganadería. Esto se debe hacer entre otras acciones, a través del reconocimiento legal a la medicina tradicional y la inclusión de estos conocimientos en la práctica de medicina occidental, siguiendo el principio de complementariedad entre conocimientos tradicionales y conocimientos científicos occidentales.

· El Estado en sus diferentes niveles nacional, departamental, municipal y autonomías indígenas, implementará y sustentará la investigación para identificar, registrar e inventariar la diversidad de plantas medicinales y los conocimientos tradicionales asociados para su mejor conservación y uso.

· El Estado debe crear, a través de las universidades públicas y privadas, centros de investigación a nivel nacional, departamental y regional para preservar los bosques y sus recursos genéticos nativos.

RESERVAS FORESTALES

Las reservas forestales abarcan todos los recursos maderables y no maderables, fauna y flora, en territorios específicos y es una forma de protección integral del bosque.

INSTRUMENTOS DE REGULACIÓN DE USO Y MANEJO DE BOSQUES

Se da mandato para la formulación de la ley de Bosques, que se construya sobre la base de una visión integral de los valores y funciones de la diversidad de plantas (maderables y no maderables) y animales que constituyen los ecosistemas de bosque y selva, promoviendo al mismo tiempo un uso que garantice la reproducción y equilibrio de estos ecosistemas, en armonía con la Madre Tierra.

Se fortalecerá el control en las fronteras del país, para evitar el saqueo de las bondades del Bosque. Y se revertirá la posesión de tierras en manos de extranjeros en zonas fronterizas, en cumplimiento del Artículo 262 inciso I de la CPE.

El Estado en conjunto con los pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales, afrobolivianos y los diferentes niveles y territorios autónomos deben crear normas de protección y conservación de los bosques que deberán ser acompañadas con un sistema de sanciones severas, en caso de incumplimiento, para quienes atentan y dañan los bosques y selvas de la Madre Tierra.

En caso de incumplimiento se procederá a la:

i. Revocación o cancelación de contratos

ii. Revocación de derecho propietario

iii. Multas

iv. Penalidades con un mínimo de 5 años.

v. Establecer como delitos a la tala de la castaña y la siringa (Amazonía)

vi. Penalizar a los que contaminan el agua de los bosques.

· La administración de justicia en relación a la protección de bosques debe ser caracterizada por el pluralismo jurídico.

· Se debe realizar auditorías ambientales a empresas madereras con la participación activa de las comunidades afectadas y la sociedad civil.

· Se debe fortalecer a las instituciones competentes para el control y la protección de los bosques. Restructuración de la ABT para que cumpla el objetivo para el cual fue creada, que es el control y manejo de bosques y tierras, con participación y fiscalización de los pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales, afrobolivianos, en sus diferentes niveles, hacia una gestión compartida del manejo de bosque y tierra.

· Se debe aplicar el derecho a decidir sobre el cuidado de las tierras y a planificar los usos y explotación de las bondades de la naturalezapor parte de los pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianos, a través de una institucionalidad propia fortalecida.

· Se aplicaa el derecho a la consulta previa, libre e informada para definir la explotación de las bondades de la naturaleza y la construcción y desarrollo de infraestructura en territorios de comunidades y población indígena originaria campesina, comunidades interculturales y afrobolivianos.

· Se aplica el derecho a elaborar planes de manejo forestal y al aprovechamiento de los recursos del bosque con la asesoría y apoyo de las entidades forestales públicas.

· Se aplica el derecho de mantener la integridad y unidad de los territorios indígenas originarios, cuidando la naturaleza. En caso de compartimiento armónico de las bondades del bosque, esto se hará de manera responsable.

· Se revertirán, mediante Ley, las concesiones forestales otorgadas a empresas, ASL, barraqueros y a cualquier tipo de empresa que fuera favorecida ilegalmente por gobiernos anteriores, abrogando la actual Ley Forestal, a favor de pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales, afrobolivianos.

PLANES DE REFORESTACIÓN

· Los gobiernos central, departamentales, municipales y de territorios autónomos deben impulsar conjuntamente con las organizaciones sociales un plan nacional de forestación, reforestación y reposición de diferentes especies maderables y no maderables nativas, respetando a la Madre Tierra.

· Las autoridades correspondientes deben establecer normas para la reforestación de áreas deforestadas previa a la extracción de madera, condicionando la autorización de permisos y contratos para el manejo de madera a la comprobación de áreas forestadas proporcionales a la superficie de explotación maderera planificada.

· Se debe establecer mecanismos de control en las formas de extracción para evitar daños innecesarios en el área circundante a las zonas de extracción y adecuación de las tecnologías al tipo de bosque.

· Se debe promoer el establecimiento de Sistemas Agroforestales como parte de las acciones de reforestación

· Paralización de toda acción de deforestación y realización de una nueva planificación de estas áreas.

CAPITULO V- FUENTES ENERGÉTICAS Y ENERGÍAS ALTERNATIVAS

La madre tierra complementa dos formas de energía, la solar y la gravitacional; este encuentro da lugar a otras formas de energía, la energía fósil, eólica, hídrica, geotérmica, la biomasa, la fisión y la fusión nuclear, distintas formas de bioenergía, es decir, la multiplicidad de formas de energía que forman parte de la compleja plural energía cósmica. Todos los seres formamos parte de esta energía en constante transformación, diferenciada, en devenir, conservando la fuerza creadora y destructora del cosmos, organizadora y desorganizadora, ordenadora y caótica. La madre tierra puede ser concebida como un campo complejo de transformación de fuentes energéticas que tienen por objeto la construcción de moléculas complejas a partir de moléculas sencillas.

El sistema-mundo capitalista codifica y clasifica las energías de acuerdo a su proceso de acumulación de capital, en tanto materias primas y fuerza de trabajo, cuantificables en la valorización dineraria. La revolución industrial ha incorporado la energía a vapor, después la energía fósil, basada en el carbón, para luego desarrollar su industrialización en base a los hidrocarburos. La economía-mundo capitalista terminoó optando por el uso de formas de energía altamente contaminantes, lo que ocasiono la crisis climática, la crisis ecológica, ahondando la crisis económica, profundizándola en crisis social, depredando aire, suelo y agua, desforestando bosques y dejándonos a su paso desiertos, situación que ha puesto en peligro la vida en la madre tierra. Este desarrollo capitalista basado en el modelo energético fósil ha entrado en contradicción con la vida, con el equilibrio de las formas de vida, con la armonía de los ecosistemas, con la generación y regeneración de la vida en la madre tierra. Esta situación obliga a la humanidad optar por otro modelo civilizatorio y otro modelo energético que la integre a la matriz de la madre tierra en interacción armónica con los seres. En la perspectiva del vivir bien se abre la posibilidad de utilización armónica de lo que se llaman energías alternativas, es decir, energía limpia no contaminante.

El Estado plurinacional comunitario tiene como finalidad suprema el modelo civilizatorio del vivir bien, modelo alternativo al capitalismo, a la modernidad y al desarrollo; en esta perspectiva se orienta a una economía social y comunitaria, buscando cambiar el modelo económico extractivista, desplegando capacidades y potencialidades territoriales hacia un modelo productivo complementario. En el contexto de esta estrategia cobran importancia las energías alternativas a la fósil en actual utilización. Podemos avizorar una transición energética y económica donde la proyección productiva combinara la transformación entre el uso de energía fósil, producción extractivista, que cada vez tengan menos peso en la estructura económica, ganando proporción formas productivas diversas y producentes de nuevas formas de relación, solidarias y comunitarias.

HIDROCARBUROS

La utilización de los hidrocarburos debe enmarcarse en un consumo productivo armónico en el ecosistema de esta fuente de energía, basando su despliegue y articulación con la economía plural y economía comunitaria en el logro de las distintas formas de soberanía, soberanía económica, soberanía financiera, soberanía tecnológica. El principio de soberaníase encuentra constitucionalizado; extendiendo y especificando el ejercicio de la soberanía, se puede hablar de una soberanía de las fuentes de energía, esta forma de soberanía no puede restringirse a criterios empresariales privados o públicos, debe abrirse al ejercicio multitudinario y comunitario de la soberanía, en sentido participativo. La utilización sustentable de los hidrocarburos debe realizarse dinámicamente con la participación cogestiva de las comunidades.

El pasar del modelo civilizatorio moderno y capitalista al modelo civilizatorio del vivir bien implica una transición, en la etapa de esta transición los seres humanos, las sociedades humanas, deben ir dejando las practicas económicas heredadas de la explotación extractivista y del modelo industrial basado en la energía fósil, en este proceso de tránsito deben combinar la sustitución energética desde una visión antropocéntrica hacia una perspectiva ecológica y armónica que respete los derechos de los seres y los derechos de la madre tierra. En la etapa de transición comprendida y definida por la Constitución Política del Estado y recurriendo a la traducción intercultural, se entiende que el compartir armónico con los seres y ecosistemas de las fuentes de energía se va interpretar transitoriamente en sentido técnico como “exploración, explotación, industrialización y comercialización”. Este es el complejo productivo, la cadena productiva debe, en la transición, causar el menor daño a la madre tierra.

· La utilización de las fuentes hidrocarburiferas en la etapa de transición debe estar orientada a satisfacer la demanda del mercado interno y los requerimientos económicos del cambio de modelo productivo.

· Todo el complejo productivo de las fuentes hidrocarburíferas debe usar tecnología limpia que no contamine a la Madre Tierra, sujeta a monitoreo y evaluación socioambiental por parte de las comunidades involucradas.

· Las empresas públicas, privadas, cooperativas, personas jurídicas que contaminen y/o dañen el medio ambiente están obligadas a realizar la correspondiente mitigación, rehabilitación y reparación ambiental, garantizando las compensaciones, indemnizaciones por los daños ocasionados a las comunidades afectadas. Estas tienen carácter retroactivo y de imprescriptibilidad.

· Incorporar a los pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianos en la formulación y decisión de normas y las políticas hidrocarburiferas, a partir de la cogestión y la consulta. Las naciones y los pueblos indígenas originarios campesinos, interculturales y afrodescendientes tienen derecho a la participación prioritaria de los beneficios de la “explotación” de las fuentes de energía fósil en sus territorios.

· Las empresas públicas deberán incluir la participación directa y practicar la cogestión y autogestión conjuntamente con las organizaciones sociales y comunidades involucradas.

· La elaboración de cualquier instrumento técnico y científico utilizado para las obras y proyectos hidrocarburiferos debe ser construido con la participación y concertación de la visión de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos, interculturales y afrobolivianos.

FUENTES DE ENERGÍA ALTERNATIVA

· El Estado plurinacional debe promover la investigación intercultural, localización de fuentes alternativas de energía comprometiendo los recursos necesarios. El Estado debe Implementar energías alternativas que no contaminen el medio ambiente (eólica, energía solar) con la consulta previa e informada a los pueblos involucrados.

· Queda terminantemente prohibido el uso de la producción agrícola para la fabricación de agrocombustibles, sin embargo, deberá considerarse la utilización local y controlada de frutos nativos para la elaboración de energía renovable, sin afectar la biodiversidad y la soberanía alimentaria.

CAPITULO VI: MINERÍA

La minería forma parte de las bondades de la naturaleza, la historia geológica de la madre tierra caracterizada por una actividad volcánica combinada con el choque intermitente de meteoritos, terminaron formando el perfil orográfico tanto en tierras altas como en tierras bajas, conformando en las entrañas de la madre tierra, en la manqhapacha, estratificaciones con concentraciones variables de distintos minerales. Podemos comprender en la larga duración geológica la forma de vida del interior de la madre tierra, constituyendo con el akapacha, la biodiversidad, y el alaxpacha, el cosmos, la totalidad de los espacios tiempos que expresan la complejidad de la vida cósmica, taxpacha. Desde esta perspectiva todo está conectado, entrelazado y en interacción. Las bondades mineralógicas de la madre tierra son la parte profundamente integrante del ser múltiple de la madre tierra.

Con la llegada del colonialismo y el capitalismo las bondades mineralógicas fueron reducidas a recursos naturales con el objeto de su exploración, explotación y exportación, el complejo extractivita. El paso del capitalismo dejó cementerios mineros y huecos de muerte en las entrañas de la madre tierra, abandonando en la oscuridad de sus destinos los esqueletos de los mitayos y esclavos africanos. Cuerpos que alimentaron la vorágine del capitalismo, que transfirió las riquezas a los centros imperiales del sistema mundo capitalista, dejando miseria en las poblaciones mineras, regiones mineras y el país objeto de explotación y desmembración territorial y del tejido social. Esta es la base de la acumulación ampliada de capital, la acumulación por despojamiento, extracción violenta y explotación de la fuerza de trabajo discriminada racialmente por la dominación colonial.

La historia económica de Bolivia comprende dos grandes ciclos de explotación minera, el ciclo de la plata y el ciclo del estaño. Durante el ciclo de la plata se forman las primeras empresas, mineras durante el ciclo del estaño las empresas se complejizan y se integran al circuito financiero del sistema mundo capitalista. La historia de las empresas públicas mineras comienza con la nacionalización de las minas. La explotación minera en ambos ciclos, el de la plata y el del estaño, ha dejado desolación y contaminación, enriqueciendo a unos pocos y empobreciendo a las grandes mayorías de trabajadores y familias de los trabajadores, ocasionando daños ecológicos irreparables a la madre tierra. Por eso, en el proceso descolonizador iniciado por los movimientos sociales, las naciones y pueblos indígenas originarios, interculturales y afrodescendientes, en la etapa de transición, las empresas públicas deben formar parte de una economía plural complementaria e integrada, orientada a una economía social y comunitaria, en la perspectiva del modelo civilizatorio de vivir bien. En este sentido la actividad minera debe adecuarse estrictamente a las condicionantes de la ley de la madre tierra y de la Constitución Política del Estado, integrándose a los procesos de armonización de las actividades humanas para con el conjunto interactivo de los seres.

Deberes del Estado:

· Considerando que la Constitución Política del Estado define la propiedad del pueblo boliviano de las bondades de la naturaleza, interpretadas como “recursos naturales”, además que se declaran nulas todas las concesiones, las mismas que deben adecuarse a las condiciones normativas de la Constitución, las empresas mineras deben convertirse solamente en prestadoras de servicios.

· Considerando al agua como una bondad de la madre tierra y siendo propiedad de todos los bolivianos, este recurso estratégico orientado al vivir bien, su utilización de las empresas mineras debe ser considerado como insumo en el complejo productivo, con valor económico.

· Las empresas públicas deberán incluir la participación directa y practicar la cogestión y autogestión conjuntamente con las organizaciones sociales y comunidades involucradas.

· Las empresas públicas y privadas estarán sujetas a una auditoría ecológica, control externo, control social y rendición de cuentas a la sociedad, con participación en la fiscalización de los pueblos y naciones indígena originario campesinas, comunidades interculturales y afrobolivianos,durante todo el proceso del complejo productivo minero.

· Ninguna política o actividad de la cadena productiva de los recursos minerales (exploración, explotación, industrialización y comercialización) debe afectar a los derechos de la Madre Tierra. Se prohíbe utilizar prácticas, tecnologías degradantes y compuestos químicos tóxicos que pueden ser reemplazados con otras alternativas ecológicamente adecuadas para el bienestar de la Madre Tierra.

· Toda actividad, obra o proyecto minero debe estar sujeto al proceso de consulta previa, libre e informada y con carácter vinculante cuando estas actividades se realizan en territorios y afecten los intereses de las naciones y pueblos indígena originarios campesinos, interculturales y afrobolibianos.

· Toda explotación de los recursos no metálicos, salmueras, evaporíticos y otros, existentes en los salares debe realizarse bajo procesos de producción en armonía con la naturaleza, de acuerdo a los principios de la ley de la madre tierra.

· El Estado bajo ningún argumento puede subordinar la soberanía del pueblo sobre los recursos naturales – interpretación intercultural de bondades de la naturaleza en la transición – a las lógicas y procedimientos empresariales o corporativos sean estatales o privados.

FORMULACIÓN DE POLÍTICAS Y NORMATIVAS MINERAS

Siendo la ley de la madre tierra una ley fundacional y matricial de la que deben devenir y desprenderse las demás leyes fundacionales, bajo una concepción integral y concomitante, a la que deben adecuarse todas las leyes y políticas del Estado plurinacional comunitario, la formulación de las políticas y la normativa mineras deben desprenderse de la ley de la madre tierra, respondiendo a su diseño integral y complementario, formando parte de la economía social y comunitaria en la perspectiva del modelo civilizatorio del vivir bien.

En este marco es deber del Estado:

· Incorporar a los pueblos indígenas originarios campesinos, interculturales y afrobolivianos en la formulación, decisión y aplicación de las políticas y normas mineras y en la participación prioritaria de los beneficios, a partir de la cogestión y consulta,generados porestas bondades de la naturaleza en sus territorios.

· El Estado debe garantizar que las empresas, cooperativas y personas jurídicas que efectúan trabajos de explotación de los recursos mineros realicen la correspondiente mitigación, rehabilitación, reparación ecológica, garantizando las compensaciones e indemnizaciones por los daños ecológicos ocasionados. Estas serán de carácter retroactivo.

· Debe ser responsabilidad prioritaria del Estado elaborar y aplicar política orientadas a la restauración, restitución y reparación de los ecosistemas afectados por los pasivos ambientales provocados por la explotación minera pública y privada.

· La minería estatal, privada y cooperativizada deberá construir plantas de tratamiento de aguas contaminadas para su remediación y evitar el daño causado a la Madre Tierra. Todas las empresas involucradas en la actividad minera deben reciclar el agua usada, reutilizándola en su propio proceso productivo, minimizando los efectos contaminadores de esta actividad.

· Aplicando las resoluciones de Tiquipaya, que son vinculantes para Bolivia, buscando que sean vinculantes para el mundo, es deber del Estado exigir el cumplimiento de la deuda histórica por parte de los países del centro del sistema mundo capitalista respecto del sur y la periferia de este sistema, compensando por el saqueo, el despojamiento, la explotación de recursos minerales que dejó degradación y depredación ecológica, desequilibrando la vida interactiva de los ecosistemas, afectando negativamente a la reproducción de la vida humana y redundando destructivamente en la dinámica económica, restringiendo sus posibilidades.

TÍTULO VII.- CONSULTA PREVIA LIBRE E INFORMADA

En la marcha de los pueblos indígenas por tierra, territorio y dignidad de 1990 se construye como una reivindicación histórica de sus derechos la consulta como mecanismo obligado del Estado y de la sociedad para con las comunidades ancestrales. La Consulta y el consentimiento previo forman parte de los tratados internacionales, primero del Convenio 169 de la OIT y después de la Declaración de Naciones Unidas sobre el derecho de los pueblos indígenas, en este contexto forma parte de la Constitución Política del Estado como reconocimiento a la preexistencia de las naciones y pueblos indígenas originarios a la Colonia.

La Consulta y el consentimiento previo forman parte de los derechos de las naciones y pueblos indígenas originarios campesinos. El ejercicio de la Consulta es una expresión del autogobierno y la libre determinación de los pueblos; una forma de realización del autogobierno se da como ejercicio plural de la democracia, establecido en el sistema de gobierno participativo, el mismo que comprende la democracia comunitaria, además de constituir un mecanismo imprescindible de la participación y el control social, abriendo la posibilidad del ejercicio de otros derechos inherentes a los pueblos indígenas.

Se puede entender también que la consulta y el consentimiento previo forman parte del funcionamiento de la economía social y comunitaria, establecida en la Constitución. El modelo económico social y comunitario sostiene al modelo de Estado plurinacional comunitario y al modelo territorial autonómico, se encamina a la realización del vivir bien. El funcionamiento de la economía comunitaria comprende las formas ancestrales de producción y reproducción, la institucionalidad colectiva y complementaria; en este sentido, en respeto a sus normas, procedimientos y prácticas propias el Estado plurinacional debe incorporar la Consulta y el consentimiento previo como práctica de funcionamiento de la economía plural, que puede ser entendido como economía intercultural, comprendiendo la coordinación entre formas de gobierno, formas de asamblea y formas de planificación en el marco de los proyectos civilizatorios inherentes al Estado Plurinacional.

Desde la concepción de los pueblos indígenas y desde la ratificación de este derecho, la consulta mantiene tres cualidades el de ser previa, libre e informada, creemos que la cualidad de libertad esta ya argumentada desde la introducción a este capítulo, sin embargo, en referencia a la defensa de los derechos de la madre tierra, la consulta al ser previa se convierte en un instrumento preventivo de respeto y resguardo a los derechos de la madre tierra que tiene que ver con la prevención de cuidado y potenciamiento de todas las bondades que esta brinda en función del vivir bien que es bien colectivo. Por otro lado, la cualidad de ser informada, la consulta, tiene como sujeto de aplicación a los pueblos indígenas, quienes, contrariamente como se ha ido concibiendo a la consulta, no deben ser solamente informados de las posibles acciones humanas, sino deben recoger la información, conocimientos y saberes de los propios pueblos indígenas como mecanismo de incorporar este conocimiento que es el que más tiende a la preservación del ecosistema, cosa que en la actualidad el carácter científico occidental de esa información no contempla.

I. Es nación y pueblo indígena originario campesino toda la colectividad humana que comparta identidad cultural, idioma, tradición histórica, instituciones, territorialidad y cosmovisión, cuya existencia es anterior a la invasión colonial española.

II. En el marco de la unidad del Estado y de acuerdo con la Constitución Política del Estado las naciones y pueblos indígena originario campesinos gozan de los siguientes derechos:

1. A existir libremente.

2. A su identidad cultural, creencia religiosa, espiritualidades, prácticas y costumbres, y a su propia cosmovisión.

3. A que la identidad cultural de cada uno de sus miembros, si así lo desea, se inscriba junto a la ciudadanía boliviana en su cédula de identidad, pasaporte u otros documentos de identificación con validez legal.

4. A la libre determinación y territorialidad.

5. A que sus instituciones sean parte de la estructura general del Estado.

6. A la titulación colectiva de tierras y territorios.

7. A la protección de sus lugares sagrados.

8. A crear y administrar sistemas, medios y redes de comunicación propios.

9. A que sus saberes y conocimientos tradicionales, su medicina tradicional, sus idiomas, sus rituales y sus símbolos y vestimentas sean valorados, respetados y promocionados.

10. A vivir en un medio ambiente sano, con manejo y aprovechamiento adecuado de los ecosistemas.

11. A la propiedad intelectual colectiva de sus saberes, ciencias y conocimientos, así como a su valoración, uso, promoción y desarrollo.

12. A una educación intracultural, intercultural y plurilingüe en todo el sistema educativo.

13. Al sistema de salud universal y gratuito que respete su cosmovisión y prácticas tradicionales.

14. Al ejercicio de sus sistemas políticos, jurídicos y económicos acorde a su cosmovisión.

15. A ser consultados mediante procedimientos apropiados, y en particular a través de sus instituciones, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles. En este marco, se respetará y garantizará el derecho a la consulta previa obligatoria, realizada por el Estado, de buena fe y concertada, respecto a la explotación de los recursos naturales no renovables en el territorio que habitan.

16. A la participación en los beneficios de la explotación de los recursos naturales en sus territorios.

17. A la gestión territorial indígena autónoma, y al uso y aprovechamiento exclusivo de los recursos naturales renovables existentes en su territorio sin perjuicio de los derechos legítimamente adquiridos por terceros.

18. A la participación en los órganos e instituciones del Estado.

III. El Estado garantiza, respeta y protege los derechos de las naciones y pueblos indígena originario campesinos consagrados en esta Constitución y la ley.

El Estado debe:

· Propiciar, fomentar efectivizar los espacios que sean necesarios para la elaboración, tratamiento y sanción de la ley marco de derecho a la consulta y consentimiento previo, libre e informado, con las naciones y pueblos indígenas originarios y campesinos.

· Hacer cumplir una ley concertada, consensuada y elaborada participativamente del derecho a la consulta previa libre e informada en coordinación con las organizaciones indígenas originarias y campesinas.

TÍTULO VIII.- ÁREAS PROTEGIDAS

Son espacios territoriales de bien colectivo, se crean mediante decretos y leyes. Tienen por finalidad conservar la biodiversidad e integridad de la Madre Tierra y contribuir en la lucha contra la crisis ecológica y el cambio climático. En las áreas protegidas existe gran diversidad de flora y fauna, cuyas bondades tenemos derecho a cuidar y aprovechar integralmente y de manera equilibrada.

DECLARACIÓN DE LAS ÁREAS PROTEGIDAS COMO PATRIMONIO NATURAL Y CULTURAL

· Para conservar las APs comunitarias, municipales, departamentales y nacionales debe elaborarse una ley especial: LEY DE ÁREAS PROTEGIDAS, así como normas específicas para cada área.

· Fomentar la creación de más áreas protegidas.

SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS PROTEGIDAS

El Sistema de Áreas Protegidas debe estar conformado por APs a nivel nacional, departamental, municipal y comunitario.

CATEGORIZACIÓN DE LAS ÁREAS PROTEGIDAS, PARQUES, LUGARES SAGRADOS Y DE ALTA SENSIBILIDAD ECOLÓGICA, MANEJO INTEGRADO

Se debe realizar la recategorización de las actuales APs.

GESTIÓN TERRITORIAL CON RESPONSABILIDAD COMPARTIDA DE LAS ÁREAS PROTEGIDAS

Se Implementa la gestión territorial con responsabilidad compartida donde se armonice la gestión de las comunidades y la del Estado.

El modelo de gestión compartida debe garantizar la participación directa de los pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales, afrobolivianos, en la toma de decisiones estratégicas bajo sus normas y procedimientos propios. Permitiendo que los beneficios que reporten las AP se distribuyan de forma igualitaria.

Se debe elaborar políticas planes y programas para promocionar y fomentar el turismo ecológico en APs que generaran recursos propios para las comunidades involucradas. Los recursos económicos generados por esta actividad deben ser invertidos a favor de las comunidades.

Debe canalizar fondos propios del TGN para la gestión de las Áreas Protegidas y designará recursos económicos del IDH para establecer políticas de protección al medio ambiente y Áreas Protegidas.

Para las actividades o proyectos que están en desarrollo dentro de Áreas Protegidas se exige la evaluación del Impacto Ambiental más estricta durante y después de su ejecución.

Se prohíbe desarrollar actividades y proyectos futuros de actividades extractivas (minería e hidrocarburos) e infraestructura (caminos y megarepresas) dentro de las aéreas protegidas. Excepto cuando cuenten con procesos de consulta previa informada y consentimiento de la población afectada.

Se debe incentivar e implementarlas normas y procedimientos propios ancestrales, culturales tradicionales de respeto y permiso a la Madre Tierra en las AP.

Se crea un Consejo nacional y local, conformado por organizaciones y las autoridades correspondientes, para el control y manejo de las áreas protegidas.

Todas las áreas protegidas deben ser administradas y fiscalizadas por las organizaciones sociales en coordinación con sus respectivos gobiernos (central, departamental o local).

El Estado, en coordinación con los pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales, afrobolivianos, deberá promover y realizar campañas de educación ambiental para la protección de los derechos de la Madre Tierra.

PLANES DE MANEJO DE LAS ÁREAS PROTEGIDAS

Se debe incentivar la implementación de programas y proyectos productivos ecológicos y sustentables y proyectos que incentiven la artesanía y la cultura, así como la obligación del Estado de dar recursos económicos a estos proyectos dentro de Áreas Protegidas.

PROHIBICIÓN DE LAS ACTIVIDADES EXTRACTIVAS EN ÁREAS PROTEGIDAS

· Hacer cumplir los convenios suscritos en el marco de la explotación de los recursos maderables.

· Sancionar el incumplimiento de la reforestación.

· Establecer mecanismos de control fronterizo al interior y exterior del país para evitar el contrabando de las bondades de la naturaleza.

· Dejar sin efecto las concesiones forestales, mineras e hidrocarburíferas no consensuadas con las organizaciones sociales.

· El incumplimiento de la ley de la Madre Tierra en las Áreas Protegidas será sancionado duplicando la pena máxima dispuesta por ley.

TÍTULO IX- TERRITORIALIDAD: TIERRA Y TERRITORIO

· Normar la conservación y dinámica armónica de los espesores culturales, históricos y ecológicos territoriales, buscando el equilibrio y la complementariedad de las convivencias de los seres vivientes, los continentes y nichos ecológicos, las huellas, los recorridos, flujos y circuitos de los seres, comprendiendo el impacto de las sociedades humanas, adecuándolas a las condicionantes del necesario equilibrio y armonización de los ecosistemas. En esta perspectiva, normar los ordenamientos y las organizaciones territoriales, tomando en cuenta la reterritorialización y la reconstitución cultural y civilizatoria en el proceso de descolonización.

· Destinar a través del TGN recursos orientados a la producción de la tierra de manera equilibrada.

· Se debe reglamentar la mecanización y uso de agroquímicos para su progresiva prohibición en el sector del agro para evitar la degradación de los suelos en armonía con la Madre Tierra.

· Normar las actividades de explotación minera, evaporíticas, hidrocarburifera, maderera y agropecuarias para garantizar el equilibrio ambiental, social, económico de nuestros territorios.

TIERRA Y TERRITORIO

· El territorio es la Casa Grande que nos cuida y nos alimenta, contiene la biodiversidad, bosques, cuencas y a los seres humanos con su identidad cultural y espiritualidad.

· La Tierra es un espacio donde se vive, se trabaja y se produce.No se puede hacer la titulación de la tierra sin territorio y territorialidad.

NORMAS Y PROCEDIMIENTOS PROPIOS DE LOS PUEBLOS Y NACIONES INDÍGENA ORIGINARIO CAMPESINO, COMUNIDADES INTERCULTURALES, AFROBOLIVIANOS.

· Los estatutos, usos y costumbres propios de cada pueblo y nación indígena originario campesina, comunidades interculturales y afrobolivianos rigen la vida y actividades de estos territorios, inclusive la justicia indígena originaria campesina.

· Promover políticas de producción orgánica, ecológica y educación sobre prácticas y saberes ancestrales como cambio de producción, combinación de cultivos y rotación de parcelas productivas para la conservación de la Madre Tierra y el fortalecimiento de la seguridad y la soberanía alimentaria.

EQUIDAD DE GÉNERO EN EL ACCESO A LA PROPIEDAD DE LA TIERRA, A LA DISTRIBUCIÓN EQUITATIVA Y APROVECHAMIENTO DE SUS BONDADES

Las tierras fiscales serán distribuidas de manera equitativa con prioridad a las mujeres, pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianos.

REGULACIÓN DEL ACCESO, TENENCIA Y USO DE LA TIERRA

· Se debe concluir el proceso de saneamiento en la totalidad del territorio nacional priorizando en los departamentos donde aún resta una mayor parte del saneamiento, asegurando el funcionamiento de mecanismos de control social y participación de los pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales, afrobolivianos, y destinando el presupuesto necesario para la conclusión de este proceso.

· El Estado efectuará un informe sobre el cumplimiento de la funciones de la tierra con la participación de los pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianos para la inmediata recuperación de las tierras que no cumplan con la función social y económica social.

· Se prohibe la adquisición de terrenos fiscales por parte de empresarios nacionales y extranjeros, mineros, industriales.

DOTACIÓN DE TIERRAS

· La dotación de tierras fiscales con ordenamiento territorial para garantizar el Vivir Bien de la población campesina indígena originaria intercultural se realizará de forma colectiva, en función a la vocación, capacidades ecológicas y productivas de las regiones, tomando en cuenta la realidad y características de las distintas comunidades.

· El Estado protegerá el derecho al aislamiento de los pueblos indígenas no contactados.

POLÍTICAS Y PLANIFICACIÓN INTEGRAL DE ASENTAMIENTOS HUMANOS

· El Estado debe reglamentar las migraciones causadas por los cambios climáticos o debido a otras causas, respetando los territorios de las naciones indígenas, las áreas protegidas, los bosques para preservar la biodiversidad.

· Entre estas acciones se debe incluir la implementación de programas de capacitación sobre las características y vocaciones productivas, ecológicas y culturales de la región donde los migrantes se asentarán.

· El Estado debe efectuar la planificación integral en los asentamientos humanos en coordinación con los municipios y organizaciones sociales para contribuir al desarrollo del país.

PLANES DE ORDENAMIENTO TERRITORIAL

· Incorporar aspectos de ordenamiento territorial y plan de uso de suelos

El uso y manejo de la tierra debe contar con la participación de las organizaciones sociales.

· El gobierno plurinacional, departamental, municipal, las autonomías indígena originariacampesinas deberán hacer normas con participación del Consejo Nacional de la Madre Tierra y cumplirlas de manera participativa con las organizaciones sociales.

PROMOCIÓN Y APOYO A LA PRODUCCIÓN

Redistribuir el Seguro Agrícola tanto para el occidente y el oriente.

TÍTULO X: RÉGIMEN ECONÓMICO

· Promover el equilibrio integral y pluralismo económico-social auto-sostenible, con respeto y armonía con la Madre Tierra (Pachamama, Llumpaqamama, Madre Naturaleza) para Vivir Bien.

· Coparticipación en el aprovechamiento y manejo de las bondades de la Madre Naturaleza renovables y no renovables y otros provenientes de la cooperación y financiamiento externo dirigido al cuidado del medio ambiente, biodiversidad y cambio climático, donde se ejerza un control social.

· Las empresas mineras, empresas hidrocarburíferas, empresas agropecuarias, empresas hoteleras, empresas madereras y personas particulares deben compensar e indemnizar mediante Ley por las operaciones o acciones de exploración, explotación, transporte y comercialización de bondades de la naturaleza, previa consulta y consentimiento de la comunidad, preservando y conservando la Madre Tierra (Pachamama, Llumpaqamama, Madre Naturaleza).

TÍTULO XI: MECANISMOS PARA LA DEFENSA DE LA MADRE TIERRA INCENTIVOS Y SANCIONES

Instituir en el Código Penal la violación de los derechos de la Madre Tierra y declararlos como delitos de lesa naturaleza y lesa humanidad.

Acciones administrativas

Una Ley determinará las diferentes acciones e infracciones administrativas que afecten a la Madre Tierra.

Acciones penales

· Los delitos graves medioambientales comprobados contra la Madre Tierra son de competencia territorial de la jurisdicción de los pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianos, debiendo remitirse a la jurisdicción ordinaria o agroambiental para ser penalizado con la privación de libertad de 30 años sin derecho a indulto.

· Los autores materiales e intelectuales de los delitos graves medioambientales resarcirán y repararán los daños y perjuicios ocasionados a la Madre Tierra (Pachamama, Llumpaqamama, Madre Naturaleza), en beneficio de las comunidades afectadas.

Acciones civiles

Toda persona particular y/o colectiva que haya sido afectada por los daños a la Madre Tierra también deberá recurrir a la acción civil para el resarcimiento de daños y perjuicios a las víctimas y la reparación del ecosistema.

Acciones constitucionales

Toda persona particular y/o colectiva afectada por la contaminación medioambiental y que afecte los derechos reconocidos en la Constitución Política del Estado interpondrá la acción constitucional frente a los actos ilegales u omisiones contra los servidores públicos que administran justicia.

Acciones según normas y procedimientos propios

La reparación de daños ecológicos, cuando estos afecten a territorios indígenas, originarios, campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianos, será mediante sus normas y procedimientos propios.

CAPITULO I: INCENTIVOS

Definir incentivos para reducir los niveles de contaminación de los ecosistemas y priorizar la asignación de incentivos es la tarea pendiente del Estado Plurinacional. La contaminación del agua es un problema que está más cerca de la realidad del país, que las contaminaciones ambientales por carbono que forman mas bien parte intrínseca de la situación desatada por la economía-mundo capitalista, donde son los países del norte, industrializado y hiper-consumista, los responsables de la contaminación ambiental, el cambio climático, debido al efecto invernadero. La contaminación del agua en el territorio del Estado plurinacional es responsabilidad de la población, el pueblo boliviano, las sociedades y comunidades de los pueblos indígenas originarios campesinos, interculturales y afrobolivianos; esta contaminación debe resolverse y está dentro de la posibilidades de las políticas públicas y la revolución cultural. Como dijimos el carbono es un problema transnacional donde los países en desarrollo están resolviéndoles el problema a otros, los países industrializados. Desde esta perspectiva, esta claro que el caso del agua atañe más al Estado plurinacional. El futuro del agua está relacionado con la agricultura, con la soberanía y seguridad alimentaria, es decir, el cómo se maneje ésta en la producción agropecuaria.

En lo que respecta a la contaminación atmosférica, los bosques primarios fijan carbono en el fondo dentro de su ciclo de restitución. No obstante, fijan muy poco carbono adicional y lo hacen en la medida en que se requiera de éste para mantener el ecosistema en equilibrio. Los grandes fijadores de carbono están en las plantaciones y los bosques secundarios debido a su crecimiento; sin embargo se ha hecho poco para aclarar esta idea en los círculos sociales, políticos y científicos.

Los incentivos fiscales se regulan, habitualmente, mediante: exenciones, bonificaciones y deducciones que se concretan dentro de la normativa de los tributos correspondiente.

Fondo para la inversión en Tecnologías más Limpias. Operará bajo la modalidad de fideicomiso

El Estado Plurinacional debe diseñar y ejecutar un Fondo de Fomento a la Producción Más Limpia a cargo del Ministerio de la Madre Tierra y una entidad financiera, integrado por dos brazos operativos: a) asistencia para créditos en tecnologías, infraestructura de apoyo, materias primas que promuevan la producción más limpia; b) asistencia técnica para asesorar sobre mejores opciones de inversiones en tecnologías más limpias, asesoramiento acorde con los propósitos de la Ley de MT.

Actividades financiadas por el fondo

I. Carteras de inversión para créditos con tasas de interés preferenciales y años de gracia compatibles con el propósito del crédito.

a. Tecnologías que contribuyan a reducir la producción de contaminantes o desechos derivados de los procesos productivos

b. Sistema de tecnología de energía limpia (biomasa, energía solar, eólica, micro represas y otros )

c. Infraestructura para desechos, reciclaje de insumos particularmente agua y productos químicos.

d. Infraestructura para procesar desechos (lagunas de oxidación, plantas de tratamiento,

e. Insumos consumibles en 100 % en el proceso productivo.

II. Cartera de asesoramiento técnico.

a. Estudios sobre sistemas de producción más limpios

b. Asistencia técnica en procesos menos contaminantes

c. Sistemas de tratamientos de residuos

d. Mejores opciones de manejo de desechos

e. Desarrollo de productos limpios

Tasa impositiva variable según niveles de contaminación

El Estado plurinacional debe establecer un pago por verter determina cantidad de contaminantes al suelo o a los cuerpos de agua. Una vez establecida la línea de base para el nivel de contaminación estándar propia de cada actividad industrial o artesanal, las tasas de pago por cantidad de contaminación anual se incrementarán o disminuirán en función del mayor o menor nivel de vertido del contaminante. La tasa de descuento impositivo debe ser mayor que la amortización anual del costo de aplicación de la tecnología limpia.

Crédito fiscal para la reducción de la emisión de contaminación de los ecosistemas

El Estado plurinacional debe establecer privilegios impositivos, léase como Incentivos Tributarios, sobre las utilidades de personas o empresas siempre y cuando estas inviertan en la aplicación de tecnologías de punta que reduzcan la emisión de contaminantes. Se considera aplicables los siguientes casos:

a) Inversiones en los ecosistemas donde se desarrollan actividades productivas como la petrolera, agroindustrial, industrial para la reconversión tecnológica, ecoturismo, producción más limpia y demás, serán merecedoras de la exclusión en el pago de IVA para maquinaria y equipos, exclusión de IVA para importación de equipos y elementos constitutivos de unos sistemas de control y monitoreo del ecosistema; y la deducción de hasta un 20% de la renta líquida para las inversiones que se realicen, determinada antes de restar el valor de la inversión.

b) Inversiones en nuevas plantaciones de reforestación, de almendro (Bertholetia excelsa), de caucho (Hevea brasilensis), de cacao (Teobroma cacao), de árboles frutales, de obras de riego y drenaje, de pozos profundos y silos para tratamiento y beneficio primario de los productos agrícolas, tendrán derecho a deducir anualmente de su renta el valor de dichas inversiones que hayan realizado en el respectivo año gravable.

c) Inversiones directas o a través de Centros de Investigación, Centros de Desarrollo Tecnológico, constituidos como entidades sin ánimo de lucro, o Centros y Grupos de Investigación de Instituciones de Educación Superior, en proyectos calificados como de carácter científico, tecnológico o de innovación tecnológica, por el Instituto Nacional de Investigación Agropecuaria y Forestal (INIAF).

Forestación y ordenación del parque automotor en el espacio urbano

Como lugar de crecimiento demográfico, actividad comercial e industrial, las ciudades concentran el uso de energía y recursos y la generación de desperdicios al punto en que los sistemas tanto artificiales como naturales se sobrecargan y las capacidades para manejarlos se ven abrumada. En este marco, la reforestación de las urbes y la modernización del transporte urbano, interdepartamental e internacional debe ser considerado como prioritario por el Estado plurinacional y estará sujeta a un régimen especial de incentivos y sanciones.

CAPITULO II: DEL RÉGIMEN SANCIONADOR

· Toda persona y/o empresa natural o jurídica, sus responsables y quienes ejecuten acciones que atenten contra la Madre Tierra, será sancionada bajo la competencia y jurisdicción territorial de los pueblos indígena originario campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianos, en coordinación y cooperación con la jurisdicción ordinaria, jurisdicción agroambiental y otras jurisdicciones contempladas en la C.P.E.

· Todo delito cometido contra la Madre Tierra no tendrá una pena menor a los 5 años de privación de libertad.

DELITOS CONTRA LA MADRE TIERRA Y SANCIONES
· Se consideran delitos ambientales contra la Madre Tierra: La fabricación y uso de armas químicas, biológicas y nucleares, el chaqueo excesivo e indiscriminado, la expulsión de desechos y otros contaminantes, inclusive los pasivos ambientales (sólidos, líquidos, gaseosos) de cualquier naturaleza que afectan al agua, aire, suelo y avasallamiento de áreas protegidas.

· Caza de animales en extinción, deforestación, uso indiscriminado de agentes químicos, uso de explosivos que afectan a la biodiversidad, tráfico de animales silvestres vivos o muertos, así como especies vegetales exóticas y nativas, depredación, degradación, desertificación, fuentes de agua, ojos de agua, pozos de agua, vertientes, lagunas, nacientes de ríos y riachuelos.

SANCIONES

Los delitos medioambientales son sancionados penalmente de acuerdo al grado de daños ambiéntales ocasionados contra la Madre Tierra, previo análisis técnico-científico evaluado por la autoridad competente y remitido para su conocimiento al órgano agroambiental.

IMPRESCRIPTIBILIDAD DE LOS DELITOS CONTRA LA MADRE TIERRA
Los delitos contra la Madre Tierra (Pachamama, Llumpaqamama, Madre Naturaleza) cualquiera sea su naturaleza no prescriben, sabiendo que la Madre Tierra es la supervivencia de todo ser vivo.

TÍTULO XIII: DISPOSICIONES FINALES

· En un plazo de 60 días serán abrogadas y derogadas las leyes que contraríen la presente Ley.

· Esta ley es marco para todas las leyes sectoriales relacionadas con la Ley de la Madre Tierra.


[1]Los antropólogos llamaron a estas formas variadas reciprocidad, desde el potlatch, el intercambio kula, estudiadas por Marcel Mauss hasta las formas andinas mencionadas aquí, estudiadas por John Murra, sistematizadas por Dominique Temple en su libro Teoría de la reciprocidad. Los antropólogos quisieron encontrar una estructura común de distintas de formas circulación dadas en el mundo en las sociedades ancestrales. No hay una estructura común ni una forma general homogénea; hay otras formas de circulación e intercambio, distintas al comercio del sistema-mundo capitalista.