Gobierno no emitirá reglamento para aplicación del DS de incremento salarial en Bolivia

Empresarios dicen que esperan reglamentación para incremento salarial y desconocen la Disposición Final Primera del Decreto Supremo Nº 0013 que señala: “La aplicación del presente Decreto Supremo, tendrá efecto retroactivo al 1 de enero de 2012”.

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Incremento salarial es retroactivo a enero/Foto archivo.



La Paz, 27 May (ANF).- El Ministerio de Economía y Finanzas Públicas dio a conocer de manera oficial que no emitirá ninguna reglamentación respecto a la aplicación del Decreto Supremo Nº 0013 que norma el incremento salarial en el sector público y establece como base de negociación el 8% en el sector privado.

La respuesta del Ministerio de Economía responde a las preocupaciones del sector privado, en particular, que en los últimos días estuvo reclamando la reglamentación pertinente para proceder con el incremento salarial correspondiente a la gestión 2012.

Sin embargo, en ese despacho de Estado se señaló que la única reglamentación que está pendiente en materia salarial es aquella que debe emitir el Ministerio de Salud y Deportes y que se refiere con exclusividad al Subsidio de Lactancia y su aplicación, una vez que se ha fijado los parámetros de incremento salarial.

A propósito, el presidente de la Cámara Nacional de Comercio (CNC), Oscar Calle, afirmó en días pasados que el sector empresarial no incrementará el 8% a los salarios mientras no disponga de la reglamentación del Decreto Supremo 0013.

INCREMENTO RETROACTIVO: Consultado el ejecutivo empresarial acerca de la retroactividad del incremento salarial tanto en el sector público como en el privado a enero de este año, respondió de forma taxativa: “No dice eso el Decreto”.

“Hemos estado a la espera de un Reglamento, si el Estado, el Gobierno o la política económica determina que no hay Reglamento (entonces) la norma está puesta el 8% de incremento salarial y los 1.000 bolivianos de salario básico, ya hemos tomado las previsión de cumplimiento”.

No obstante, Calle insistió en que “si el Reglamento dice enero, el sector empresarial no va a manifestar ninguna queja hasta el momento y, por lo tanto, tiene la previsión de cumplir el Decreto Supremo. Estamos a la espera del reglamento y veamos qué determina el mismo”.

El Decreto Supremo Nº 0013 señalan en su Disposición Final Primera que: “La aplicación del presente Decreto Supremo, tendrá efecto retroactivo al 1 de enero de 2012”.

Empresarios esperan reglamentación para incremento salarial

    La Paz, 27 may (ABI).- El empresariado boliviano esperara la reglamentación al Decreto Supremo 1213, que establece un mínimo nacional de 1000 bolivianos y el incremento del 8% a la masa salarial, para iniciar el pago de haberes con el aumento dispuesto por el Ejecutivo, dijo el domingo ell presidente de la Federación de Empresarios Privados de La Paz (FEPLP), Luís Urquizo.

    Confirmó que los empresarios cumplirán la disposición salarial del Gobierno, una vez se conozca el reglamento.

    "Si hay una instrucción que es un decreto tenemos que cumplirlo, ahora todavía no salió la reglamentación y en base a eso veremos cómo hacemos, nosotros de acuerdo a la reglamentación vamos a cumplir", indicó a los medios.

    No obstante, Urquizo observó la norma, al explicar que algunas empresas pequeñas, tendrán dificultades en incrementar los sueldos en los porcentajes dispuestos por el Gobierno.

    El presidente Evo Morales promulgó el pasado 1 de mayo, día del trabajo, un Decreto Supremo que pone el vigor el Salario Mínimo Nacional de 1.000 bolivianos, 130% más que en 2005.