FAM Bolivia: municipios tienen hasta el 2 de julio para presentar leyes de control social

El portavoz de la FAM-Bolivia, Marcelo Galindo Gómez, dijo que hicieron esta aclaración para evitar perjuicios a las alcaldías, a quienes se conminó presentar el estado de sus cuentas de caja y banco con aval de las nuevas autoridades del control social, que reemplazan a los comités de vigilancia.

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El portavoz de la FAM-Bolivia, Marcelo Galindo Gómez/ Foto archivo



La Paz, 24 May. (ANF).- La Federación de Asociaciones Municipales de Bolivia (FAM-Bolivia) recordó al ministro de Finanzas Luis Arce Catacora que los municipios del país tienen un plazo hasta el 2 de julio próximo para presentar sus leyes municipales de participación y control social,

El portavoz de la FAM-Bolivia, Marcelo Galindo Gómez, dijo que hicieron esta aclaración para evitar perjuicios a las alcaldías, a quienes se conminó presentar el estado de sus cuentas de caja y banco con aval de las nuevas autoridades del control social, que reemplazan a los comités de vigilancia.

Precisó que en nota enviada al Ministro se sostiene que el plazo establecido en la Ley de Participación y Control Social y replicado por el comunicado ministerial N° 001/2013, si bien fija 90 días, estos deben computarse los días hábiles y no los calendarios.

“Puntualizamos que de acuerdo a lo establecido por la Ley de Procedimiento Administrativo, Art. 2,  la Administración Pública ajusta todas sus actuaciones a las disposiciones de la presente Ley y considerando el Art. 19 (Días y horas hábiles) y el Art. 20, por lo que el comunicado 001/2013 es erróneo, ya que contempla 90 días calendario (incluyendo sábados, domingos y feriados)  y no sólo los días hábiles que obliga la normativa en Administración Publica. Reiteramos para efectos legales y administrativos, la Ley de Administración Pública en su Art. 20, (Plazos), dispone que sólo se computarán los días hábiles administrativos”, sostuvo.

En virtud a esas disposiciones legales, Galindo señaló que la Disposición Transitoria Tercera de la Ley N° 031, se refiere a un plazo de noventa 90  días hábiles y no calendarios, por lo que no correspondería la aplicación de días continuos que en el cálculo del ministro Arce determina como fecha máxima el 21 de mayo de 2013. Lo correcto es la aplicación de días hábiles, por lo que la fecha máxima para elaborar y conformar los controles sociales en las alcaldías recién fenecería el 2 de julio próximo, agregó.

COMUNICADO: En pasados días el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas (MEFP) instruyó que “para el registro de saldos de caja y bancos los gobiernos autónomos municipales deben presentar a esta cartera de Estado, el pronunciamiento de la instancia de Participación y Control Social o del Comité de Vigilancia indistintamente hasta el 21 de mayo del año en curso”.

Según estadísticas, hasta ahora, más del 80 por ciento de las alcaldías del país no cuentan con la nueva instancia de control social tan determinantes para el manejo administrativo y financiero de los municipios, debido a que los concejos no lograron, en algunos casos, elaborar, concertar con las organizaciones sociales y aprobar las leyes municipales de participación y control social, en cumplimiento a la Ley 341.