Ocho mutuales construyeron 600.000 viviendas en Bolivia

El aporte propio para acceder a una residencia puede ser variable entre el 10 al 20 por ciento del valor de la misma, considerando el riesgo que se asume la entidad en este tipo de operaciones.

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EL DIARIO, La Paz



Viviendas obreras que fueron construidas en gobiernos anteriores en la Avenida Buenos Aires de La Paz.

Las mutuales del país han contribuido con la dotación de aproximadamente 600.000 soluciones habitacionales en los últimos 50 años en operaciones de financiamiento destinadas a la vivienda en Bolivia. “El sistema mutual ha contribuido a la generación de la cultura de ahorro familiar abriendo el acceso a mecanismos de financiamiento a través de la generación de ahorro para las familias de menores recursos”, sostuvo Agustín López Videla, coordinador general de Unión Boliviana de Entidades Financieras de Ahorro y Préstamo para la Vivienda (Univiv)

En los últimos siete años el programa de Vivienda Social del Gobierno construyó 52.804 soluciones habitacionales en todos los departamentos y en 130 municipios del país, informó Alfonso Parrado, coordinador del proyecto que cerró operaciones el año pasado. De ese número de las cuales 5.554 están con problemas legales por la deficiente construcción, confirmó el presidente Evo Morales en su informe del pasado 22 de enero. De ese número, actualmente están en proceso las empresas que construyeron 1.947 viviendas. El sistema mutual construyó 12.000 viviendas por año, mientras que el Gobierno alcanzó a 7.543 en una gestión.

INTERESES

Según el Ejecutivo de Univiv, las tasas de interés están fijadas en tres rangos, considerando el valor comercial del inmueble objeto del crédito. Explicó que en el primer rango con un valor comercial del inmueble hasta de UFV 255.000 (aproximadamente $us 70 mil) la máxima tasa de interés fijada es de 5.50 por ciento, en el segundo rango de UFV 255,001 a 380,000 la tasa de interés máxima establecida es de 6.00 por ciento y en el último rango de UFV 380,001 a 460,000 la tasa de interés aplicable es de 6.50 por ciento como techo máximo. 

Si un interesado o una unidad familiar tiene un ingreso mensual hipotético de Bs 6.000 “se puede acceder a un crédito de vivienda social en el primer rango siempre y cuando el inmueble objeto del crédito no supere en su valor comercial el monto de UFV 255,000, siendo la tasa de interés fijada del 5.50 por ciento”, dijo López Videla.

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Está sujeta a lo dispuesto por el reglamento emitido por ASFI, considerando para la evaluación de la capacidad de pago, la relación mínima entre el ingreso de la unidad familiar del deudor y la cuota de amortización del préstamo, siguiendo con los datos del ejemplo anterior, para un crédito con las condiciones del primer rango, el ingreso familiar deberá exceder mínimamente 2.50 veces a la cuota de amortización del préstamo (ver cuadro). Precisó que visto de otra manera, la cuota de amortización del préstamo no deberá superar el 40 por ciento del ingreso familiar, sin embargo considerando que el cliente está pagando actualmente alquiler de su vivienda, se podrá tomar en cuenta un porcentaje mayor, llegando en este rango al 45 por ciento del ingreso familiar. López Videla sostuvo que “para los demás rangos este porcentaje se va reduciendo, por lo que el prestatario con un ingreso de Bs 6,000 que respalda el pago de alquiler podrá acceder a un préstamo que tenga una cuota hasta de Bs 2.700.

TECNOLOGÍA

“Las mutuales tienen la especialidad de la otorgación de créditos de vivienda, y han desarrollado tecnologías crediticias adecuadas para el financiamiento de vivienda, además, la normativa establece los parámetros para la otorgación de créditos de vivienda y la determinación de la capacidad de pago”, agregó el directivo

En su opinión, la Ley de Servicios Financieros 393 “constituye un importante aporte, que resulta adicional al trabajo que las entidades sistema financiero han venido desarrollando en favor de la dotación de vivienda. Es importante señalar que estos esfuerzos lograrán una mayor incidencia en la medida en que el Estado pueda coadyuvar con recursos financieros que permitan masificar y acelerar la colocación de créditos en operaciones destinadas financiar vivienda social”.  

APORTE PROPIO

Sobre el aporte propio de los interesados para acceder a una vivienda, López Videla sostuvo: “Puede resultar variable, considerando el riesgo que se asume en este tipo de créditos y sanas prácticas, usualmente puede variar entre el 10 por ciento, 20 por ciento del valor de la vivienda”, indicó.   

TASA FIJA

Al respecto, el directivo de Univiv señaló que la norma no establece la obligatoriedad del uso de tasa fija, lo que sí establece que la tasa de interés de crédito de vivienda social no excederá los límites establecidos, que de acuerdo al Decreto Supremo 1842 no incluirán los seguros correspondientes, sin embargo por la operativa y un adecuado control será conveniente otorgar tasas fijas por todo el plazo del crédito de vivienda social, manteniendo la posibilidad de utilizar tasas de interés variables para otros tipos de créditos.