Los jueces ciudadanos deben concluir litigios, ordena el TSJ

Orden del Tribunal Supremo de Justicia de Bolivia. Von Borries instruyó a cortes conformadas acabar procesos.

imageEncuentro. Autoridades judiciales en una reunión sostenida en La Paz con asambleístas. Ángel Illanes-Archivo.

La Razón / Sucre



Los tribunales de sentencia que tienen participación de jueces ciudadanos y las audiencias conclusivas en curso seguirán con su función hasta su culminación, según ordena un instructivo emitido por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), en aplicación de la ley para acelerar los juicios penales.

Ambas acciones citadas, además de otras establecidas en la Ley 586 de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal, fueron analizadas y discutidas por los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia, los presidentes de los tribunales departamentales y los consejeros de la Magistratura durante el fin de semana. Al término del encuentro se emitió un instructivo que se aplica desde ayer en todo el sistema penal boliviano.

El instructivo sobre los tribunales de sentencia, que lleva la firma del presidente del TSJ, Jorge von Borries, establece que dentro del marco de los artículos 5 y 4 transitorios, los tribunales de sentencia constituidos hasta antes del 30 de octubre, día en el que empezó a regir la norma, continuarán con el trámite de los procesos judiciales penales hasta su conclusión.

Corte. En el documento se agrega que los procesos que estén en sede de tribunales de sentencia y que no cuenten con una corte constituida con jueces ciudadanos, se tramitarán conforme a la nueva ley. Se entiende que el Tribunal de Sentencia está constituido cuando los jueces ciudadanos han sido designados formalmente.

Respecto a la presentación del requerimiento conclusivo, en el instructivo se determina que las causas con acusación presentada al juzgado antes de la Ley 586, que no hayan tenido diligencias preparatorias para la audiencia conclusiva, deben ser enviadas al Tribunal o juez de sentencia, previo sorteo. 

Los demás casos deberán proseguir hasta su conclusión por el juez instructor conforme a la Ley 007 de Modificaciones al Sistema Penal, aplicable por el principio de ultractividad. El documento también aclara que, por regla, las modificaciones introducidas en la Ley 586 se aplican a las causas en las que se presente acusación desde la vigencia de esta norma.

Precisamente con relación a la aplicación de la Ley 586, el viernes se suspendió para hoy la audiencia en el caso Misiles (por la entrega irregular de 37 misiles a Estados Unidos para su desactivación en 2005), para conocer una decisión del Tribunal Supremo.

En esa ocasión, la defensa planteó que al estar vigente una nueva norma que elimina la figura de la audiencia conclusiva, ese caso que está justamente en esa etapa, debería anularse y remitirse la acusación ante la Sala Plena del TSJ para el inicio del juicio oral. Esa posición fue rechazada por la Fiscalía que pidió la continuidad del proceso. Ahora, el instructivo está en la línea del Ministerio Público. Von Borries dijo que este instructivo fue enviado ayer a los vocales y jueces penales vía correo electrónico y fax y que, de manera paulatina, llegará a todo el personal jurisdiccional.

El presidente del TSJ informó que se conformará una comisión nacional, que también estará integrada por el Ministerio de Justicia, para hacer un seguimiento a la aplicación de esta norma. Paralelamente, en todos los departamentos se conformará un unidad de seguimiento para conocer el despacho de causas, las demoras de los jueces y su asistencia. Añadió que los magistrados no quieren que esta ley quede como otras normas en el papel y no se apliquen en la realidad.

El instructivo también da líneas generales sobre las modificaciones y sustituciones al Código de Procedimiento Penal, a la cesación de la detención preventiva, el término de la investigación preliminar, el estudio de las actuaciones policiales y a la continuidad de los juicios penales.

Norma para acelerar procesos

Ley

Tras una iniciativa del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), los Órganos Legislativo y Ejecutivo aprobaron la Ley 586 de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal para acelerar los procesos judiciales y luchar contra la retardación.

Deben crear 75 juzgados de sentencia

El Consejo de la Magistratura requiere de un presupuesto adicional de Bs 19 millones para la creación de nuevos 75 juzgados de sentencia que deben ser creados a partir de la vigencia de la Ley 586 de Descongestionamiento y Efectivización del Sistema Procesal Penal, norma que le da un plazo de 20 días hábiles para el nombramiento de esas autoridades.

El consejero Wílber Choque dijo que esa institución elaboró otro presupuesto que alcanza a los Bs 19 millones para comenzar a aplicar la nueva norma con la creación de los juzgados de sentencia que establece la ley. Choque explicó que, en caso de no crear estos juzgados, el Órgano Judicial en los próximos dos o tres meses puede colapsar, debido a que el problema que tenían los jueces con la audiencia conclusiva, ahora pasa a los juzgados de sentencia y podría convertirse en el nuevo cuello de botella para resolver las causas. “Hemos dejado a los jueces ciudadanos, ahora se tiene que crear ítems para jueces técnicos”, advirtió.

Según el presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), Jorge von Borries, el Consejo de la Magistratura tiene un plazo de 20 días hábiles para el nombramiento de los nuevos jueces. Es decir, a fines de este mes los nuevos administradores de justicia ya deben estar habilitados en los juzgados.

Von Borries además señaló que la selección y nombramiento de los nuevos jueces está bajo la responsabilidad del Consejo de la Magistratura, con base en la nómina que tiene esa instancia del Órgano Judicial.