Rige modificaciones a ley de juicio a magistrados y abre posibilidad de archivo de proceso en caso de renuncia

Bolivia. El 4 de diciembre fue promulgada la ley 612 de modificación a la ley de juicio de responsabilidades a altas autoridades de Estado que, entre otros aspectos, también permite remitir a la Fiscalía los procesos contra magistrados del Órgano Judicial para un juicio penal. Las modificaciones se dan en medio de un juicio a tres magistrados del control constitucional.

imageLos senadores instalaron el 4 de diciembre la audiencia del Tribunal de Sentencia en el juicio contra tres magistrados del TCP Foto: Angel Guarachi

La Razón Digital / La Paz



El Gobierno promulgó la ley 612 de modificación  de juicio de responsabilidades a altas autoridades que abre la posibilidad de archivar obrados o suspender un juicio a magistrados del Órgano Judicial bajo la condición de que renuncien a su cargo. Además establece la posibilidad de remitir el proceso a la Fiscalía para su trámite en la justicia ordinaria.

La Asamblea Legislativa Plurinacional sancionó el miércoles 3 las modificaciones a la ley 044 y un día después fue promulgada en Palacio de Gobierno por el presidente Evo Morales. La norma entró en vigor el día del inicio del juicio de responsabilidades a los suspendidos magistrados del Tribunal Constitucional Gualberto Cuso, Ligia Velásquez y Soraida Chánez.

A partir de las modificaciones, el Legislativo asume solo una atribución sancionatoria de carácter disciplinaria por “hechos ilícitos en el ejercicio específicos de las funciones de las altas autoridades” del Tribunal Supremo de Justicia, del Tribunal Agroambiental, del Consejo de la Magistratura del Tribunal Constitucional Plurinacional y la Fiscalía. En la inicial redacción, los legisladores emitían sentencia condenatoria que solo inhabilitaba al condenado a ejercer cargos públicos.

Los magistrados procesados ahora también podrán beneficiarse con el archivo de obras bajo la condición de renuncia irrevocable antes de la emisión de la sentencia, establece la redacción del artículo 44 incorporado a la ley de juicio de responsabilidades, aprobada en octubre de 2010. En la nueva disposición se añade: “La Autoridad Legislativa, podrá remitir antecedentes al Ministerio Público”.

Los magistrados Cusi, Chánez y Velásquez fueron acusados por la comisión de los delitos de prevaricato, resoluciones contrarias a las leyes e incumplimiento de deberes por una resolución que suspendió la vigencia la ley del Notariado. En juicios de responsabilidades, Diputados hace de acusador (Fiscalía) y el Senado de Tribunal de Sentencia.

El Tribunal de Sentencia instaló el juicio el 4 de diciembre y lo  suspendió hasta el mañana por la ausencia de Cusi, quien no acudió al inicio del proceso por problemas de salud. Hasta el momento no se conoce si será aplicada o no las modificaciones en el actual juicio, aunque varios legisladores del oficialismo señalaron que debe primar la de mayor beneficio para los acusados.