Proyecto de modificación de la Ley 1883.El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito podrá ser vendido por entidades que administran seguros generales y de personas, según la propuesta. Agentes de Alianza Seguros ofertan el SOAT en una plaza de La Paz.Página Siete / La PazEl Gobierno plantea que las 14 aseguradoras que operan en el país, empresas de seguros generales y de personas, puedan participar en la convocatoria para la venta del Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), según el proyecto de ley que modifica el artículo 37 de la Ley 1883.»Estamos proponiendo que no sólo las compañías de seguros generales sean las únicas que puedan comercializar el seguro obligatorio, sino que también las compañías de seguros de personas puedan ser las que vendan el SOAT; y esto nos resuelve en gran medida una situación que se suscitó el año pasado”, explicó el jueves el director general de Servicios Financieros del Ministerio de Economía, Ciro Sardán, ante los miembros de la Comisión de Planificación de la Cámara de Diputados.El documento al que tuvo acceso Página Siete fue remitido por el Órgano Ejecutivo y aprobado por la Comisión de Planificación de la Cámara Baja, donde Sardán expuso los alcances de la propuesta de norma.»El Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito será comercializado por entidades aseguradoras que administran Seguros Generales y Seguros de Personas, legalmente establecidas en el país y habilitadas mediante autorización de la APS”, dispone el único artículo de modificación al artículo 37 de la Ley 1883.Sardán manifestó que en 2014, cuando se lanzó la licitación para la venta del SOAT, sólo una compañía de seguros generales fue habilitada.»Hoy abrimos la opción a que todas las empresas puedan participar, es decir, el otro grupo de seguro de personas. Con esto abrimos el universo de compañías que puedan prestar este servicio de la venta del SOAT. Estamos prácticamente duplicando el número de compañías que van a poder participar del proceso. Hoy sólo son siete, con esta medida se incorporarían a otras siete”, enfatizó.Este año sólo Alianza Compañía de Seguros y Reaseguros SA fue habilitada para la oferta del SOAT 2015. El hecho fue considerado por el sector del transporte público como un monopolio.Mayor indemnizaciónLas empresas aseguradoras que administren el SOAT deberán indemnizar por muerte o incapacidad con 22.000 bolivianos adicionales a los 24.000 (3.500 dólares) actuales, según el proyecto de ley que modifica el artículo 37 de la Ley 1883.»Con respecto al monto en conjunto, el beneficio significaría para el accidentado o por fallecimiento, 46.000 bolivianos, que resultan de la suma de 24.000 bolivianos para cobertura de gastos médicos y en caso de fallecimiento o invalidez se agregan 22.000 bolivianos, lo cual nos da 46.000 bolivianos frente a los que, hoy en día, son 24.000 bolivianos”, indicó Sardán.La Asociación Boliviana de Aseguradoras (ABA) informó que la próxima semana se pronunciará sobre los ajustes que plantea el proyecto de ley.Los argumentos de la propuestaObjetivo En la exposición de motivos del proyecto de ley que modifica el artículo 37 de la Ley 1883 del SOAT se justifica que «debido al incremento de los últimos años del parque automotor, así como también de los certificados vendidos, se ve por conveniente ampliar la venta del SOAT a las compañías de Seguros de Personas que se habiliten mediante autorización expresa de la Autoridad de Fiscalización de Pensiones y Seguros para que participen de la comercialización, debido a que brindan cobertura para seguros de vida, accidentes personales y seguros de salud, estando en la capacidad de competir en la venta de este seguro obligatorio”.Bolivianizan el capital de seguro por la volatilidadEl Órgano Ejecutivo sugiere que el monto del capital asegurado para el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) sea definido en moneda nacional, debido a la volatilidad del tipo de cambio del Derecho Especial de Giro (DEG).El monto actual es 2.300 DEGs (22.000 bolivianos al tipo de cambio).La propuesta está contenida en el proyecto que modifica el artículo 37 de la Ley 1883 del SOAT, alcance que fue explicado por el director de Servicios Financieros, Ciro Sardán, ante la Comisión de Planificación de la Cámara de Diputados. «Se encuentra en una unidad de cuenta internacional creada por el Fondo Monetario Internacional (FMI) y como tal tiene variaciones permanentes y que, en el tiempo, de acuerdo al análisis que hemos hecho, hubo situaciones que hicieron bajar la cotización, y traducida a moneda nacional significa una disminución del capital asegurado”, argumentó.El proyecto de ley justifica que en los últimos años el tipo de cambio se encuentra por debajo de la media y es necesario el ajuste para que las personas afectadas por un accidente de tránsito no se vean perjudicadas en la indemnización por la variación.