Decreto beneficia a trabajadores de empresa minera con baja de edad de jubilación

El Gobierno boliviano aprobó un decreto para beneficiar a los trabajadores de 15 secciones de la Empresa Sociedad Industrial Tierra S.A. con la reducción de edad de jubilación. 



La Razón Digital / Carlos Corz / La Paz  

Los trabajadores de 13 secciones de la Planta Apacheta y de dos secciones del Salar Capina de la Empresa Sociedad Industrial Tierra S.A. accederán al beneficio de la reducción de la edad para su jubilación y, al igual que sus derechohabientes, al pago de compensaciones tras haber establecido que desarrollan labores en lugares insalubres.

El decreto 2535 del 30 de septiembre establece el acceso a los beneficios bajo la categoría de “Trabajos análogos”, es decir, que son equiparables al interior mina, según el decreto 15305 de 1980 que, a su vez, prevé que esa consideración es transitoria hasta tanto se mejoren las actuales condiciones de los centros de trabajo.

La norma “tiene por objeto reconocer los trabajos análogos realizados en trece (13) secciones de la Planta Apacheta y dos (2) secciones de Salar Capina de la Empresa Sociedad Industrial Tierra S.A., como insalubres”, refiere en su artículo 1 y en el artículo 2 detalla las diferentes secciones incluidas en la norma para beneficiar a sus trabajadores.

Mineral de boro que abastece a la planta de ácido bórico (H3BO3) instalada en Apacheta. Foto de archivo: tierra.bo

La empresa Tierra S.A. es de carácter social, que por más de veinte años está orientada a la industrialización de los recursos naturales renovables y no renovables de la región de los Lípez del departamento de Potosí de Bolivia. «Nos dedicamos principalmente a la actividad minera – industrial y en particular a la producción de ácido bórico», informa en su página web.

En la Planta Apacheta están las secciones de Recepción Ácido Sulfúrico; Tolvas Nro 1,2-Alimentación de Ulexita; Reactores Nro 1,2,3; Filtros Prensa; Cristalización, Centrífugas; Secado de Ácido Bórico; Área Embolsado; Depósito Ácido Bórico; Laboratorio Químico; Taller Eléctrico; Mantenimiento Planta y Taller Mecánico Automotriz.

En el Salar Capina están incluidas las secciones Área de Explotación de Ulexita y la Cancha Secado Ulexita.

La norma permitirá a los asegurados de las 15 secciones y sus derechohabientes acceder “a la Prestación de Vejez, Prestación Solidaria de Vejez y al Pago de la Compensación de Cotizaciones; así como a las Pensiones por Muerte derivadas de éstas en el Sistema Integral de Pensiones – SIP y la Gestora Pública de Seguridad Social de Largo Plazo”, según el artículo 3 de la norma de septiembre.

Mientras tanto, en el mismo artículo se define que las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) “reconocerán la reducción de edad conforme señala el Artículo 126 de la Ley N° 065, de 10 de diciembre de 2010, de Pensiones, a los trabajadores de las secciones detalladas en el Artículo 2 del presente Decreto Supremo”.

Parte del artículo 126 establece: “Por cada dos años de trabajo en condiciones insalubres, se reducirá un año en el acceso a las prestaciones y pagos, hasta un máximo de reducción de cinco (5) años”.