Tribunal Constitucional de Bolivia restituye la vigencia del preaviso para despidos

El magistrado Ruddy Flores explicó que la figura legal establece que si el trabajador rechaza el preaviso, tiene el derecho de recibir todos los beneficios sociales producto de la desvinculación laboral.Ruddy Flores, magistrado del Tribunal Constitucional PlurinacionalRuddy Flores, magistrado del Tribunal Constitucional Plurinacional

El TCP restituye la vigencia del preaviso para despidos

La Razón Digital / Yuvert Donoso / SucreEl Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) reconsideró una sentencia constitucional aprobada hace tres años y reincorporó en el ordenamiento jurídico la figura del preaviso como un mecanismo reconocido por la Ley General del Trabajo para disolver una relación laboral entre el empleador y el empleado.El magistrado Ruddy Flores explicó a La Razón Digital que la determinación está contemplada en la sentencia 0907/2016, que fue aprobada en virtud a la revisión de un amparo constitucional presentado en Santa Cruz por Jacquelinne Roxana Vargas Castillo en contra de ejecutivos de la empresa “Petrobas- BOLIVIA”.De acuerdo a los antecedentes, Vargas acusaba a la empresa de haberle entregado un preaviso de retiro sin causal. Entonces la Jefatura Departamental del Trabajo de Santa Cruz ordenó su reincorporación laboral alegando que la figura del preaviso quedó sin efecto ni valor legal por la sentencia constitucional 1262/2013 de 1 de agosto de 2013.La determinación sobre la figura laboral fue reconducida por la sentencia 0907/2016. Luego del análisis jurídico, la Sala Tercera del TCP, integrada por los magistrados Neldy Andrade y Ruddy Flores, decidió revocar la resolución de la Sala Social Contencioso Tributario y Contencioso Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz y, en consecuencia, denegaron la tutela planteada por Vargas.“Con esta sentencia se está confirmando que la figura del preaviso no ha sido expulsada del ordenamiento jurídico, está plenamente vigente y que, por la presunción de constitucionalidad, es aplicable”, explicó el magistrado Flores.En la sentencia, se argumenta que el preaviso viene a constituirse en una modalidad de conclusión de la relación laboral que opera en virtud a la voluntad de las partes y cuya vigencia se mantiene intacta mientras la norma sobre la que se sustenta no sea abrogada o derogada por otra de igual o mayor jerarquía, o sea expulsada del ordenamiento jurídico mediante un procedimiento de control de constitucionalidad idóneo.“Debe entenderse que una relación laboral se genera por un acuerdo de voluntades entre el empleador y el empleado, todo acuerdo o contrato con el elemento substancial de la voluntad puede también ser disuelto y el preaviso es una forma de disolver en protección de los derechos del trabajador, considerando que el preaviso debe ser anunciado con 90 días de anticipación y también debe ser aceptado por el empleado. Tiene una serie de beneficios previstos en la Ley General del Trabajo en términos de tener los tiempos necesarios para buscar una nueva fuente laboral”, explicó.También señaló que la figura legal establece que si el trabajador rechaza el preaviso, tiene el derecho de recibir todos los beneficios sociales producto de la desvinculación laboral.“Esta figura también debe ser entendida en la responsabilidad de que deben resguardarse condiciones para que las empresas puedan desarrollar una actividad en términos de una realidad económica-social, entendiendo que hay momentos en los que las empresas tienen una gran capacidad productiva y requieren de una gran capacidad de mano de obra, pero hay momentos en los que producto de una crisis económica o  deben cambiar su estructura y prescindir de algún  personal, en estos casos se puede aplicar esta figura prevista en la Ley General del Trabajo”, detalló.Ver también: Ministro de Trabajo desoye fallo del TCP y dice que seguirá restituyendo a despedidos con preaviso