La repostulación es un derecho humano por encima de los votos del 21F, según Ferreira

El ministro de Defensa manifestó que el Pacto de San José de Costa Rica está por encima de la Constitución; su colega de Educación y exconstituyente, Roberto Aguilar sostuvo que el tema será parte del debate, aunque no quiso referirse al contenido de la acción de inconstitucionalidad abstracti_ferreira-afirma-que-nos-es-conveniente-tocar-tema-maritimo-en-cumbre-del-g77-china-_20444El ministro de Defensa, Reymi Ferrera. Foto: ArchivoEl ministro de Defensa, Reymi Ferreira, afirmó que la repostulación del presidente Evo Morales y otras autoridades, es un derecho humano establecido en el Pacto de San José de Costa Rica que está por encima del derecho de los ciudadanos que votaron el 21 de febrero de 2016 en contra de la reforma constitucional.La autoridad dijo que el debate es jurídico-constitucional y no político respecto a la acción de inconstitucionalidad abstracta que los legisladores del MAS interpusieron ante el Tribunal Constitucional Plurinacional, para habilitar al presidente, vicepresidente, gobernadores, alcaldes, asambleístas y concejales en las elecciones de 2019 y 2020.El petitorio tiene dos objetivos, declarar inconstitucional cinco artículos de la Ley del Régimen Electoral por ser contrarios a la Constitución Política del Estado y piden la “inaplicabilidad” de varios artículos de la Carta Magna, para que no existan límites en la elección de las autoridades.La oposición criticó la decisión del MAS porque pretende desconocer la Constitución Política del Estado impulsada en la Asamblea Constituyente (2006-2007) y aprobada en un referéndum, además de desconocer el referéndum del 21 de febrero de 2016.En relación a estos cuestionamientos, el ministro Ferreira respondió: “El artículo 256 es muy claro, por arriba de la Constitución, y es contundente, están los tratados de los derechos humanos o sobre convenciones de derechos civiles y políticos. Ese es un principio constitucional. No es desconocer la Constitución”, sostuvo.Consultado en ¿qué quedaría el derecho de los ciudadanos que votaron por una opción el 21  de febrero, en el ejercicio de sus derechos políticos? La autoridad dijo que “sobre esos derechos (políticos) están los derechos humanos, los derechos humanos son amplios y concretos. Será el Tribunal Constitucional el que discuta”.El oficialismo sostiene sus fundamentos en el artículos 256 de la Carta Magna que señala que los “tratados e instrumentos internacionales en materia de derechos humanos que hayan sido firmados, ratificados o a los que se hubiera adherido el Estado, que declaren derechos más favorables a los contenidos en la Constitución, se aplicarán de manera preferente sobre ésta”.El exconstituyente y actual ministro de Educación, Roberto Aguilar, evitó expresar criterios sobre el contenido del recurso que plantearon los legisladores del MAS ante el guardián constitucional y precisó que es una decisión que tomaron las “estructuras del MAS”.Si comparte esta lectura de que la Constitución está en contra del Pacto de San José de Costa Rica, Aguilar sostuvo que “se van a generar los espacios de debate” para que la sociedad discuta y analice el tema.“La ciudadanía irá resolviendo estos temas”, insistió, aunque no quiso referirse si es que el impulsar el referéndum del 21F fue un error político del partido de gobierno.El análisis formulado en la acción de inconstitucionalidad parte del criterio que es inconstitucional los artículos 52.III, 64 (d), 65 (b), 71 (c),  y 72 (b) de la Ley 026, porque contradice la propia Constitución y el Pacto de San José de Costa Rica.En consecuencia, sostienen que estos artículos de la Ley 026 “restringen la posibilidad de que cualquier ciudadano pueda participar libremente en la formación y conformación del poder político, limitando el derecho de ser reelecto por más de una vez de manera continua”, señala el documento presentado ante el TCP.Añade que “claramente restringe el goce y ejercicio de los derechos políticos, a condicionamientos ilógicos, que no solo son contrarios con la Constitución, sino también con Tratados y Convenios Internacionales en materia de Derechos Humanos.Explican en el recurso que según el artículo 24 del Pacto de San José de Costa Rica, todas las personas son iguales ante la ley, por lo que tienen derecho e igual protección en cuanto a acceso y oportunidad de elegir y ser electos, hayan sido o no anteriormente elegidos.Complementan que “la prohibición a la reelección vulnera, no solo el derecho humano de ser elegido en condiciones de igualdad, sino el de todas las personas en el ejercicio de su voluntad soberana de votar en elecciones periódicas que garanticen la libre expresión de la voluntad de los electores, en este caso, la libre oportunidad de reelegir a sus representantes en condiciones de igualdad”.Fuente: noticiasfides.com