Desde distribuidores de alimentos hasta combustibles operarán de forma continua

El objetivo es que la población tenga acceso a los diferentes insumos y sea atendido.

Economía



jueves, 26 de marzo de 2020 · 13:11

Fuente: paginasiete.bo

Página Siete Digital / La Paz

Desde distribuidores de alimentos, todo el sector salud, provisión de insumos, productos de higiene, abastecimiento de combustibles, transporte de valores, podrán transitar en sus vehículos sin interrupción, tras tramitar sus permisos, con el objetivo de que la población no sufra desabastecimiento y deje de ser atendido, dispone el Gobierno mediante el Decreto Supremo 4200.

En algunos artículos, incluidos en la norma 4200, especifica que los sectores de salud, incluidos consultorios privados, postas sanitarias, farmacias y otros, podrán circular sin excepción. 

En el caso de abastecimiento de alimentos, las empresas públicas y privadas, personas dedicadas a la producción de alimentos, la provisión de insumos, elaboración de productos de higiene y medicamentos, también podrán desarrollar sus actividades de manera continua, precisa el artículo 7.

«Las empresas públicas y privadas, personas dedicadas a las actividades de abastecimiento o productores de artículos de primera necesidad, deberán desarrollar sus actividades de lunes a domingo las 24 horas del día, a fin de garantizar el abastecimiento de productos a toda la población», informa una nota de prensa del Ministerio de Desarrollo Productivo.

Sobre el transporte de material monetario en el país, señala que el Banco Central, las entidades financieras, en coordinación con la Autoridad de Supervisión de Sistema Financiero, facilitarán la circulación de las empresas transportadoras para garantizar el permanente abastecimiento de efectivo en los bancos y en los cajeros automáticos, de forma continua.

También establece que las empresas que prestan servicios de abastecimiento de gasolina, gas, diésel y otros carburantes, deberán desarrollar sus actividades sin interrupción.

En todos los casos, los trabajadores deben portar el credencial de la institución al que pertenecen, según disposiciones del Gobierno.

Fuente: paginasiete.bo