Desde el viernes rige el control de divisas en efectivo en el país

Exportadores de Santa Cruz dicen que se atenta contra la libertad de empresa.

Venezuela aplica este tipo de controles y uno de los efectos ha sido la aparición de un mercado negro de divisas.

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La Prensa

A partir del viernes 21 de noviembre el Banco Central de Bolivia (BCB) autorizará la salida o ingreso de divisas en efectivo entre 50.000 y 500.000 dólares o su equivalente en otras monedas.

Cuando el monto fuera mayor a los 500.000 dólares, la autorización será otorgada por el Ministerio de Hacienda mediante resolución ministerial expresa, la cual será emitida considerando, entre otros aspectos, la opinión técnica favorable del BCB.

El Banco Central explicó que el objetivo de la medida es normar, registrar y controlar estas operaciones.

El presidente de la Cámara de Exportadores de Santa Cruz (Cadex), Ramiro Monge, señaló que la medida atenta contra la libertad de empresa, de capitales, de comercio exterior.

Además, dijo que de esta manera el Gobierno busca controlar la actividad privada y cuestionó que para traer el dinero de una exportación superior a los 500.000 dólares se tenga que pedir autorización al Ministerio de Hacienda.

En el BCB se explicó que la disposición no tiene la intención de hacer un control de cambios porque el nivel de Reservas Internacionales Netas (RIN) es elevado. “ Sólo se busca tener un registro estadístico claro de las transferencias y transporte de dinero en efectivo como se hace en todos lados al subir a un avión”.

El instituto emisor anunció ayer mediante un comunicado la vigencia del Decreto Supremo 29681, del 20 de agosto de 2008, que obliga a las personas naturales y empresas públicas, privadas o mixtas, sean nacionales o extranjeras, a cumplir la disposición de presentar una declaración jurada de sus operaciones.

Esa norma, además, precisa que en el caso de los montos inferiores a los 50.000 dólares, las personas o empresas deben prestar una declaración jurada ante la Aduana Nacional. Esta entidad debe remitir mensualmente los formularios de declaración jurada cuyos montos declarados sean iguales o mayores a 10.000 dólares o su equivalente en otras monedas a la Unidad de Investigaciones Financieras para su procesamiento en el marco de sus competencias.

Uno de los países que aplica este tipo de controles es Venezuela, donde uno de los efectos ha sido la aparición de un mercado negro de divisas.

El ex ministro de Hacienda Waldo Gutiérrez explicó que esa nación es la única donde se hace este tipo de controles y que en el

país se intenta hacer lo mismo de manera disimulada.

Agregó que el registro de dinero en los aeropuertos del mundo es de montos pequeños.

El presidente de la Federación de Empresarios de Santa Cruz, Pedro Yohvio, opinó que en la medida en que la autorización de los montos superiores a 500.000 dólares sea ágil no habrá problemas. Añadió que en Brasil se hacen controles del efectivo.

El BCB explicó que lo primero que deben hacer las empresas o personas naturales, con la debida anticipación a la fecha en la que realizarán la operación, es ingresar en la página web www.bcb.gov.bo y llenar el formulario “Declaración jurada de ingreso o salida física de divisas entre 50.000 y 500.000 dólares”. Una vez completado el formulario, el BCB procederá en forma inmediata a autorizar la operación y generará un número y clave únicos para dicha operación.

Los interesados además tendrán que imprimir en dos ejemplares el formulario para su presentación a la autoridad aduanera en el momento de la operación.

Esta autoridad verificará los datos del formulario y efectuará la revisión correspondiente, de acuerdo con sus procedimientos. En caso de que no existan diferencias, autorizará la operación entregando a la persona un ejemplar del formulario firmado.

El Banco Central subrayó que esta disposición se aplica exclusivamente a las operaciones de divisas en efectivo. Las transferencias de recursos electrónicas (giros bancarios) no se encuentran comprendidas en el alcance del Decreto 26981.

El Poder Ejecutivo justificó la vigencia de la norma para fines de investigación de actividades ilícitas (lavado de dinero) y como un registro.

El ministro de Hacienda, Luis Arce, explicó hace dos meses que sólo se busca registrar el traslado (salida o ingreso) de dinero en efectivo.

Según la autoridad, la falta de una norma al respecto ocasionó que no se pueda registrar la internación directa de 44 millones de dólares que realizó el Banco Bisa hace algunos meses.

El ex presidente del BCB Juan Antonio Morales señaló que la disposición no apunta a limitar la libertad de cambio.

En su criterio, la norma busca controlar los movimientos en efectivo que pudieran estar relacionados con operaciones ilegales de traslado físico de dinero.

En 43 días salieron 176,8 millones de dólares

Entre el 1 de octubre y el 12 de noviembre, la salida de divisas del país alcanzó la suma de 176,8 millones de dólares desde el sistema financiero.

Según el Banco Central de Bolivia (BCB), las transferencias al exterior hasta entonces sólo habían llegado a un monto de 59,2 millones.

Por otra parte, el instituto emisor informó que la demanda en efectivo de moneda extranjera de parte del sistema financiero se incrementó de 77 millones de dólares a 138,3 millones.

Sin embargo, este mayor requerimiento de divisas fue compensado por los ingresos de exportación del gas, que en el mismo periodo alcanzaron a 361 millones de dólares.

El año pasado y los primeros meses de esta gestión, la demanda de divisas en el Bolsín del BCB fue inexistente.

Las Reservas Internacionales Netas (RIN) disminuyeron en octubre de 7.810 a 7.537,4 millones de dólares y tuvieron una recuperación al 12 de noviembre a un nivel de 7.629,4 millones.

Eso significa una caída de 181,3 millones de dólares entre el 30 de septiembre y el 12 de noviembre, debido a la reducción de la cotización internacional del oro. Sin contar con ese factor, el BCB aseguró que la merma de las RIN sólo llega a 22,4 millones.

El descenso, explicó, ocurrió por la acentuación de la crisis financiera internacional y la disminución de los precios internacionales de los productos básicos de exportación.

El ex presidente del BCB Juan Antonio Morales explicó que la salida de divisas del país y la menor demanda de éstas están asociadas a la crisis financiera internacional y sus efectos en el mundo.

El Decreto 29681

La norma obliga a todas las personas naturales o jurídicas, públicas, privadas, mixtas, nacionales o extranjeras, a declarar la internación y salida física de divisas del territorio nacional.

La persona natural o jurídica que no cumpla la obligación de presentar la declaración jurada, o lo hiciera en forma imprecisa, o no cumpliera con la autorización debida, será pasible a una multa del 30 por ciento de la diferencia entre el monto que se establezca de la revisión física del equipaje y el monto declarado, sin perjuicio de la acción legal que corresponda. Los recursos que se originen en dichas multas se abonarán a una cuenta del Tesoro General de la Nación que se habilitará para dichos casos.

El funcionario de la Aduana Nacional que deliberadamente o por negligencia no cumpla con las disposiciones del presente decreto supremo será pasible a las responsabilidades previstas en la Ley Safco.

El artículo tercero, en su parágrafo primero, señala que el traslado físico de divisas por montos menores a 50.000 dólares o su equivalente en otras monedas requerirá de registro en formulario para este propósito del BCB.

El parágrafo segundo establece que requerirá de autorización del BCB el traslado físico de divisas al exterior o la internación física de divisas al territorio nacional, efectuados por personas naturales o jurídicas, públicas, privadas, mixtas, nacionales o extranjeras, por montos entre 50.000 y 500.000 dólares o su equivalente en otras monedas.