Radio especiales. El proyecto de CPE enfrenta los tratados internacionales

CACERESFelipe 1

Radio Especiales. La Paz, sábado 29 noviembre de 2008.

Radio: FIDES



Programa: ENEMIGOS INTIMOS

Panelistas: Gonzalo Trigoso (abogado laboralista), Walter Reyes Villa (analista), Hugo Carvajal (analista)

Entrevistado: Dr. Juan Cristóbal Urioste (constitucionaista)

P.- ¿Cómo evalúa la reforma constitucional que se plantea en el país?

Urioste: La Constitución está todavía vigente, y es la misma que dictó la Asamblea Deliberante en 1826 y que fue reformada numerosas veces, pero conservando su esencia original.

Los dos cambios fundamentales que ha sufrido, después de la Independencia, es por la Constitución de 1938, donde se sumó a la Constitución de 1880, que fue la síntesis de toda la transformación constitucional del siglo XIX, lo que se llama al régimen económico y social de la Constitución. Y que precisamente fue consecuencia de la crisis mundial del año 1929, la gran depresión. Y hoy, también estamos enfrentando un fenómeno más semejante a la gran depresión que se ha vivido hasta el momento, es la crisis económica más grave.

Posteriormente el año 1961, el Congreso nacional reunido en una Constituyente, sumó a la Constitución las llamadas “conquistas de la Revolución Nacional”, el voto universal, la reforma agraria, la nacionalización de las minas, la reforma educativa y el famoso Código de Seguridad Social; en realidad todos nacieron primero como códigos.

P.- Un poco siguiendo el pensamiento de Manuel Tomás Elio, que habla de la continuidad de la constitución bolivariana.

Urioste: Por el estudio que he hecho de la Constitución he podido verificar que existe una unidad en el tiempo de esa Constitución que ha sido reformada, alrededor de 17 o 18 veces, con características. Primero, todas han sido reformadas por el Congreso, nunca hasta ahora se ha convocado a una Asamblea Constituyente paralela al Congreso; también es la primera vez que se hace una reforma total de la Constitución. Siempre hasta ahora se ha modificado parcialmente la Constitución.

El hecho de que se necesite cambiar la totalidad de la Constitución, quiere decir que la totalidad de la Constitución está mal, porque la idea es que puede tener defectos que deben corregirse en el tiempo o que queden obsoletas respecto al tiempo.

P.- ¿Se puede cambiar totalmente?

Urioste: En la doctrina alemana hay el concepto de que los derechos fundamentales preceden a la Constitución, y que ni la propia Constitución puede modificar los derechos fundamentales, con una conquista de la humanidad. Esto también hemos adoptado con la creación del Tribunal Constitucional, y son derechos universales. Y los derechos universales no pueden cambiarse por la Constitución.

También la Constitución tiene cláusulas de intangibilidad. Una de ellas es respecto a que la Constitución puede modificar el concepto unitario de la República de Bolivia, puede convertir a la nación boliviana en 36 naciones indígena originaria, y este proyecto está haciendo eso.

La potestad del soberano tiene un límite, para poder cambiar totalmente la Constitución, y es someterse a lo que establece la Constitución.

El pueblo no gobierno ni delibera sino por medio de sus representantes y de las autoridades creadas por ley. La soberanía está delegada a los poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

P.- Pero ha cambiado el péndulo, hay una lógica de que el soberano es el que ordena, es la democracia plebiscitaria, está en crisis la democracia representativa, el poder delegado ya no va, el gran campeón de la democracia plebiscitaria es Hugo Chávez. Y en el caso boliviano también estamos entrando en una especie de concurso cotidiano con permanente consultas.

Urioste: La Constitución, reforma en su artículo cuarto, dice que el pueblo delibera y gobierna mediante la Asamblea Constituyente, la iniciativa legislativa ciudadana y el referéndum, sus representantes.

Si somos ortodoxos, porque un jurista no puede ser heterodoxo, en esa reforma se establece una reforma, el referéndum, y el Congreso de ese entonces hace esta reforma y el Ejecutivo dicta un Decreto Supremo convocando a un referéndum vinculante para la política energética, cuando la Constitución dice que el referéndum debe ser normado por ley.

Las respuestas que dan los ciudadanos a esas preguntas son una decisión política que los gobernantes tienen que obedecer, tienen que dictar una ley que incorpore esas preguntas.

P.- ¿Qué connotaciones tiene el proyecto de Constitución con relación a convenios internacionales? Por ejemplo el presidente Evo Morales, en la reunión del ALBA; mencionaba que se tiene que ver con mucha atención a la OMC para que no pueda regirnos totalmente, lo mismo respecto a la OEA.

Urioste: En el proyecto de Constitución se prohíbe que las controversias respecto a las inversiones realizadas por inversores de otros estados, que están protegidos por los convenios internacionales, sean sometidas al arbitraje internacional. Cuando esos tratados que han sido suscritos por el Ejecutivo y ratificados por el Congreso, alrededor de 25 convenios, cuando esos convenios precisamente tienen su esencia en que la controversia sean sometidas a un tribunal internacional. Entonces, este proyecto de Constitución declara que es inconstitucional someter esas controversias a un Tribunal Constitucional.

Bolivia se ha adherido al Ciadi, un tribunal internacional de arbitraje, pero los países no pueden oponer las disposiciones de su derecho interno para justificar el incumplimiento de un tratado, ni siquiera de una reforma constitucional, porque un Estado que firma un tratado de libre consentimiento y da su palabra, pacta, y los tratados internacionales son inviolables.

Entonces esta posibilidad es un mensaje interesante al mundo de decir que Bolivia ha modificado su Constitución y está programando denunciar los tratados que la ligan a otros estados si es que esos tratados son contrarios a la Constitución que acaba de formar. Pero eso en el derecho internacional no es aplicable más que para las obligaciones y derechos futuros, no para todas las controversias que se han suscitado en el pasado.

El proyecto de Constitución explícitamente dice que los tratados internacionales sobre derechos humanos tienen primacía sobre la Constitución. Lo que quiere decir que ese conjunto de tratados que tenemos obligan a Bolivia a cumplirlos.