Nuevo Estado: ¿incluyente o excluyente?

Debate • El MAS defiende el documento; asegura que iguala a los bolivianos. Según Jorge Lazarte, no reconoce a todos.

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El proyecto de CPE

La Razón expone diariamente en esta página los contenidos de los principales artículos del proyecto de nueva Constitución Política del Estado, así como la opinión de especialistas que dicen por qué votar por el Sí o por el No.

Un Estado boliviano con varias nacionalidades. Así se resume el principal cambio que se plantea en los tres primeros artículos del proyecto de nueva Constitución Política del Estado (CPE), que la población deberá aprobar o rechazar el 25 de enero.

Mientras el gobierno del MAS defiende esta propuesta como incluyente, sus detractores sostienen que, en realidad, determina la exclusión de los ciudadanos que no son parte de ningún pueblo indígena originario.

Según Raúl Prada (MAS), constituyente que formó parte de la comisión Visión de País en la Asamblea Constituyente, el texto no es excluyente: “Incluye a los mestizos y criollos de la sociedad boliviana, porque forman parte de la formación social boliviana y forman parte de este Estado compuesto y complejo”.

Jorge Lazarte, asambleísta independiente miembro de la misma comisión, asegura que el primer artículo del proyecto de CPE define las líneas maestras de la construcción de todo el texto constitucional y reconoce a las naciones originarias, pero deja fuera a los que no lo son, por lo tanto, “es excluyente”.

Prada defiende los artículos que abren la que podría ser la nueva CPE indicando que, con la propuesta de una nueva visión pluralista, se reconoce la igualdad para todos, una “igualdad de las culturas y de todas las instituciones y civilizaciones”.

Para Lazarte, se cambia la percepción del Estado cuando, por ejemplo, “el ama llulla y otros valores son reconocidos como principios de los bolivianos”. También señala que por lo menos el 40 por ciento de la población, según el Censo del 2001, no se reconoce en ninguna nación originaria.

MODELO DE ESTADO (artículos 1, 2 y 3)

Artículo 1 • Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías. Bolivia se funda en la pluralidad y el pluralismo político, económico, jurídico, cultural y lingüístico, dentro del proceso integrador del país.

Artículo 2 • Dada la existencia precolonial de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y su dominio ancestral sobre sus territorios, se garantiza su libre determinación en el marco de la unidad del Estado, que consiste en su derecho a la autonomía, al autogobierno, a su cultura, al reconocimiento de sus instituciones y a la consolidación de sus entidades territoriales, conforme a esta Constitución y la ley.

Artículo 3 • La nación boliviana está conformada por la totalidad de las bolivianas y los bolivianos, las naciones y pueblos indígena originario campesinos, y las comunidades interculturales y afrobolivianas que en conjunto constituyen el pueblo boliviano.

Voto SÍ

“Todos están incorporados”

“Hablamos de un Estado compuesto que considera lo plurinacional como base de las autonomías. Se reconoce la existencia precolonial de las naciones y pueblos indígena originario campesinos. Estamos construidos sobre la base de la descolonización, rompemos con la anterior historia colonial y republicana, que ha mantenido un tipo de institucionalidad colonial al no reconocer la existencia de las naciones y pueblos originarios, una anomalía que se instaura a partir de la Colonia. Con el reconocimiento de las naciones y pueblos indígenas, los incorporamos plenamente como matriz fundamental del nuevo Estado.

Hacer una mala lectura de este artículo es decir que es excluyente. Los que no son originarios están incluidos dentro de lo que es el Estado unitario social y en el carácter pluralista de Estado, en su concepción pluralista nacional donde están incorporados los mestizos y los criollos”.

RAÚL PRADA,

constituyente del MAS y docente.

Voto NO

“Excluye a los no originarios”

“El primer artículo va a tener consecuencias en todo el desarrollo de los demás capítulos del texto constitucional, es decir, en la organización del Estado. Define el Estado como plurinacional, como un Estado que se asienta sobre las naciones originarias y comprende a las naciones originarias; y es un Estado para las naciones originarias, esto excluye a los que no forman parte de ninguna nación originaria y, por lo menos, el 40 por ciento de la población, según el Censo del 2001, no se reconoce en ninguna nación originaria.

Lo paradójico es que, en nombre de la inclusión de las naciones originarias, se excluye a los no originarios. Los otros artículos que le siguen son un desarrollo del primer artículo y reafirman el carácter plurinacional del Estado boliviano.

Es una visión distinta de sociedad y de los poderes del Estado. Defiende el que las naciones originarias tengan derecho al dominio ancestral de sus territorios”.

JORGE LAZARTE,

constituyente independiente y politólogo.