Que se vayan

Elio Pedraza Vargas

elio_pedraza_thumb_thumb1 Se dicen socialistas y su actuación nos demuestra su inmisericorde bravuconada para con la vida humana. Incluso en discursos con elocuencia indígena originaria campesina y transcultural se dicen marxistas, leninistas y comunistas y por último se consideran los hijos predilectos del socialismo del siglo XXI.

Otros, los más diestros, vividores de los aportes de pueblos europeos para con los países en desarrollo nos quieren hacer creer que vivimos la panacea del comunismo incaico y que son los herederos del Dios sol -¿será que le podemos llamar Ra o tal vez Alá?-, y que en sus designios pueden decir y hacer lo que les viene en ganas.



Así escuchamos al Senador Eugenio Rojas, quien tal vez sin haber leído la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia en su artículo 114 que dice: “Queda prohibida toda forma de tortura, desaparición, confinamiento, coacción, exacción o cualquier forma de violencia física o moral. Las servidoras públicas y los servidores públicos o las autoridades públicas que las apliquen, instiguen o consientan, serán destituidas y destituidos, sin perjuicio de las sanciones determinadas por la ley”.

El Senador Rojas justifica su forma de vida, sin pensar para actuar, indicando que “a buenitas no, es por eso que tiene que haber presión, por ejemplo la psicológica, para que puedan declarar”, por supuesto refiriéndose a los delincuentes y aquí es necesario preguntarnos ¿Quiénes son delincuentes para él?

Y como lo solicita el ex defensor del pueblo Waldo Albarracín, “que las polémicas declaraciones forman parte de una persona que no sabe lo que dice y que no le vendrían mal unas clases sobre derechos humanos”. Solo que las debería recibir en la comodidad de su casa, porque deben destituirlo, si en verdad respetan la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia.

Debemos recordar que Bolivia ha suscrito la carta de la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, la cual fue ratificada en mayo del año 1979. Del mismo modo ratifica la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura en noviembre del 2006. El artículo 5.2 de la Convención Americana Derechos Humanos claramente dice: “Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles inhumanos o degradantes”…del mismo modo la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura. en su artículo 2 nos dice: “ …todo acto realizado intencionalmente por el cual se inflijan a una persona penas o sufrimientos físicos o mentales, como fines de investigación criminal, como medio intimidatorio, como castigo personal, como medida preventiva, como pena o con cualquier otro fin. Se entenderá también como tortura de métodos tendientes a anular la personalidad de la víctima o de disminuir su capacidad física o mental, aunque no causen dolor físico o angustia psíquica”.

Es indudable, no tengo la menor duda que el Senador Rojas entiende parte del artículo 114 de la CPE, pero ¿coacción? ¿Sabrá qué es? según términos jurídicos es… “fuerza o violencia que se hace a una persona para precisarla a que diga o ejecute alguna cosa, y en ese sentido su empleo origina múltiples consecuencias de orden civil; ya que los actos ejecutados bajo coacción adolecerán del vicio de nulidad; y en el orden penal, porque daría lugar a diversos delitos, especialmente los atentatorios a la libertad individual”… violando el artículo 15 numeral I de la CPE. Que a la letra dice… ”Nadie será torturado, ni sufrirá tratos crueles, inhumanos, degradantes o humillantes”…

Y le recordaremos al señor presidente y vicepresidente que el artículo 4.1 de la Convención contra la tortura dice: “Todo Estado Parte velará porque todos los actos de tortura constituyan delitos conforme a su legislación penal. Lo mismo se aplicará a toda tentativa de cometer tortura y a todo acto de cualquier persona que constituya complicidad o participación en la tortura”.

Porque si el presidente Morales no cumple con la inmediata destitución (ya pasaron varios días) del Senador Rojas está permitiendo que se cometa un crimen de lesa humanidad (para él hasta los supuestos separatistas son delincuentes y la desarticulación de la cedula terrorista, a sido considerada como un guerra) está faltando al artículo 7.f del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, aprobado el 17 de julio de 1998. Porque durante todo este tiempo han torturado un pueblo que solo ofrece trabajo para la “República” boliviana.

Y “nuestro padre de la patria” se olvidó del caso de Hugo Ticona que desapareció en la época de García Meza y Arce Gómez y que la Corte Interamericana de Derechos Humanos estimó pertinente fijar una compensación de 60 mil dólares americanos e investigar las torturas a la que fue sometido para que éstas no queden en la impunidad y “quienes fuesen sentenciados como autores de tan grave delito, cumplan la sentencia que disponga la justicia boliviana”.

Por lo que cumpliendo el artículo 114 de la CP… “serán destituidas y destituidos” es mejor decirles con la canción de Piero “que se vayan ellos… los que torturaron…”-