Medios no podrán entrevistar a postulantes sin venia del TSE; advierten contradicciones en la norma

Órgano Electoral también debate sistema de entrevistas. El MAS aprueba en grande las reformas a la Ley Electoral sin tomar en cuenta las observaciones de la oposición.

image Página Siete, Nancy Vacaflor / La Paz

Medios no podrán entrevistar a postulantes sin venia del TSE



Contradicción. El inciso d) de los parágrafos I y II del artículo 82 del Régimen Electoral entran en contradicción para los postulantes y medios de comunicación.

Los medios de comunicación no podrán realizar entrevistas a los postulantes a autoridades del Órgano Judicial sin el permiso del Tribunal Supremo Electoral (TSE). El TSE estudia un registro previo de los periodistas que deseen acceder a entrevistas con los candidatos. Asimismo, parlamentarios del MAS proponen mecanismos para evitar el libre trabajo de los medios durante las elecciones judiciales.

El organismo electoral aguarda la promulgación de las modificaciones planteadas al artículo 82 de la Ley del Régimen Electoral para emitir un reglamento de difusión de los méritos de los postulantes al Órgano Judicial.

El vocal del TSE, Ramiro Paredes, dijo ayer a Página Siete que “deberían registrarse (los medios), eso recién lo vamos a analizar una vez que conozcamos (las modificaciones), lo vamos a analizar si se tienen que registrar para cumplir la norma”.

El senador del MAS Adolfo Mendoza en declaraciones a radio Erbol dijo que una buena solución es que los medios deban coordinar sus preguntas a postulantes al Órgano Judicial con el Tribunal Electoral para asegurar que se asignen tiempos iguales a cada candidato.

La diputada del MAS Mireya Montaño, en una entrevista con la red televisiva ATB, planteó que la reglamentación debe establecer que los medios de comunicación busquen una coordinación con las autoridades del Tribunal Supremo Electoral antes de realizar las entrevistas.

El presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, Lucio Marca (MAS), anunció que las entrevistas a los postulantes serán “supervisadas” por los vocales del TSE.

El legislador masista, en declaraciones a radio Erbol, apuntó también a una protección de los candidatos de preguntas que pueden realizar los periodistas respecto a casos como la detención del ex presidente de YPFB y “hombre fuerte” del MAS, Santos Ramírez, o del ex prefecto de Pando Leopoldo Fernández.

Marca dijo que por responder a estas consultas los postulantes pueden adelantar criterios y pueden ser inhabilitados.

La Ley de Régimen Electoral en su artículo 82 establece restricciones a la libertad de expresión, derecho a la información y censura previamente una opinión y, sobre todo, va en contra de la Constitución que garantiza todos estos derechos.

Ante esta situación, periodistas de medios de comunicación demandaron al Tribunal Electoral que solicite la modificación del precepto legal en cuestión, pero fue el presidente Evo Morales quien ordenó que se realice ajustes a la norma.

El TSE presentó su propuesta de modificación al Órgano Ejecutivo, que a su vez remitió a la Asamblea Legislativa.

En el proyecto se prevé derogar los incisos b) y e) del parágrafo 1 y los incisos a) y b) del parágrafo II del artículo 82.

No obstante, en la redacción se plantea una contradicción (ver infografía) de fondo, pues con la anulación del inciso e) del parágrado I se permite que los postulantes a cargos judiciales accedan a entrevistas por cualquier medio de comunicación.

Sin embargo, el inciso d) del parágrafo II prohíbe a los medios dar espacios de opinión a cualquier postulante.

En la norma modificatoria se da el poder al TSE para que reglamente la aplicación de los incisos de los parágrafos I y II del artículo 82. En ese contexto, el vocal Paredes dijo que en otros procesos electorales los medios de comunicación ya se registraban ante la ex Corte Nacional Electoral con fines de acceder a la propaganda política.

“Eso es lo que se tiene que reglamentar en el TSE”, sostuvo.

El MAS aprueba en grande las reformas a la Ley Electoral

Las observaciones de la oposición no fueron tomadas en cuenta

DEBATE. Los opositores plantearon la derogatoria de los incisos c) y d) del parágrafo II del artículo 82, pero el oficialismo se niega a realizar más reformas a la norma.

Página Siete / La Paz – 26/05/2011

El MAS impuso anoche sus dos tercios en la Cámara de Diputados y aprobó en grande las modificaciones propuestas por el TSE, mediante el Órgano Ejecutivo, al artículo 82 de la Ley de Régimen Electoral.

La oposición planteó que se realicen más ajustes como la eliminación de los incisos c) y d) del parágrafo II del artículo 82 de la norma en cuestión porque aún ponen candados a la libertad de expresión y afecta la labor de los periodistas, pues por una parte se indica que los candidatos a cargos en el Poder Judicial pueden acceder a entrevistas en cualquier medio de comunicación, pero también se indica que los medios no pueden dar espacios de opinión a los postulantes. El presidente de la Cámara de Diputados, Héctor Arce (MAS), afirmó ayer que la reforma al artículo 82 de la Ley de Régimen Electoral no es porque haya tenido características inconstitucionales, sino para mejorar su redacción, pese a que fue la presión de los periodistas que hicieron notar que la norma atenta a la misma Carta Magna.

La autoridad recordó que el pasado viernes el presidente Evo Morales hizo el pedido al Órgano Electoral de formular una propuesta para modificar el mencionado artículo, porque se consideró la posibilidad de mejorar su redacción para complementar los derechos constitucionales y legales que existen en el proceso eleccionario.

El proyecto de modificación fue remitido a la Comisión de Constitución, Legislación y Sistema Electoral de la Cámara de Diputados, que aprobó la propuesta y la remitió para su tratamiento en la plenaria.

Anoche ya fue aprobado en grande y hasta el cierre de esta edición (00:30) seguía el debate en detalle. Los opositores demandaron a la directiva que se hagan más ajustes al artículo 82, sin embargo, el pedido no fue escuchado por la mayoría.

El diputado del MSM aliado del MAS Javier Zabaleta dijo que con la redacción con la que quedaría la norma se pretende evitar que se descalifique a los postulantes mediante llamadas telefónicas anónimas y que exista un principio de igualdad para que todos los candidatos tengan el mismo tiempo de participación en un medio .

La diputada Marcela Revollo (MSM) refutó esta idea, pues el criterio de llamadas telefónicas no puede ser fundamento para coartar el derecho a la información de los ciudadanos.

En ese contexto planteó la derogación del inciso c) y la modificación del inciso d) con una redacción alternativa. A este criterio se sumó UN y CN.

Deberían prohibirse opiniones anónimas

Los directores del diario Página Siete, Raúl Peñaranda, y de Erbol, Andrés Gómez, coincidieron en que el inciso “c” del parágrafo II del artículo 82 de la ley electoral debe ser reformado debido a que como está escrito restringe la libertad de trabajo de los medios.

El inciso señala: se prohíbe “generar espacios de opinión de ninguna índole sobre los postulantes”.

Ambos periodistas coincidieron en que sólo deberían estar prohibidas las opiniones anónimas, como las que reciben algunas radios y canales de TV, y las que estén en el marco de una campaña de elección de algún candidato, pero que las opiniones de dirigentes, especialistas, columnistas, etc., deben estar permitidas.

Peñaranda dijo también que tiene que reformarse el inciso “d” del mismo artículo, que señala que se prohíbe “dar espacios de opinión, conducción o participación en programas a cualquier postulante”.

Si un postulante no puede “participar” en un programa no podría ser entrevistado. Por lo tanto, puede prohibirse que el candidato conduzca programas, pero no puede impedirse su participación en los medios.