Quinta Municipal: Tribunal rechaza recurso y la Alcaldía gana batalla

Los vocales de la Sala Civil Segunda consideran que la ABT no tiene el respaldo jurídico para presentar una acción popular. Ahora la decisión pasa a revisión del Tribunal Constitucional Después de más de tres horas de audiencia, donde el director de Medio Ambiente, Manlio Roca, como demandado, y el director de la ABT, como demandante, además de los representantes de la Alcaldía como parte interesada en este conflicto, expusieron sus alegatos sobre el edificio municipal, los vocales dieron su veredicto, el mismo que ahora, por procedimiento, tiene que ir a revisión al Tribunal Constitucional.

El presidente de la Sala Civil Segunda, Alaín Núñez, explicó que aunque fue una decisión unánime hubo fundamentos divididos, por eso se decidió que cada vocal exponga sus fundamentos. La primera en hacerlo fue la vocal María Teresa Lourdes Ardaya, que basó su criterio jurídico en el Código Procesal Constitucional, que señala quiénes pueden presentar una acción popular. Según explicó, la demanda puede hacerla cualquier persona natural y jurídica, especifica claramente a las estatales como el Ministerio Público, el Defensor del Pueblo y la Procuraduría General del Estado, por lo que no llega a la instancia de la ABT. Con este justificativo Ardaya señaló la falta de legitimación activa para interponer este recurso.

Luego fue el turno de la vocal Editha Pedraza, que se adhirió al voto de su colega aclarando que votó en admitir este recurso solo para escuchar a las partes involucradas y fundamentó su decisión también amparada en la Constitución Política del Estado y el Código Procesal Constitucional. Entre tanto, el vocal presidente, Alaín Núñez, también se adhirió al voto de sus colegas, pese a que consideró que había elementos para que el tema se pueda tratar a fondo. Explicó que entre los miembros del tribunal hubo discrepancia respecto a conceder o no la tutela en cuanto a la pronunciación del fondo del asunto, por eso simplemente ha dicho que el demandante no estaba habilitado para presentar dicha acción popular.



Fuente: Red Uno, El Deber

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