Fondo que protege al ahorrista en Bolivia ya acumuló la suma de $us 530 MM

Finanzas. El BCB ya erogó $us 9,9 MM para cubrir la quiebra de la Mutual Guapay.



Financiera. El edificio central de la Mutual Guapay en la ciudad de Santa Cruz. La entidad quebró en 2008. Foto. construmat.com.bo

Financiera. El edificio central de la Mutual Guapay en la ciudad de Santa Cruz. La entidad quebró en 2008. Foto. construmat.com.bo

La Razón / La Paz 

El Fondo de Protección del Ahorrista (FPAH), que salvaguarda los depósitos de los clientes de entidades financieras, acumuló unos $us 530 millones hasta noviembre de 2015 y desembolsó $us 9,9 millones para cubrir la quiebra de la Mutual Guapay, que operaba en Santa Cruz.

Un informe del Banco Central de Bolivia (BCB) da cuenta que la totalidad de los recursos fueron colectados desde 2001. Ese año fue creado, en primera instancia, el Fondo de Reestructuración Financiera (FRF), mediante Ley 2297, de diciembre de 2001. Posteriormente, el mismo fue reemplazado por el FPAH, que fue creado mediante Ley 393, de agosto de 2013.

“Su objeto (refiriéndose al Fondo) es proteger los ahorros de las personas naturales y jurídicas depositados en las entidades de intermediación financiera, a través del apoyo a procedimientos de solución y mediante la devolución de depósitos”, explica el ente emisor en respuesta a un cuestionario enviado por este medio.

Para ello, las entidades financieras están obligadas a realizar aportes al FPAH, en base al total de los ahorros que administran. Dichas contribuciones, dice el BCB, son consideradas gasto, por lo que “las entidades no tienen ningún derecho” sobre esos recursos.

Bajo esas reglas, en 2008 se dio vía libre al proceso de solución (posterior a la intervención y que tiene la  finalidad de proteger los intereses de los depositantes y acreedores) de la Mutual Guapay, para lo que se erogó  $us 9,9 millones, que por entonces eran administrados por el FRF.

Un informe de enero de 2008 de la entonces Intendencia de Supervisión de Riesgos y de Asuntos Jurídicos de la ex Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras, actual Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi), daba cuenta que las pérdidas acumuladas por esa entidad ascendían a Bs 95,5 millones, por lo que correspondía su intervención. Según datos a esa fecha, los depósitos y cuentas de los ahorristas sumaban $us 35 millones.

Datos. La memoria anual 2008 de la ex superintendencia da cuenta que los pasivos y activos de Mutual Guapay fueron transferidos al Banco BISA, entidad que se presentó a una compulsa y ganó, tras ofrecer $us 1.091.000.

En noviembre de 2009, la entidad reguladora emitió una resolución que revocó la licencia de funcionamiento de la mutual cruceña, con lo que se concluyó el proceso de solución.

La disposición por la cual el FPAH es responsable de los gastos de una entidad financiera quebrada está vigente desde 2001. Antes de esa gestión, el Estado asumía los costos por la liquidación forzosa de una entidad.

El BCB recuerda que la Ley General de Bancos de 1928 y la Ley 1488 de Bancos y Entidades Financieras, de 1993, autorizaron a esa entidad y a la ex Superintendencia de Bancos a intervenir las entidades financieras quebradas y designar a intendentes interventores, con la finalidad de aplicar procedimientos de solución o liquidación forzosa judicial.

Además, el ente emisor recuerda que mediante Decreto Supremo 23881 se autorizó al BCB “a otorgar recursos económicos con el objetivo de proceder a la devolución total o parcial de los depósitos del público”.

Esa disposición estuvo vigente entre 1985-2000. Bajo ese procedimiento, según un informe de gestión de la ex Superintendencia de Bancos, se llevó adelante la liquidación forzosa del Banco Sur SA (1994); Banco de Cochabamba SA (1994); Banco Agrícola de Bolivia (1991); Banco Minero de Bolivia (1991); Banco Financiero Industrial SA (1991); Banco Latinoamericano de Desarrollo SA (1988); Banco del Progreso Nacional SAM (1987); Banco de Potosí SA (1987); Banco de Crédito Oruro SA (1987); Banco de la Vivienda SAM (1987).

El BCB informa que actualmente administra las carteras del Banco de Crédito de Oruro, del Banco de Potosí, Banco del Progreso Nacional SAM, Banco Sur y Bidesa. Además, está a cargo de las deudas del Banco Boliviano Americano, la Cooperativa San José Obrero y del Instituto Nacional de Preinversión (Inalpre).

Conceptos utilizados por el BCB

HonrarLa dación de pago se produce cuando una persona natural o jurídica entrega un bien para pagar total o parcialmente su deuda. RecursosLa liquidación forzosa acontece cuando la autoridad que regula el sistema financiero, en este caso la Asfi, dispone la intervención de una entidad financiera afectada para su liquidación. A través de ese procedimiento se convierte los activos en efectivo.AhorroEl procedimiento de solución es posterior a la intervención y su finalidad es proteger los intereses de los depositantes y acreedores de la entidad. El BCB debe cobrar 3.849 préstamos

Un total de 3.849 prestatarios aún deben pagar sus deudas al Banco Central de Bolivia (BCB) porque esta entidad se hizo cargo de las carteras de créditos de ocho entidades de intermediación financiera que quebraron. Del total, el instituto emisor recibió 3.803 créditos en dación de pago y a título gratuito y 46 corresponden al ex Inalpre.

De acuerdo con un informe del BCB, 2.705 créditos corresponden al Banco Boliviano Americano (1999), 119 al Banco de Crédito de Oruro (1987), dos al Bidesa (1997), 423 al Banco de Potosí (1987), 193 al Banco Progreso Nacional SAM (1987), 358 al Banco Sur (1994) y dos a la Cooperativa San José Obrero (1997). A ellos se suman los 46 préstamos del ex Inalpre. Las obligaciones que el BCB recibió en dación de pago corresponden a la entrega de un bien para cubrir total o parcialmente la deuda.

El instituto emisor informa que con la finalidad de facilitar a los deudores y garantes la cancelación de sus obligaciones, el directorio aprobó el Reglamento de Incentivos para la Cobranza de Cartera de Créditos, que está vigente hasta el 31 de diciembre de la presente gestión.

“Esta normativa obedece al criterio de que es más factible recuperar capital con cierto grado de condonación de intereses. Asimismo, el BCB busca que los deudores se habiliten como usuarios del sistema al salir de la Central de Información Crediticia (Central de Riesgos)”, explica la entidad.

Las personas deudoras podrán beneficiarse de las nuevas condiciones si cancelan la totalidad de la deuda, en un solo pago y en efectivo, “favoreciéndose de la condonación de intereses corrientes, penales, moratorios y otros cargos (publicaciones, formularios y seguros)”.