Legislativo aprueba convocatoria para Contralor; inscripción comienza el 18 de abril hasta el 28

Legislativo aprueba convocatoria para Contralor y veta a militantes de partidos que hayan estado en función pública en los últimos 20 años

Se estima que entre el 31 de mayo y 1 de junio se convocará a la Asamblea Legislativa para elegir al nuevo contralor que reemplazará a Gabriel Herbas, quien ejerce un interinado de cerca de ocho años. De acuerdo al cronograma, el 3 de junio estaría siendo elegida la autoridad.



Los presidentes del Senado y Diputados, José Antonio Gonzales y Gabriela Montaño respectivamente

Los presidentes del Senado y Diputados, José Alberto Gonzáles y Gabriela Montaño respectivamente Foto: Senado Bolivia Twitter

La Razón Digital / Paulo Cuiza / La Paz 

Los militantes de partidos políticos que hayan participado de la administración pública nacional, departamental y municipal en los últimos 20 años, al igual que ministros, viceministros, gobernadores y alcaldes no podrán postularse al cargo de Contralor, según el reglamento aprobado hoy en la Asamblea Legislativa (ALP). La inscripción de interesados comenzará el lunes 18 de abril y se prevé elegir a la nueva autoridad el 3 de junio.

El presidente del Senado, José Alberto Gonzales, detalló ante el pleno de la ALP que entre ayer y hoy el oficialismo y la oposición lograron un consenso sobre el reglamento de convocatoria para la elección del Contralor o Contralora tras superar las diferencias iniciales, principalmente con la opositora Unidad Demócrata (UD) que planteó una restricción de “militancia a secas”.

“No podrán postularse quienes tengan militancia en partidos políticos o agrupaciones ciudadanas que hayan participado en la administración del Gobierno Nacional, gobiernos departamentales o prefecturas o gobiernos municipales en los últimos 20 años”, explicó Gonzales en parte del informe presentado antes de ingresar al debate del documento.

Según el documento aprobado aproximadamente a las 19.15, no podrá postular quien haya sido funcionario público designado o electo en el cargo de Ministra o Ministro, Viceministra o Viceministro, Embajadora o Embajador, Gobernadora o Gobernador, Alcaldesa o Alcalde, Secretaria o Secretario y Oficial Mayor o cargos equivalentes de gobiernos departamentales o municipales en los últimos diez años.

El reglamento también veta a quienes tengan parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad con el Presidente, Vicepresidente, senadores y diputados.

Gonzáles detalló que entre el 18 y 28 de abril estará abierto el periodo de inscripción de candidatos. La convocatoria será publicada el viernes.

Hasta el 4 de mayo, la comisión responsable del proceso concluirá con la apertura de sobres de los postulantes y la posterior revisión del cumplimiento de requisitos. Los nombres de los postulantes que pasen satisfactoriamente este primer filtro serán publicados en un medio escrito de circulación nacional.

Posteriormente se abrirá un periodo de impugnaciones de 7 días hábiles del 9 al 17 de mayo. El tiempo que tendrá la comisión para resolver las impugnaciones será hasta el jueves 19 de mayo, posteriormente se abrirá la etapa de evaluación de méritos y entrevistas que arrancará el viernes 20 de mayo y se extenderá hasta el 28 de mayo.

Se estima que entre el 31 de mayo y 1 de junio se convocará a la Asamblea Legislativa para elegir al nuevo contralor que reemplazará a Gabriel Herbas, quien ejercer un interinado de cerca de ocho años. De acuerdo al cronograma, el 3 de junio estaría siendo elegida la autoridad.

Entre los requisitos para la postulación figuran: haber cumplido 30 años al momento de la designación, tener título profesional en ciencias económicas, haber ejercido la profesión por lo menos ocho años.

Según el artículo 213 de la Constitución Política del Estado (CPE), la Contraloría es la institución técnica que ejerce la función de control de la administración de las entidades públicas y de aquéllas en las que el Estado tenga participación o interés económico. Está facultada para determinar indicios de responsabilidad administrativa, ejecutiva, civil y penal; y tiene autonomía funcional, financiera, administrativa y organizativa.

“La Contralora o Contralor General del Estado ejercerá sus funciones por un periodo de seis años, sin posibilidad de nueva designación”, prevé el artículo 216 de la CPE.