El juez retira la orden de detención contra Puigdemont y los ‘exconsellers‘

Llarena quiere evitar que la Justicia belga limite los delitos por los que pueden ser enjuiciados

Presentación de la campaña de Junts per Catalunya.
Presentación de la campaña de Junts per Catalunya. Manu Fernandez AP
El juez del Tribunal Supremo Pablo Llarena ha dado este martes un inesperado cambio de rumbo a la causa abierta por rebelión contra los líderes independentistas y, también, al inicio de la campaña electoral del 21-D. El magistrado ha retirado las órdenes europeas de detención dictadas contra el expresidente catalán Carles Puigdemont y los exconsejeros Antonio Comín, Lluís Puig, Meritxell Serret y Clara Ponsatí y que se comunique su decisión a las autoridades belgas para que dejen sin efecto la colaboración solicitada por España. Llarena, sin embargo, mantiene la orden española de detención contra Puigdemont y los exconsejeros fugados, por lo que, según fuentes del alto tribunal, los cinco serán detenidos cuando regresen a España.El instructor argumenta su decisión en que el delito de rebelión por el que se está investigando a los líderes independentistas es, según el código penal español, un delito colectivo y no puede dividirse, lo que requiere una única contestación para evitar respuestas contradictorias. El temor de España desde que se pidió la colaboración de Bélgica para detener a Puigdemont era que la justicia de aquel país rechazara actuar contra el expresident por rebelión, un delito que no tiene un equivalente exacto en el código penal belga. En ese caso, el juez de Bruselas podría ordenar la entrega a España de Puigdemont y los cuatro exconsejeros por el delito de malversación o desobediencia, pero no por el de rebelión, lo que impediría a la justicia española actuar contra el expresidente por ese delito, que es el que tiene mayor pena de los que se atribuye a Puigdemont y el que vertebra la causa abierta en el Supremo contra los líderes independentistas.Según el magistrado, el actual mantenimiento de las órdenes de detención dictadas el 3 de noviembre no facilitaría el desarrollo adecuado del proceso porque al ser posible que Bélgica deniegue parcialmente la ejecución de las órdenes de detención se «restringirían» las actuaciones contra Puigdemont y el resto de fugados, lo que llevaría a una situación paradójica en la que los investigados fugados estarían en una situación más beneficiosa que la de los que se quedaron en España. Llarena recuerda, además, que fue esta característica de la rebelión como delito colectivo lo que justificó la acumulación en el Supremo de todas las causas abiertas contra los miembros del Govern cesados, la Mesa del Parlament y los líderes de ANC y Òmnium.El juez explica en su auto que la orden europea de detención es un instrumento de colaboración judicial y que una vez emitida, el juez instructor puede valorar en cualquier momento la conveniencia u oportunidad de su mantenimiento, teniendo en cuenta los efectos que esa orden de detención pueda tener en el proceso penal que se esté tramitando, en este caso en España.El juez describe el nuevo escenario que se presenta en este momento. De un lado, con posterioridad a la emisión de las órdenes, señala Llarena, “los investigados parecen haber mostrado su intención de retornar a España, con la finalidad de tomar posesión y ejercer unos cargos electivos para cuyos comicios se han presentado recientemente”.De otro lado, Llarena recuerda que, una vez acumulada la causa, los hechos investigados suscitan la eventual comisión de un delito de naturaleza plurisubjetiva: “Con posterioridad a que se emitieran las órdenes de detención que contemplamos, se ha definido que los hechos pudieran haberse perpetrado mediante el concierto de todos los investigados y con una unidad jurídica inseparable, esto es, que la depuración de las distintas responsabilidades penales deba ser llevada de manera unificada, pues de otro modo podría romperse la continencia de la causa y conducir el proceso a respuestas contradictorias y divergentes para los distintos partícipes”.Por ello, en el estado actual de las actuaciones, el magistrado considera oportuno, ponderando los intereses en juego, retirar las órdenes de detención objeto de análisis y renunciar a la petición de colaboración que comportan. Además, el juez entiende que esta retirada no genera ningún gravamen a los afectados por ella “ pues, en la medida en que los encausados se opusieron a que se ejecutara por el Estado requerido el acto de colaboración que analizamos, eso es lo que esta resolución les aporta”.Fuente: elpais.com