Fallo de Corte IDH puede impedir futura candidatura de Evo Morales

Los abogados advierten que el tribunal internacional no tiene plazos para pronunciarse. La sentencia constitucional 084/2017 seguirá vigente hasta que se emita la resolución

 



Fuente: El Deber
Marco Antonio Chuquimia Huallpa

Un juicio de responsabilidades por prevaricato a los magistrados que emitieron la sentencia constitucional 084/2017 y anular cualquier intento de que Evo Morales sea candidato nuevamente a la presidencia de Bolivia.

Esos serían los efectos legales en el país, si el fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), respecto de la reelección indefinida, favorece a la pretensión de los demandantes.

Luis Vásquez Villamor, abogado de Jorge Tuto Quiroga, y que estuvo presente en las audiencias, explicó que los efectos serán inmediatos después que se conozca la decisión de los siete jueces que conforman la Corte IDH. Aseguró que el mismo es vinculante, no solo para Bolivia sino para el resto de los países que forman parte de este organismo multilateral.

Estimo que el fallo puede llevar unos meses, una vez que se conozca la opinión consultiva esta resolución es vinculante y forma parte de la convención, eso querrá decir que nunca más en Bolivia ninguna persona que haya ejercido dos mandatos puede volver a postular, por tanto, Evo Morales nunca más podrá ser presidente”, lanzó el abogado.

Su colega, José Luis Paredes también dijo que un fallo favorable a la consulta que lanzó Colombia puede provocar un juicio de responsabilidades en contra los seis ex magistrados del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que en 2017 emitieron un fallo que animó a Morales a lanzarse como candidato presidencial por cuarta vez consecutiva.

Respecto de la resolución 084/2017 del TCP emitida en noviembre de 2017, Paredes explicó que una vez que se emita un fallo desde la Asamblea Plurinacional se debe anular la resolución del TCP, pero mientras no se siga esos pasos, la sentencia emitida el 29 de noviembre de 2017 está vigente.

Estamos frente a un primer paso que consiste en una respuesta del máximo tribunal de garantías constitucionales convencionales que nos hará saber si la reelección indefinida es o no un derecho humano.

Esta corte es la voz de la OEA, si dice que la reelección es un derecho humano, entonces tendremos que respetar esa decisión, si dice que no es un derecho humano tendrá que emitir leyes que prohíban la reelección permanente”, dijo Paredes, que patrocinó varios casos ante la CIDH.

La otra opinión

Luis Vásquez también lamentó que el Estado boliviano haya presentado una nueva opinión consultiva al ente multilateral y que la representación del Gobierno boliviano haya sido tan disminuida en las audiencias que se realizaron entre el 28 al 30 de septiembre.

El Gobierno estaba presente, pero en un nivel muy pobre, normalmente son los cancilleres que están presentes, pero nuestra canciller creo que estaba de viaje en Europa haciendo no sé qué cuando su lugar era estar en la Corte Interamericana.

Dejaron intervenir a dos abogados de la Procuraduría que realizaron un papel lamentable”, dijo Vásquez.

Según la documentación oficial, la Procuraduría General del Estado (PGE), presentó la opinión consultiva el 23 de julio, lo que en opinión de Vásquez se trató de una falta de respeto diplomático al gobierno colombiano.

“Corresponde manifestar que el Estado Boliviano, en fecha 17 de febrero de 2020 tomó conocimiento de una solicitud de Opinión Consultiva efectuada por la República de Colombia sobre ‘La Figura de la Reelección Presidencial Indefinida en el Contexto del Sistema Interamericano de Derechos Humanos’; no obstante, considerando que existen otros aspectos e instrumentos internacionales de relevancia que no fueron considerados en la referida solicitud, se solicita esta Opinión Consultiva”, señala el punto 18 de la misiva boliviana, que según Vásquez fue rechazada.