Senado aprueba resolución de homenaje a las víctimas de los conflictos de 2019

Una treintena de personas perdieron la vida en los enfrentamientos de noviembre y al menos 833 personas resultaron heridas.

 



Fuente: paginasiete.bo

La Cámara de Senadores aprobó este jueves una resolución por la cual se autoriza el homenaje a las víctimas de los hechos de violencia acontecidos en noviembre del pasado año en Senkata, Sacaba y otras regiones del país, después de la renuncia del expresidente Evo Morales.

El documento señala que después de las elecciones del 20 de octubre de 2019 ocurrieron eventos que desembocaron en la renuncia de Morales, hecho que fue detonante para el inicio de los desmanes en varias regiones del país, por parte de afines al MAS.

Los conflictos ocurrieron desde la noche del 10 de noviembre, unas horas después de la dimisión de Morales. Fue hasta la tarde del 12 de noviembre que Jeanine Añez asumió de forma interina del gobierno, por medio de la sentencia constitucional 003/2001.

Los conflictos se prolongaron por varios días en El Alto, Cochabamba, en Yapacaní (Santa Cruz) y otras regiones del país.

Producto de los enfrentamientos, al menos 35 personas perdieron la vida y 833 personas resultaron heridas.

Con base en una investigación realizada por la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (Oacnudh), la mayor cantidad de heridos se registró en Sacaba (393), Santa Cruz (138), y La Paz (122).

El informe del organismo internacional dice que al menos 20 de los fallecidos perecieron durante los operativos de pacificación de las Fuerzas Armadas y la Policía Boliviana, amparados por el decreto 4078.

La norma señala, en su artículo 3: “El personal de las Fuerzas Armadas que participe en los operativos para el restablecimiento del orden interno y estabilidad pública estará exento de responsabilidad penal cuando en cumplimiento de sus funciones constitucionales, actúen en legítima defensa o estado de necesidad, en observancia de los principios de legalidad, absoluta necesidad y proporcionalidad, de conformidad con el Artículo 11 y 12 del Código Penal Ley 1760 y el Código de Procedimiento Penal”.