Juristas: Ejecutivo debe garantizar la privacidad de los bienes si administra DDRR

Abogados especialistas consideran la necesidad de una normativa específica para garantizar la “privacidad de los bienes” de todos los bolivianos, además de coincidir en una reingeniería total de la institución.
  • Una oficina de Derechos Reales, de atención al usuario, en Cochabamba. | José Rocha
Fuente: Los Tiempos
Wilson Aguilar

Ante la posibilidad de que Derechos Reales (DDRR) sea administrada por el Órgano Ejecutivo a través del Ministerio de Justicia, abogados especialistas consideran la necesidad de una normativa específica para garantizar la “privacidad de los bienes” de todos los ciudadanos, además de coincidir en una reingeniería total de la institución.

“El Ministerio de Justicia debe garantizar que la propiedad privada va a estar garantizada en la privacidad del registro, porque no es que de repente pueda acceder cualquier persona del Órgano Ejecutivo. Es importante que se usen mecanismos, como las cuentas bancarias, para que no pueda acceder cualquier persona desde ninguna entidad si no es previa acreditación del interés legítimo”, sostiene la especialista en Derecho Civil Audalia Zurita.

En los últimos días, el Ministerio de Justicia promueve la transformación de la justicia con la aprobación de cinco leyes, entre ellas la reforma total a la Ley de Derechos Reales.



“Si Derechos Reales va a pasar a la administración del Ministerio de Justicia, tendría que haber una situación jurídica en la que se establezca una seguridad jurídica”, aseguró el abogado constitucionalista Paul Antonio Coca.

Susceptibilidad

Sobre la transferencia de la entidad tutelar encargada del registro de bienes, algunos sectores expresaron su preocupación de que esta actividad pase al Ejecutivo, lo que posibilitaría el control de los bienes con los que cuentan los ciudadanos. Los juristas plantean que se cree una entidad, si es posible autónoma, que se encargue del registro.

“Está en el Derecho Civil claramente regulada la misión del registro en Derechos Reales, el registro de las propiedades. Existe la susceptibilidad de que pase al Órgano Ejecutivo, pero también de que el Ejecutivo pueda regular a partir de la reglamentación específica y reorganizando DDRR no tiene incidencia en el registro de la propiedad”, dijo Zurita.

Para Luis Pabón, especialista en Derecho Civil, es saludable que DDRR salga del Órgano Judicial porque no tiene ninguna obligatoriedad de radicar en esta instancia,  puesto que “es un registro, así como el tema de Fundempresa, es un registro de empresas. En este caso, ahora habrá que crear una empresa nueva que se encargue del registro de propiedades”, dijo.

“Todo está sujeto a la duda de que el Estado ya va a controlar el tema de las transferencias y muchos aparejan con el tema del socialismo. Mucha gente hace relación de que si el Estado tiene conocimiento de los predios, de los bienes, va a poder identificar quiénes tienen varios bienes, entre otros. Entonces implicaría una afectación a un derecho, que es el derecho a la privacidad y la propiedad privada”, explicó.

Trámites que se realizan en DDRR

El Código Civil establece la existencia de la Oficina del Registro de Derechos Reales destinada a la inscripción y publicidad de todas las transferencias, mutaciones, gravámenes y limitaciones que recaigan sobre los derechos reales.

La norma que regula el registro data de 1887 y determina por lo menos 20 actuaciones que lleva adelante la oficina. Entre ellas están la anotación preventiva de bienes, el embargo, el folio real, los gravámenes y restricciones sujetos a inscripción: hipotecas, contratos de antícresis, entre otros. “Además, están la declaración de herederos, propiedad horizontal, matriculación, compra venta”, señaló Audalia.