Si el TSE pide postergar las elecciones, la Asamblea deberá aprobar una ley y el TCP avalarla

No hay un procedimiento establecido. El antecedente es la Sentencia Constitucional 001/2020, que amplió el mandato de Gobernadores, alcaldes, concejales y asambleístas tras la anulación de las elecciones presidenciales de 2019.

 

Fuente: El Deber
 

Si es que el Tribunal Supremo Electoral (TSE) decide postergar las elecciones subnacionales programadas para el 7 de marzo, debe enviar una solicitud a través de un anteproyecto de ley a la Asamblea Legislativa, que a su vez tendrá que aprobar esa norma. Como esa postergación implicaría una nueva prórroga en la gestión de autoridades subnacionales, se necesitará un pronunciamiento del Tribunal Constitucional Plurinacional, como ocurrió el año pasado con las elecciones generales.



Fuentes del TSE señalaron que la situación del Tribunal Electoral Departamental (TED) de Santa Cruz, que tiene a dos vocales, el secretario de cámara y más de la mitad de funcionarios contagiados, es analizada hoy por la Sala Plena del órgano electoral nacional, mientras hay vocales que apuestan por la postergación de los comicios de marzo.

El ministro de Justicia, Iván Lima, explicó esta mañana en el programa Influyentes de EL DEBER Radio, que la decisión de la fecha de elecciones depende del TSE. “La Sala Plena debe solicitarlo a la Asamblea Legislativa Plurinacional y modificarse mediante una ley del Estado, es algo que dejamos en manos del órgano electoral”, expresó.

El abogado constitucionalista William Bascopé explicó que si el TSE considera necesaria una postergación de las elecciones, puede enviar un anteproyecto de ley que modifique la fecha por el tiempo que sea necesario. La Asamblea Legislativa debe aprobar esa norma y después enviarla al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) porque implica una nueva ampliación del mandato de alcaldes, gobernadores, concejales y asambleístas departamentales.

Debe quedar claro que no existe un procedimiento establecido en la CPE para esta circunstancia. Lo que sí tenemos es una sentencia constitucional, la 001/2020, que autorizó el mandato de autoridades subnacionales, primero por la crisis política tras la anulación de las elecciones por el fraude electoral y la convocatoria a nuevos comicios, y luego por la primera ola del coronavirus”, explicó Bascopé.

Por ello, subrayó que para realizar una nueva prórroga, la Asamblea Legislativa debe enviar al TCP el proyecto de ley de prórroga y solicitar una interpretación de la norma para ampliar el mandato de las autoridades por una situación de emergencia, como la pandemia del coronavirus.