Obras de arte, propiedad intelectual y joyas suman para pagar el IGF

El presidente del Sistema de Impuestos Nacionales (SIN), Mario Cazón, informó que los bienes netos que deben sumar para el pago del Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF) incluyen joyas, obras de artes, antigüedades y colecciones que tienen “un valor importante”, además de los derechos de propiedad intelectual.

El 28 de diciembre, el Gobierno promulgó la Ley 1357 de Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF), que se aplica de forma anual a aquellas personas naturales que tienen un patrimonio de más 30 millones de bolivianos.



Cazón explicó que Impuestos Nacionales ha puesto a disposición de esos contribuyentes el sistema para que puedan registrarse. “Por supuesto, tienen un plazo para pagar el impuesto del años 2020”, dijo el Presidente del SIN en entrevista exclusiva con Los Tiempos.

Explicó que los bolivianos y extranjeros que radican en el país tienen que pagar el impuesto en efectivo hasta el 31 de marzo. “Ahora, los extranjeros y bolivianos que no residen en Bolivia, que están en el exterior, pero que tienen patrimonio acá en Bolivia superior a los 30 millones (de bolivianos) deben pagarlo hasta el 30 de abril en efectivo”.

¿Y cuáles son esos bienes netos que deben sumar? 

Cazón respondió que los bienes inmuebles, los vehículos, el efectivo en bolivianos o en moneda extranjera, así como los depósitos que tienen las entidades financieras y las acciones que tienen las personas naturales en la empresas.

“También en este caso las joyas que tienen un valor bastante importante, las obras de arte, las antigüedades y colección que tienen un valor importante; además, los derechos de propiedad intelectual son esos bienes que deben sumar”, agregó.

Registro

Cazón dijo que los contribuyentes deben ingresar a la página web: www.impuestos.gob.bo/ y hacer clic en el enlace referido a este pago.

“Ahí colocan su nombre, su número de carnet de identidad, su número de carnet de extranjería, adicionalmente registran su número de teléfono, su correo electrónico”.

Explicó que a través de esa dirección Impuestos Nacional se comunicará y notificará todos los actos administrativos relacionados a esta contribución.

El Presidente del SIN dijo también que el contribuyente debe registrar el nombre de su cónyuge, de sus padres, de los hijos. A esto se suma una imagen de medio cuerpo, una fotografía de del carnet de identidad, anverso reverso.

“A partir de ello, un funcionario de Impuestos Nacionales lo va a habilitar como contribuyente del Impuesto a las Grandes Fortunas”, concluyó.

SEPA MÁS

Norma establece alícuota

La alícuota, de acuerdo a una escala progresiva, será de 1,4% para fortunas de 30 a 40 millones de bolivianos, de 1,9% para Bs 40 a 50 millones y de 2,4% para fortunas de Bs 50 millones para adelante.

Se aplica sobre el valor neto de la fortuna

El impuesto se aplicará sobre el valor neto de la fortuna acumulada por la personas (a la suma de bienes inmuebles, muebles, activos financieros, dinero y todo otro bien con valor económico).

Cómo se aplica en el caso de matrimonios

En caso de matrimonios, la base imponible para cada cónyuge estará constituida por el valor de la fortuna personal y el 50% del valor de la fortuna acumulada durante el matrimonio.

Empresarios criticaron este impuesto 

El presidente de la Cainco de Santa Cruz, Fernando Hurtado, dijo que en lugar de crear nuevos impuestos, el Gobierno debería preocuparse de buscar incentivos.

DETECTARÁN Y SANCIONARÁN A QUIENES NO SE REGISTREN 

REDACCIÓN CENTRAL

El presidente del Sistema de Impuestos Nacionales (SIN), Mario Cazón, informó que, si las personas que tienen un patrimonio de más de 30 millones de bolivianos no se registraron, serán sancionadas con el 200 por ciento del impuesto que debió pagar.

“Si el ciudadano no se inscribe; nosotros, en un proceso de control de fiscalización, detectaremos pues qué ciudadano boliviano o extranjero no se ha registrado y que tiene además de un patrimonio superior a los 30 millones. Nosotros, entonces, vamos a proceder como justamente establecen las competencias facultades como impuestos nacional determinaremos el impuesto, pero además le sancionaremos con el 200 por ciento de ese impuesto que no pagó y nosotros acataremos inmediatamente las medidas coercitivas para que en este caso el contribuyente pague”, dijo Cazón.

Fuente: lostiempos.com