Nuevas resoluciones del Comité de Operaciones de Emergencias Municipal de San José

Queda prohibido el expendio y consumo de bebidas alcohólicas después de las 00:00 horas de lunes a domingos.

 

Después de un análisis explicado por el Dr. Dember Añez sobre la situación del Covid-19 en el municipio, el Ing. Marbin Barbery presidente del COEM y alcalde Municipal promulgó las nuevas resoluciones:
1. Se da continuidad con la RESOLUCION COEM Nº 006/2021 de fecha 16/06/2021, además se establece circulación de personas y de todo tipo de vehículos motorizados, de lunes a domingo desde las 5:00 am hasta 12:00am.



2. Podrán circular los vehículos del Gobierno Autónomo Departamental, Gobierno Autónomo Municipal de San José de Chiquitos, Vehículos de Emergencias, Medios de Comunicación y otras instituciones públicas que presten servicios esenciales (Con presentación de documentación).

3. Para poder ingresar a cualquier Institución Pública y Privada, se deberá presentar el Certificado de Vacunación contra el COVID-19, como requisito para ser atendido en los diferentes servicios, a partir del 18 de Julio de 2021.

4. Los servicios de entrega a domicilio (Delivery) comida se estable en los siguientes horarios:

De Lunes a domingo de 05:00 Horas. A 12:00 Horas.

El personal administrativo y de cocina tendrá una tolerancia hasta las 01:00 Horas para retornar a sus hogares portando medidas de bioseguridad y permiso de Circulación otorgado por el COEM.

5. La terminal Municipal de Buses ¨DIEGO DE MENDOZA¨, atenderá de 5:00 a 02:00, para la llegada y embarque de pasajeros.
El servicio de moto taxi y pasajero en este intervalo de tiempo debe portar el permiso de Circulación otorgado por el COEM, y el pasaje correspondiente a la fecha respectivamente.

6. Quedan prohibidos los eventos de carácter masivo sociales, aniversarios Barrios y Comunidades, eventos deportivos y otros que generen aglomeración de personas, de lunes a domingo las 24 horas del día.

7. Todas las instituciones académicas, realizaran las clases en modalidad a distancia, con utilización de herramientas virtuales.

8. Las actividades comerciales, industriales, hoteleras, alojamientos, balnearios, venta de comida entre otras; deberán cumplir y hacer cumplir las medidas impuestas, manteniendo hasta el 30% de su capacidad en lugares cerrados y al 50% en lugares abiertos y terrazas, cumpliendo con todas las medidas de bioseguridad, dentro de los horarios establecidos.

9. Queda totalmente prohibido el expendio y consumo de bebidas alcohólicas después de las 00:00 horas de lunes a domingos.

10. La Policía Boliviana en coordinación con la Dirección Municipal de Gobierno de Industria Comercio, Seguridad Ciudadana, Dirección Municipal de Genero, realizarán los controles y patrullaje disuasivos, con la finalidad de hacer cumplir las determinaciones del COEM.

La desobediencia a las normas emitidas por el COEM, serán sancionado de acuerdo a lo establécela en su Artículo No. 216, Numerales 1, 5 y 9 del Código Penal.