UIF dice que Ley Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas no afecta la labor periodística ni incurre en censura

La entidad estatal aclara que la norma llega a sujetos obligados y aquellos que tienen el deber de informar las actividades que desarrollan; entre los cuales no están periodistas ni medios de comunicación

El gobierno asegura que el trabajo no corre peligro/Foto: EL DEBER

 

Fuente: El Deber



Mediante un comunicado de prensa divulgado este domingo, la Unidad de Investigaciones Financieras (UIF) aclaró que el proyecto de Ley Contra la Legitimación de Ganancias Ilícitas, Financiamiento a la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva o no Convencionales no afecta la libertad de expresión, tampoco la labor periodística ni incurre en censura.

La entidad estatal realizó esta aclaración después de que la Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia (ANP) y la Asociación de Periodistas de La Paz (APLP) emitieran un comunicado en el que alertaban que el Artículo 11 del proyecto de ley vulneraría sus derechos de reserva de información.

En su descargo, la UIF indica que la futura norma no vulnera la Constitución Política del Estado, ni contiene disposiciones que afecten la libertad de expresión, la labor periodística, ni incurre en censura previa.

Incluso la entidad estatal aseguró que “el artículo 333 de la Constitución Política del Estado (CPE) dispone que las operaciones financieras realizadas por personas naturales o jurídicas, bolivianas o extranjeras, gozarán del derecho de confidencialidad, salvo en los procesos judiciales, en los casos en que se presuma comisión de delitos financieros, en los que se investiguen fortunas y los demás definidos por la ley”.

“En ese sentido, debe aclararse que el artículo 11 del Proyecto de Ley, antes citado, es aplicable solo y exclusivamente a los denominados sujetos obligados y aquellos que tienen el deber de informar en virtud a las actividades que desarrollan; entre los cuales no se encuentran periodistas ni medios de comunicación”, señaló la UIF.

Para cerrar la polémica la entidad fiscalizadora aseguró que “el proyecto de ley no contempla, en ninguno de sus artículos, que la UIF pueda solicitar que se levante la reserva de fuentes a periodistas, quienes no tienen el deber de informar, ni mucho menos son sujetos obligados”.

“Sus actividades no están vinculadas a la intermediación financiera, mercado de valores, seguros, compra y venta de divisas y otros previstos en el Proyecto Ley, ni leyes en actual vigencia”, precisó el comunicado.

¿A quién alcanza la norma?

Por otro lado, la UIF sostuvo que la designación de sujetos obligados que son determinados por la UIF, conforme lo establece el parágrafo 11 del Art. 495 de la Ley Nº 393, debe enmarcarse a los parámetros establecidos en el estándar internacional, Recomendaciones 22 y 23 del GAFI, aprobado mediante Ley N.º 4072 de 27 de julio de 2009, en las cuales no se encuentran los periodistas ni medios de comunicación.

Estas designaciones deben estar acorde con el Art. 21 de la Constitución Política del Estado y artículos 19 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y 13 de la Convención Americana de Derechos Humanos normativas que amparan el derecho a la libertad de expresión y que forman parte del bloque de constitucionalidad.

En cuanto a la aseveración de que el artículo 14 de la propuesta normativa constituye una censura previa, la UIF manifestó que toda información que procesa, recibe, conserva o comunica es confidencial conforme exige la recomendación 29 del GAFI y principios del Grupo Egmont, disposiciones que exigen que toda información recibida, procesada, conservada o comunicada por la UIF tiene que estar firmemente protegida.

Fuente: El Deber