La CIDH pide aplicar el fallo contra ‘reelección’

El relator Joel Hernández destacó la vigencia de la opinión consultiva que asegura que éste no es un derecho humano.

La CIDH pide aplicar el fallo contra 'reelección' | El Deber

Joel Hernández, relator de la CIDH, estuvo la semana pasada en La Paz y Sucre



Fuente: El Deber
Mauricio Quiroz Terán

 

El relator de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), Joel Hernández, recomendó aplicar un fallo internacional de 2021 que establece que “la reelección presidencial indefinida no es un derecho que deba ser protegido por la Convención Americana”.

El exhorto, planteado en una entrevista con EL DEBER, se dio en el contexto de la decisión que asumió, el 17 de enero, la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca que optó por ratificar la resolución que avaló la sentencia constitucional 084/2017 que dispuso la reelección indefinida de Evo Morales, precisamente, a partir de un “derecho humano” que invocó para postularse en 2019.

La Constitución Política del Estado no reconoce esa posibilidad y los resultados del referéndum del 21 de febrero de 2016 prohibieron a Morales a buscar la reelección por encima de los límites constitucionales.

“No tengo grandes datos sobre este pronunciamiento, pero sí quiero precisar que una opinión consultiva de la Corte IDH y la naturaleza de estas decisiones es establecer el derecho aplicable para situaciones generales y no está referida a un país. Es importante que en cualquier proceso se tomen en cuenta las conclusiones de la opinión consultiva. En este caso, ha sido muy cuidadosa en examinar los derechos electorales de la Convención Americana. Además, la Corte IDH es la entidad de más alto rango en interpretar la Convención Americana de Derechos Humanos”, apuntó Hernández.

El diputado Marcelo Pedrazas, de la alianza opositora Comunidad Ciudadana (CC), planteó una acción popular sobre esta resolución, precisamente, porque el Tribunal Constitucional del país interpretó la Carta Americana por encima de los criterios de la Corte IHD y de la convención.

La sentencia constitucional 0084/2017, emitida por los anteriores tribunos, determinó la reelección indefinida como un derecho humano, lo que permitió la candidatura de Morales por cuarta vez consecutiva a la Presidencia en las elecciones de 2019.

En marzo de 2022, esta sala ya rechazó la acción para anular esa sentencia, pero Pedrazas impugnó la decisión ante el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) que ordenó que el trámite se haga en una audiencia, pero se volvió a denegar la tutela.

El parlamentario denunció que la justicia desconoció la opinión consultiva de la Corte IDH que determinó que la reelección no es un derecho humano. “La justicia constitucional mantiene vigente este abrupto inconstitucional fallo a partir de un sometimiento del poder político de Evo Morales hacia el Tribunal Constitucional de la época”, sostuvo Pedrazas.

El argumento de la Sala Constitucional fue que una acción de popular no puede modificar o una sentencia producto de una acción de inconstitucionalidad, como es la sentencia 084/2017 y, en esa línea, declaró improcedente la acción planteada por Pedrazas.

El opositor expresó su esperanza que si la justicia constitucional expulsa del ordenamiento jurídico esa sentencia que avala la reelección indefinida, Morales ni otro mandatario podría ser habilitado para más reelecciones.

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