Inicialmente, el amparo fue tramitado por la Sala Constitucional Segunda de Chuquisaca el 5 de diciembre donde declaró improcedente bajo el argumento del principio de preclusión.
Fuente: ANF
A horas de las elecciones judiciales, las magistradas autprorrogadas del Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) obligaron a la Sala Constitucional Segunda de Chuquisaca tramitar el recurso de amparo que presentó la expostulante al TCP Betthy Sánchez La Fuente, que busca paralizar las elecciones en La Paz si no es habilitada.
“Disponer que la Sala Constitucional Segunda del Departamento de Chuquisaca ADMITA la presente acción y en el día someta la causa al trámite previsto por ley, pudiendo inclusive habilitar horas extraordinarias para la realización de la audiencia, debiendo pronunciar resolución, concediendo o denegando la tutela solicitada, según corresponda en derecho”, dice al auto constitucional de la comisión de admisión del TCP.
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El documento fue emitido el 13 de diciembre y está suscrito por las magistradas autoprorrogadas Isidora Jiménez Castro y Brígida Vargas Barañado, en suplencia de Karem Gallardo porque se encuentra con vacaciones.
La audiencia de amparo constitucional estaba prevista que se lleve a cabo el viernes 13 de diciembre, a las 18:00 hrs., pero se suspendió para este sábado a las 10:30 hrs. y se desarrolla en la ciudad de Sucre.
Sánchez presentó el recurso legal el 4 de diciembre en contra la comisión mixta de Constitución de la Asamblea Legislativa porque vulneraron sus derechos durante la fase de evaluación oral en la que obtuvo 60 puntos. Sin embargo, consideró que no se tomó en cuenta diferentes elementos de su trayectoria y hubo errores en el examen, desde su punto de vista la nota que se le debía otorgar es de 178 puntos.
En el recurso, la accionante solicitó como medida cautelar que no se ejecute las elecciones judiciales para el TCP en el departamento de La Paz hasta que sea habilitada e incorporada en las justas electorales.
De acuerdo al documento al que accedió la ANF, inicialmente, el amparo fue tramitado por la Sala Constitucional Segunda de Chuquisaca el 5 de diciembre donde declaró improcedente bajo el argumento del principio de preclusión.
El 10 de diciembre, la demandante presentó nuevamente el recurso legal a la misma sala y, un día después, esa instancia emitió el Auto 458/2024 en el que ratifica su decisión de declarar improcedente la acción de amparo que interpuso la expostulante.
Sin embargo, en trámite de revisión, la comisión de admisión del TCP revocó la resolución de la sala constitucional segunda y obligó a esa instancia a que admita la causa y que se tramite en el día, incluso con la posibilidad de habilitar horas extraordinarias para la realización de la audiencia.
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Fuente: ANF