El procedimiento de expropiación, según la norma, faculta al Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda proceder a la identificación y ubicación exacta de los bienes inmuebles necesarios, luego emitirá la Resolución Ministerial correspondiente, misma que deberá ser notificada a los propietarios, quienes tendrán un plazo de 10 días hábiles, a partir de su notificación, para acreditar su derecho propietario y presentar avalúo de su inmueble.
El pleno de la Cámara de Diputados/ Foto archivo
La Paz, 20 Dic. (ANF).- La Cámara de Diputados aprobó en sus estaciones en grande y detalle, el proyecto de Ley Nº732/2012-2013, que declara de necesidad y utilidad pública la expropiación de bienes inmuebles, para el proyecto de “Construcción, Implementación y Administración del Sistema de Transporte por Cable (Teleférico) La Paz – El Alto.
El presidente de la Comisión de Planificación, Política Económica y Finanzas, diputado Marcelo Elio, dijo que se está estableciendo constitucionalmente el trabajo de expropiar bienes privados para la construcción de las estaciones del Teleférico; consistentes en torres para la habilitación del sistemas de transporte por cable: “Estas estaciones modelos van a reunir todas las condiciones necesarias, incluso de características internacionales, se constituyen en una necesidad y prioridad nacional para La Paz por las características que tiene y por la necesidad del cumplimiento de este proyecto.
La norma establece el procedimiento de expropiación aplicable y autoriza la realización de los trámites de transferencia a título gratuito de propiedades de instituciones públicas en el área del proyecto a favor del Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda. Este proyecto de Ley fue remitido a la Cámara de Senadores para su respectiva aprobación.
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El procedimiento de expropiación, según la norma, faculta al Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda proceder a la identificación y ubicación exacta de los bienes inmuebles necesarios, luego emitirá la Resolución Ministerial correspondiente, misma que deberá ser notificada a los propietarios, quienes tendrán un plazo de 10 días hábiles, a partir de su notificación, para acreditar su derecho propietario y presentar avalúo de su inmueble.