El MAS plantea que medios informen sobre sus ingresos

Ley de Régimen Electoral. Propaganda: La propuesta del MAS fue presentada a la Cámara de Senadores y será la próxima en ser tratada.

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Control: el OEP podrá fiscalizar sobre el financiamiento de las campañas



La Prensa

Los medios de comunicación privados y públicos habilitados para difundir propaganda estarán obligados, si se aprueba la Ley de Régimen Electoral propuesta por el oficialismo, a presentar un informe al Órgano Electoral Plurinacional (OEP) con carácter de declaración jurada, sobre los ingresos que perciban por dicha difusión dentro de los 60 días siguientes a los comicios.

El proyecto de ley presentado por el Movimiento Al Socialismo (MAS) que fue remitido a la Comisión de Constitución del Senado, al que tuvo acceso La Prensa, dice en el artículo 270 que los medios deben entregar “una relación pormenorizada y documentada de los ingresos percibidos por propaganda electoral y el detalle de la facturación correspondiente por cada organización política o alianza, organización de la sociedad civil y organización de los pueblos indígena originario campesino, especificando los tiempos y espacios utilizados, sus horarios y las tarifas cobradas.

El documento señala también que el Tribunal Supremo Electoral, a través de su Unidad Técnica de Fiscalización, está facultado a investigar y fiscalizar para verificar la autenticidad y veracidad de esos informes.

También tendrán que rendir un informe similar y con carácter de declaración jurada las organizaciones políticas o alianzas, organizaciones civiles y pueblos indígenas originarios sobre las fuentes de financiamiento y de los gastos hechos en la difusión de propaganda electoral. Esta información será verificada por el Tribunal Supremo Electoral.

El oficialismo plantea en su proyecto de ley que “los únicos que están autorizados para realizar propaganda electoral por cualquier medio son las organizaciones políticas o alianzas que presenten candidaturas (para los comicios)”.

Dentro de las prohibiciones en la emisión de propaganda electoral, se mantienen las que actualmente están vigentes, pero se elimina la restricción del uso de la imagen de Presidente. Sobre encuestas y sondeos de opinión, éstos podrán difundirse una vez conocido el calendario electoral y hasta un domingo anterior al día de la votación. Los datos en “boca de urna” se podrán difundir a partir de las 20.00 del día de votación.

Para la convocatoria a referéndum, el proyecto del MAS propone (art. 18) que éste podrá ser convocado por “iniciativa estatal” o “iniciativa popular”.

En el primer caso lo podrá hacer el Presidente a través de decreto supremo. En el segundo caso, cuando sea a nivel nacional, deberá tener el apoyo ciudadano con firmas y huellas dactilares de al menos el 20 por ciento del padrón electoral. Este porcentaje se incrementa, ya que la actual Ley del Referéndum, de 2004, establece que sólo se requiere un 6 por ciento.

En el ámbito departamental y municipal también se eleva el porcentaje de apoyo requerido. Se exige al menos 25 por ciento en el primer caso (hoy es de 8%) y en el segundo se fija al menos 30 por ciento (hoy se establece un 10%).

Acerca del referéndum nacional, existe una contradicción con el artículo 100 de la Constitución, que señala que será “únicamente” convocado por la Asamblea Legislativa Plurinacional.

OEP fiscalizará a fuerzas políticas

El proyecto de Ley de Régimen Electoral propuesto por el Movimiento Al Socialismo (M AS) le otorga al Órgano Electoral Plurinacional (OEP) la facultad de “regular y fiscalizar el patrimonio, las fuentes de financiamiento y el uso de recursos económicos de las organizaciones políticas a través de la Unidad Técnica de Fiscalización”.

El documento dice que sin perjuicio de lo que disponga la ley especial, las organizaciones políticas, a tiempo de ser registradas en el OEP, deberán presentar un balance de apertura que dé cuenta de su información patrimonial.

Las organizaciones habilitadas para participar en procesos electorales, referendos y revocatorias deberán presentar un balance actualizado de su patrimonio y fuentes de financiamiento.

Sin entrevistas en elección judicial

Los medios de comunicación no podrán entrevistar o difundir información relacionada con los candidatos a autoridades del Órgano Judicial que no sea emitida por el Tribunal Supremo Electoral, según propone el oficialismo en su proyecto de Ley de Régimen Electoral.

El documento señala que a partir de la convocatoria a los comicios judiciales, los medios están prohibidos, bajo sanción y sin perjuicio de su responsabilidad penal, de “difundir documentos distintos a los producidos por el TSE, referirse específicamente a los postulantes, generar espacios de opinión sobre ninguno de ellos”.

“Están obligados a dar espacios gratuitos para la información que difunda el TSE sobre los candidatos”.