Reglamento del Tribunal Electoral de Bolivia vulnera varias leyes

El Reglamento Disciplinario para Vocales Electorales aprobado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE), limita el derecho a la defensa y contradice la Constitución Política del Estado al establecer la retroactividad en su aplicación con sólo mayoría absoluta y no dos tercios de votos.

Reglamento del TSE vulnera varias leyes

SEGÚN UN VOCAL ELECTORAL.

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Edificio en el que funcionan las oficinas del Tribunal Supremo Electoral en la ciudad de La Paz. fides.com Agencia

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El Reglamento Disciplinario para Vocales Electorales aprobado por el Tribunal Supremo Electoral (TSE) el 30 de abril, limita el derecho a la defensa y contradice la Constitución Política del Estado al establecer la retroactividad en su aplicación con sólo mayoría absoluta y no dos tercios de votos, denunció el vocal electoral Marco Ayala.

Por estas violaciones a los derechos de los vocales electorales y las disposiciones legales, Ayala dijo que junto al vocal Irineo Zuna, como consta en el acta de la sesión, expresaron su disidencia con ese reglamento que fue aprobado por cuatro vocales.

Anotó que si bien se eliminó del reglamento la prohibición a los vocales de dar información a personas ajenas al Tribunal, entre ellos los medios de comunicación sobre las decisiones y resoluciones adoptadas por la Sala Plena, no se corrigieron estas otras observaciones.

El proyecto de reglamento elaborado por la Presidencia del Tribunal Supremo Electoral contemplaba, en uno de sus puntos, esta limitación para los vocales, calificándola como una falta por la cual los vocales eran pasibles a sanciones.

“Bajo ningún punto de vista una norma de esta naturaleza se podía considerar, porque es ir en contra de la libertad de expresión y del derecho a la información. Evidentemente era una propuesta, pero hay cosas que ni siquiera deben proponerse y esa prohibición nunca debió proponerse”, manfestó en alusión a las críticas que recibió de sus colegas por denunciar esa medida.

Argumentó que la medida estaba además fuera de lugar porque las Salas Plenas por mandato legal, son actos públicos a los cuales pueden asistir los medios de comunicación y cualquier persona, así como las resoluciones y disposiciones que se dictan en los tribunales electorales, nacional y departamentales.

No obstante, el vocal electoral advirtió que hay otras disposiciones en ese reglamento disciplinario por los que ratificó su disidencia, como la determinación de declarar improcedentes los incidentes y excepciones en la tramitación de los procesos disciplinarios bajo el argumento de que el proceso es sumarísimo. “Si son planteados, éstos serán rechazados sin ningún trámite”, dijo al anotar que esta medida atenta contra el debido proceso y el derecho a la defensa de los procesados, además que son figuras reconocidas en el ordenamieto jurídico del país.

Por otra parte, dijo que se establece que con mayoría absoluta de los vocales en ejercicio se dispondrá la apertura de proceso, contraviniendo lo establecido en Ley del Órgano Electoral, artículo 87, que determina que debe ser con dos tercios de votos.

Otra disposición con la que no está de acuerdo, dijo, es con la contenida en la disposición transitoria que señala que todos los procesos o denuncias que se encontraran en trámite con anterioridad a la vigencia del presente reglamento se sujetarán a esta normativa, conforme al estado de la causa. “Esto, en otras palabras, es retroactividad, ningún reglamento puede ser retroacivo bajo ningún punto de vista”, sostuvo.

“Por estas disposiciones, entre algunas, este reglamento no condice con los preceptos constitucionales ni las leyes que rigen al Órgano Electoral”, insistió Ayala al expresar su extrañeza por la premura con la que se aprobó este reglamento disciplinario, el primero en esta materia que establece la responsabilidad disciplinaria, para los vocales electorales nacionales y departamentales, sin previo debate y difusión en los tribunales departamentales.

CONTROVERSIA

• El proyecto del Reglamento Disciplinario para Vocales Electorales fue conocido el 29 de abril, junto a la convocatoria para el día siguiente, a Sala Plena extraordinaria del Tribunal Supremo Electoral, para su tratamiento y aprobación.

• El vocal electoral Marco Ayala denunció a los medios de comunicación la inclusión, entre uno de los puntos del reglamento, la prohibición a los vocales a dar información sobre las resoluciones y disposiciones adoptadas en Sala Plena, en un atentado a la libertad de expresión y el derecho a la información. Los otros vocales rechazaron esas acusaciones y aseguraron que Ayala malinterpretó la disposición.