Evo y el vice reciben viáticos hasta por asistir a una concentración; escala desde Bs 209 hasta $us 339 diarios

Una escala fija de cuánto deben recibir los funcionarios públicos. En el sitial más alto de la escala está el funcionario público de primera categoría, como el vicepresidente García Linera, quien recibe 339 dólares diarios como viáticos si viaja al exterior; si se trasladara a Cochabamba el desembolso sería de 522 bolivianos por día, y si asiste a una concentración en una provincia paceña tendrá una asignación de 313 bolivianos.

El Gobierno da viáticos diarios desde Bs 209 hasta $us 339

Página Siete / La Paz

VIAJES. Un decreto establece que tanto el Presidente como el Vicepresidente deben recibir recursos suficientes como gastos de representación cuando salen del país.



image De acuerdo con una escala establecida por un decreto, el Gobierno otorga viáticos a los funcionarios del Estado que varían desde 209 bolivianos por día, si se viaja a una zona rural, hasta 339 dólares diarios, si se trata de una misión al exterior del país.

Según esa escala, los funcionarios públicos que viajan al exterior y al interior del país están divididos en tres categorías, de modo que el monto de los viáticos depende de la jerarquía y las responsabilidades que ejercen.

Además, se han dividido los destinos del exterior en dos grandes grupos; en el primero figuran Norte América (EEUU y Canadá, por ejemplo), Europa, Asia, África y Oceanía, y la escala fija mayores viáticos para viajar a países localizados en estos continentes o zonas; en el segundo figuran Centro y Sud América y el Caribe.

En cuanto al territorio nacional, la escala determina que los viajes pueden ser interdepartamentales -de La Paz a Santa Cruz, por ejemplo- o dentro del departamento; los viáticos varían en función de la categoría del funcionario comisionado.

En el sitial más alto de la escala está el funcionario público de primera categoría, como el vicepresidente del Estado Plurinacional, Álvaro García Linera, quien recibe 339 dólares diarios como viáticos si viaja, por ejemplo, a España; si se trasladara a Cochabamba el desembolso por viáticos sería de 522 bolivianos por día, y si asiste a una concentración en una provincia paceña tendrá una asignación de 313 bolivianos (ver infografía).

El Ministerio de la Presidencia le asigna viáticos suficientes al Primer Mandatario y por eso no figura en la mencionada escala.

La norma, que rige desde noviembre de 2011, determina la asignación de “recursos suficientes” por gastos de representación para viajes al exterior que realicen tanto el presidente Evo Morales como el vicepresidente Álvaro García Linera y que hagan posible “una digna representación acorde a su investidura”.

Son gastos de representación las erogaciones en que suelen incurrir los altos dignatarios de Estado en sus viajes al exterior.

El viático, en cambio, es la asignación en dinero que recibe el servidor público para cubrir sus gastos de alojamiento, manutención y gastos por impuestos de viaje.

Categorías

La norma estatal sobre viáticos clasifica a los funcionarios públicos en tres categorías: primera, segunda y tercera.

En la primera figuran el vicepresidente; los ministros; el comandante en jefe de las FFAA y los miembros del Alto Mando militar; el comandante general de la Policía; los embajadores en ejercicio en el servicio exterior; senadores y diputados, presidentes y magistrados de los tribunales supremos, agroambiental y constitucional plurinacional; el contralor general; el defensor del Pueblo; el fiscal general; el procurador; los gobernadores y presidentes de las asambleas departamentales; el ejecutivo regional y el presidente de la asamblea regional y, finalmente, los alcaldes y presidentes de los concejos de los municipios.

En la segunda categoría están los viceministros; los cónsules generales; los directores generales de entidades descentralizadas; los generales de las FFAA y la Policía, los fiscales y los rectores de las universidades públicas, entre otros.

Integran la tercera categoría los vicepresidentes de empresas públicas corporativas; los directores generales de los ministerios; jefes de las FFAA y de la Policía; jueces y fiscales, entre otros.

Norma para viáticos

Autorización. Según el parágrafo IV del artículo 6 del Decreto Supremo 1031, “se autoriza al Ministerio de la Presidencia la asignación suficiente de viáticos para el Presidente del Estado y/o la Primera Dama, como primera autoridad del Estado Plurinacional”.

Polémica. En abril de este año, el presidente Evo Morales pidió al gabinete ministerial la abrogación de un decreto supremo que otorgaba viáticos para sus hijos y la esposa del vicepresidente Álvaro García Linera para viajes nacionales e internacionales.

Comitivas. En el caso de viajes de comitivas al exterior del país, la norma establece que, cuando no sean patrocinadas por organismos externos o entidades independientes, deben tener como máximo 20 servidores públicos. Un número mayor precisa autorización ministerial.

Porcentajes. Si el funcionario público viaja al interior o exterior del país con gastos pagados por un organismo financiador o patrocinador independiente, sólo debe recibir el 70% de los viáticos, cuando sea cubierto sólo el hospedaje, y un 25% si están pagados tanto el hospedaje como la alimentación.

Restricciones. Está prohibido el pago de viáticos para fin de semana o feriado, pero proceden cuando la comisión excede los seis días hábiles o continuos de trabajo o cuando esté justificada la presencia de un servidor público en fin de semana o feriado o por razones de itinerario.

Límite. Cuando los viajes al interior del país demanden la permanencia del servidor público en un solo lugar por más de diez días se debe reducir el viático al 70% para los días restantes.

Descargos. Los funcionarios deben presentar descargos de pasajes, viáticos y gastos de representación, si correspondiera, de los viajes al interior o al exterior en un plazo máximo de ocho días hábiles a partir del retorno a la sede de sus funciones.

En el día. Si el funcionario efectúa un viaje de ida y vuelta en el día, por vía terrestre o aérea, se le debe pagar el equivalente al viático por un día.

Reglamentos. Todas las instituciones del Poder Ejecutivo tienen que reformar sus reglamentos internos. Algunas de ellas pueden dar menos viáticos que en la escala fijada.

En clase ejecutiva y económica

En la norma se ha determinado que el Presidente y la Primera Dama deben viajar en clase ejecutiva a destinos tanto nacionales como internacionales. También el Vicepresidente y aquellos servidores públicos que estén autorizados y realicen viajes oficiales al exterior como miembros de la delegación del primer y segundo mandatarios.

Los funcionarios de la primera y segunda categorías pueden usar la clase ejecutiva en caso de que el viaje tenga más de seis horas de vuelo. Los demás empleados públicos deben desplazarse en clase económica, según dispone el decreto.