Nueva ley incorpora delito de «genocidio cultural» para proteger a pueblos indígenas en extinción

Gobierno sugiere incluir dos nuevas figuras delictivas en el Código Penal de Bolivia, con el fin de sancionar a quienes alteren el modo de vivencia de los indígenas en el país.

Anteproyecto de ley plantea de 6 a 12 años de cárcel para quien “perturbe” la vida de indígenas

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La Paz, 21 de agosto (Oxígeno).- El Viceministerio de Justicia Indígena Originaria busca sancionar con privación de libertad de seis a 12 años a las personas que "perturben las formas de vida de los pueblos indígenas en peligro de extinción".

Con ese fin, el Gobierno sugiere incluir dos nuevas figuras delictivas en el Código Penal, con el fin de sancionar a quienes alteren el modo de vivencia de los indígenas en el país.

El Anteproyecto de Ley de Protección a Naciones y Pueblos Indígena Originarios en peligro de extinción, en situación de aislamiento voluntario y no contactados, en su disposición adicional primera la creación de delitos como la “perturbación cultural” y el “Financiamiento a la Perturbación Cultural”.

“Estamos pidiendo que partir de esta norma se vayan a incorporar estas figuras en el Código Penal”, dijo el asesor jurídico del Viceministerio de Justicia Indígena, Rubén Choquepalpa.

De acuerdo al anteproyecto de ley, la “perturbación cultural” se entiende como “cualquier tipo de acción que perturbe las formas de vida individual o colectiva” en el territorio de una nación, pueblo o segmento indígena originario en peligro de extinción, en situación de aislamiento voluntario y no contactado.

De acuerdo a esta nueva figura penal, el que cometiera este delito “será sancionado con privación de libertad de 6 a 10 años”. En ese sentido, Choquepalpa explicó que toda actividad en territorio de pueblos indígenas vulnerables debe contar con una “autorización expresa”.

“La misma pena se aplicará a quién actúe al servicio o colabore de cualquier forma, en la realización de estudios de cualquier índole no autorizados, en territorios de las naciones y pueblos indígena originarios en peligro de extinción, en situación de aislamiento voluntario, y no contactados”, dice parte de la normativa.

La otra figura penal que se añade a la primera es el “financiamiento a la perturbación cultural”. El Anteproyecto sugiere el  siguiente texto para este caso: “Todo aquel que de manera deliberada, directa o indirectamente, provea, recolecte, transfiera, entregue, adquiera, posea, negocie o gestione fondos, bienes, recursos, sea mediante el ejercicio de actividades legales o ilegales, con la intención de ingresar, sin autorización expresa de la autoridad competente, a los territorios de las naciones y pueblos indígena originarios en peligro de extinción, en situación de aislamiento voluntario, y no contactados, será sancionado con privación de libertad de 8 a 12 años”.

El Anteproyecto de Ley de Protección a Naciones y Pueblos Indígena Originarios en peligro de extinción, en situación de aislamiento voluntario y no contactados será presentado este jueves en Santa Cruz a los propios pueblos indígenas vulnerables.

Gobierno propone el delito de "genocidio cultural" para proteger a pueblos indígenas en extinción

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La Paz, 21 de agosto (Oxígeno).- El Viceministerio de Justicia Indígena Originario Campesina tiene listo el Anteproyecto de Ley elaborado con el fin de proteger a los pueblos indígena originarios en peligro de extinción; entre las medidas más importantes que propone se encuentra una sanción de hasta 20 años de cárcel a quienes cometan daños contra las etnias vulnerables en el país.

La normativa cuenta con 15 Artículos y será presentada en las próximas horas. Propone la creación de la figura penal del “genocidio cultural”, que sería incluido en el Código Penal Boliviano, con el fin de sancionar a quienes afecten la existencia de los indígenas de pueblos frágiles, mediante acciones que comprometan la identidad, saberes y procedimientos propios.

La disposición adicional primera del Anteproyecto de Ley de Protección a Naciones y Pueblos Indígena Originarios en peligro de extinción, en situación de aislamiento voluntario y no contactados sugiere el siguiente texto:

“ARTICULO. 138. Bis (Genocidio Cultural) El que sometiera a asimilación forzosa a la población plurinacional mayoritaria, a una nación, pueblo o segmento indígena originario en peligro de extinción, en situación de aislamiento voluntario o no contactado, o quien tenga contacto no autorizado con miembros de una nación, pueblo o segmento indígena originario en peligro de extinción, en situación de aislamiento voluntario o no contactado, en territorios declarados con intangibilidad transitoria, será sancionado con presidio de 15 a 20 años”.

El Anteproyecto de Ley de Protección a Naciones y Pueblos Indígena Originarios en peligro de extinción será presentado este jueves 22 de enero en un evento en Santa Cruz con la presencia de pueblos indígenas, informó la Viceministra de Justicia Indígena, Isabel Ortega al periódico digital Oxígeno.

Pueblos en extinción

Ortega informó que hasta el momento se identificó que los pueblos Yuquis, Pacahuara, Yaminahua, Machinerí, Ayoreo, Araona, Moré, Tapiete, Sirionó, Urus, Guarasugwe y Murato se encuentran en peligro de extinción.

“Las causas para que se encuentren en peligro de extinción son la migración (de los indígenas), las enfermedades, la desnutrición, la falta de alimentación, (la falta) de atención en salud”, dijo la autoridad.

En la entrevista con el periódico digital, la viceministra Ortega señaló que hay empresas madereras y hasta personas que explotan goma en  la Amazonía con procedimientos que amenaza seriamente a pueblos como el Machinerí o Yaminahua.

“Están escapando hacia el Brasil como consecuencia de la acción de los madereros que se entran como si fueran dueños (del territorio donde habitan estos pueblos)”, criticó.

En ese sentido, la normativa sugiere la creación de la Dirección General de Naciones y Pueblos Indígena Originarios en Peligro de Extinción, en Situación de Aislamiento Voluntario y No contactados (DIGEPIO), bajo dependencia del Órgano Ejecutivo. Esta entidad estará encargada de velar por la protección de los pueblos indígenas en peligro de extinción.

“El objetivo es que se valide y se construya el anteproyecto de manera colectiva, y de esta forma se consolide la justicia plural, más aún ahora que existe la necesidad de luchar por sus derechos”, aseguró.

Asimismo, la normativa propone establecer mecanismos sectoriales e intersectoriales de prevención, protección y fortalecimiento para salvaguardar las formas de vida individual y colectiva de pueblos indígenas originarios vulnerables.

El anteproyecto es el resultado de un proceso que se ha iniciado el 2010, cuando se se comenzó a visitar comunidades con el fin de garantizar su protección.

De acuerdo con los datos del Censo 2012, el pueblo indígena Machinerí cuenta con sólo 38 habitantes, mientras que Guarasugwe apenas cuenta con sólo 42 habitantes, los que se encontrarían en estado crítico.

El Gobierno del presidente Evo Morales impulsó la Asamblea Constituyente que redefinió al estado boliviano, para llamarlo Estado Plurinacional de Bolivia, bajo el criterio de que el país está compuesto por naciones indígena, originario, campesinos, los que deben merecer la atención prioritaria.