Bancos están obligados a cumplir nuevas tasas de interés para créditos de vivienda

El decreto supremo que fija como máximo 5,5% y 6,5% las tasas de interés para créditos de vivienda social fue publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia ayer lunes

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Ref. Fotografia: Los bancos están obligados a ofrecer nuevsa tasas de crédito para viviendas.



El secretario Ejecutivo de la Asociación de Bancos Privados de Bolivia (Asoban), Nelson Villalobos, dijo el martes que las entidades de intermediación financiera que ofrecen créditos de vivienda en el país, están obligadas a cumplir las nuevas tasas de interés social incorporadas en el decreto reglamentario de la nueva Ley de Servicios Financieros.

En una conferencia de prensa, Villalobos explicó que ‘lo único que les queda a los bancos es cumplir este decreto y adecuar los créditos a las tasas de interés fijadas por el mismo decreto’.

‘A partir de la publicación de la disposición en la Gaceta Oficial del decreto supremo, pues está entra en vigencia y todos estamos sujetos a cumplirla. Las entidades financieras tienen que adecuarse y acatar la aplicación del decreto’, señaló.

El decreto supremo que fija como máximo 5,5% y 6,5% las tasas de interés para créditos de vivienda social fue publicado en la Gaceta Oficial de Bolivia el lunes 23 de diciembre.

No obstante, Villalobos aclaró que Asoban no regula ni controla el cumplimiento de las normas emitidas por el Órgano Ejecutivo y dijo que esa atribución le corresponde a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (Asfi).

‘Las sanciones son atribuciones de la Asfi, pero la banca siempre se ha caracterizado por dar cumplimiento a las leyes, a las normas y, por lo tanto, a partir de la puesta en vigencia del Decreto, obviamente las tasas del Gobierno rigen’, agregó.

Según el Decreto Supremo, la tasa de interés para créditos de vivienda será de 5,5% anual, si la casa a ser adquirida tiene un valor de hasta 255.000 UFV (Unidad de Fomento a la Vivienda), es decir, 482.661 bolivianos ó 69.348 dólares, al tipo de cambio actual.

Además, la norma establece que una tasa de interés anual de 6%, cuando la vivienda se cotice entre 255.001 y 380.000 UFV, al menos 719.260 bolivianos ó 103.342 dólares.

Por último, cuando el valor comercial de la vivienda de interés social esté entre 380.001 y 460.000 UFV (870.683 bolivianos ó 125.098 dólares), la tasa de interés anual será de hasta 6,5%.

Fuente: El Día