Autonomía. Estatutos de seis departamentos de Bolivia están en revisión


EL DE PANDO ES EL ÚNICO APROBADO.

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Los Tiempos



Pandinos celebran la victoria del Sí a la autonomía en junio de 2008. – Carlos López Gamboa Los Tiempos

A cinco años de estar en vigencia la Ley Marco de Autonomías en el país, sólo el departamento de Pando logró en abril pasado la aprobación de su estatuto autonómico. Cochabamba, La Paz, Tarija, Potosí, Chuquisaca y Oruro tienen su texto en revisión en el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), mientras que Santa Cruz y Beni aún no cuentan con un texto consensuado.

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Según la ministra de Autonomías, Claudia Peña, estas demoras develan que se trata de un “proceso complejo”, que demanda participación, pero también “voluntad y capacidad política”.

Según Peña, el proceso muchas veces es afectado por los “tiempos políticos, tiempos electorales”, “pero es, sin duda, un proceso democratizador para llevar a una sociedad más integrada para dar cumplimiento a los grandes proyectos regionales”.

Sin embargo, este proceso no concluye con la elaboración de los estatutos autonómicos, sino con su aplicación.

Además de la voluntad política, se requiere “capacidad política”, explicó la Ministra refiriéndose a Santa Cruz, que junto a Beni, no concluyó la adecuación de sus estatutos. “Falta voluntad política porque al interior mismo de la bancada Verdes hubo un desacuerdo para que se pueda modificar el texto de 2008”, dijo.

Aunque el proceso en Santa Cruz fue “bastante opaco” según Peña, en Beni contrariamente el proceso fue “muy participativo”.

La presidenta de la Comisión de Organización Territorial del Estado y Autonomías del Senado, Rinha Aguirre, por su parte, destacó la aprobación del Estatuto Autonómico de Pando y criticó a Santa Cruz, que, como propulsor de la Autonomía, está retrasado en ese proceso.

“Santa Cruz tenía muy buenas razones, era la abanderada, y uno se pregunta dónde está lo dicho. Otros que no hablaron tanto con los hechos muestran quiénes son, qué quieren y qué certezas tienen”, dijo a tiempo de identificar la demora en que “se juegan muchos intereses”.

Según establece la CPE, en su Artículo 275, los estatutos autonómicos departamentales son las normas institucionales básicas de las entidades territoriales departamentales, que se constituyen en los instrumentos jurídicos departamentales que determinan los lineamientos de la autonomía departamental.

No todos los procesos estatuyentes son iguales en el país. Actualmente existen el de elaboración y el de adecuación.

Los departamentos que debían elaborar el documento son: Cochabamba, La Paz, Oruro, Potosí y Chuquisaca. El proceso que deben seguir es elaboración, aprobación, control de constitucionalidad y referendo aprobatorio.

Los departamentos que debían adecuar el estatuto autonómico son Beni, Pando, Tarija y Santa Cruz. Los pasos que deben seguir son: Adecuación y Control de Constitucionalidad. Ya no necesitan referendo, pues ya lo hicieron en 2009. Sin embargo, sólo Tarija adecuó su texto.

Cochabamba participativa

Según la ministra de Autonomías, Claudia Peña,  el proceso que llevaron adelante los asambleístas departamentales de Cochabamba para la elaboración del estatuto autonómico fue el más participativo a nivel nacional. Sin embargo, esta pluralidad de aportes también complicó el mismo proceso debido a que todo debía integrarse en una sola propuesta.

En noviembre del año pasado, la Asamblea Legislativa Departamental de Cochabamba aprobó en una maratónica sesión de 33 horas su estatuto autonómico, cuyo debate se centró principalmente en el tema de los símbolos regionales, la representación política y los recursos para la región.

El primer artículo declara a Cochabamba un departamento autonómico que por voluntad constituye un gobierno departamental.

Establece que el “poder público reside en el gobierno autónomo, la Constitución Política del Estado, el pueblo y el estatuto”.

El documento que fue remitido al Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) quedó conformado por 106 artículos, seis títulos, 16 capítulos, siete secciones y cuatro disposiciones transitorias. Se está a la espera de la confirmación constitucional.

La Paz denuncia trabas

El presidente de la Asamblea Legislativa Departamental de La Paz, Nelson Guarachi, denunció que el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) “suspendió” el tratamiento del Estatuto Autonómico de ese departamento y pidió que se eleve un informe técnico a la Unidad de Autonomías de esa instancia judicial, lo que calificó de “una obstaculización” burocrática que perjudica a todos los paceños.

La Paz fue uno de los primeros departamentos que concluyó con la elaboración del estatuto y lo remitió de inmediato al TCP para su verificación constitucional. Sin embargo, después de un año de tratamiento, los magistrados aún no concluyeron con su revisión y aprobación.

Sobre este caso, la ministra de Autonomías, Claudia Peña, respondió que si bien los magistrados del TCP tienen el plazo de 30 días para la revisión del proyecto de estatuto departamental, según establece la Constitución Política del Estado, también existen reglamentos que les permiten declarar la suspensión del tratamiento del documento “cada vez que ellos lo decidan”, lo que sucedió con el texto de La Paz.

Pando pasa a redactar de sus leyes

El asambleísta pandino, Mario Valverde (MAS), dijo que para concluir con la adecuación del estatuto autonómico de su departamento se ha trabajado de forma consensuada, participativa y sobre todo con la voluntad política de todos los miembros del órgano legislativo. “En el caso de Pando no se tiene que realizar un referendo de consulta ya que el 2009 se hizo la consulta (…). Una vez publicado (el estatuto) en la gaceta oficial del departamento ya gozamos de autonomía plena de acuerdo a nuestra Constitución”, explicó.

Valverde agregó que una vez que entre en vigencia el estatuto, los asambleístas tienen que trabajar en las leyes departamentales para poner en funcionamiento la “verdadera” autonomía regional.

“De acuerdo a nuestra autonomía, una de las tareas principales que tenemos ahora es hacer una ley de procesos electorales. A nivel departamental, el 2015 tenemos elección para autoridades departamentales. Entonces la forma de elección de los asambleístas, el número de asambleístas; la elección del gobernador y del vicegobernador, todo eso de acuerdo a los datos del último censo”, afirmó.


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