El centralismo impide generación de recursos propios de regiones de Bolivia

Es la posición de analistas políticos sobre la generación de impuestos en las gobernaciones y los municipios del país.

El centralismo impide los recursos propios

Debate. Politólogos y el secretario de Hacienda de la Gobernación coinciden que la mejor forma es a través del diálogo del Pacto Fiscal con los tres niveles de Estado.

imageEL DÍA, Santa Cruz



Palacio Legislativo de La Paz. Centralismo. Según el titular de la Secretaría de Hacienda de la Gobernación cruceña, el Ejecutivo nacional impide la generación de recursos propios en las regiones del país.

La gran polémica generada por los niveles subnacionales con el Gobierno central es el hecho que varias leyes impidieron la generación de recursos propios, en especial a nivel departamental.

Es lo que coinciden analistas políticos y el titular de Hacienda de la Gobernación cruceña.

Esto en el sentido de seguir controlando a través de la distribución equitativa de los recursos del Estado.

Por lo que sugieren, piden retomar el diálogo del Pacto Fiscal con el fin de permitir a los gobiernos locales y regionales generar sus propios recursos.

Debería ser una competencia departamental. El politólogo  Jimmy Frías dijo que los ingresos propios de las gobernaciones debe ser una de sus principales competencias en la Constitución Política del Estado (CPE). «Una de las pocas asignaciones competenciales es a las lanchas y la chicha de maíz, que les pueden generar recursos propios al gobierno departamental», explicó.

Para generar mayores ingresos, Frías propone abrir la Carta Magna y otorgarles mayores competencias a los gobiernos locales y regionales.

Referente a los municipios, el experto considera que tienen capacidad de generar su propio dinero, como la autorización de espectáculos públicos, abrir licencias ambientales municipales. Ahora en las comunas más chicas, dijo que depende de las iniciativas creativas de sus autoridades para potenciarlas, como ejemplo Buena Vista, en la liberación impositiva a los hoteleros.

Falta un Pacto Fiscal. Para el representante cruceño de la Asociación Boliviana de Ciencia Política (ABCP), Romano Paz, dijo que es vital el Pacto Fiscal para una redistribución efectiva de los recursos.

Dijo que si bien está constitucionalizado el proceso autonómico, pero de manera contradictoria, la Ley Marco de Autonomía y Descentralización (LMAD) limita a las gobernaciones de generar recursos propios. Indicó que a pesar de los avances, Bolivia es el país más centralizado de Latinoamérica. Referente a los gobiernos municipales pequeños, es muy difícil que generen recursos propios, ya que se los recauda por la tributación a inmuebles, vehículos, como pasa en los grandes como son los municipios del eje central.

Competencias limitadas. Según el analista político Alejandro Balcázar, los principales problemas con los que se topan los  gobiernos regionales y locales son las competencias limitadas por la CPE. «Es una clara muestra que el Gobierno Central desde un inicio ha querido coartar a la autonomía para conformar un Estado de control total», exclamó Balcázar.

Dijo que la Gobernación de Santa Cruz creó la Lotería Regional para recaudar fondos, pero la problemática es más compleja, ya que el nivel central no les da las mínimas condiciones para las recaudaciones de recursos, afirmó.

Sostuvo que incluso se da en los gobiernos municipales, porque aparte de tasas y patentes, solo pueden poner impuesto a la chicha.

Es problema de estructura de administración pública. Para el analista Paúl Artunduaga, la falta de recursos propios es un problema de estructura de la administración pública.

Indicó que el actual modelo es piramidal europeo, que establece como su fuente de financiamiento al Estado. Sostiene que la gestión pública moderna establece en otros países desarrollados una relación estrecha con la empresa privada. Lamentó que en Bolivia no se concibe como generador de recursos, sino como canalizador del dinero del Tesoro General de la Nación (TGN).

Hay escasez de generación de empresas. El presidente del Colegio de Politólogos de Santa Cruz, Marcio Aranda, dijo que hay escasez de generación de empresas públicas.

«Con la finalidad de que permitan redituar ingresos municipales y departamentales», manifestó el experto.

Indicó que según estudios, las posibilidades están dadas para que puedan generar esos emprendimientos en los tres niveles de gobierno y sin competir con los privados. Agregó que una de las grandes deficiencias municipales es el catastro urbano, por ello que a raíz de la apertura de algún comercio se benefician con tasas muy bajas.

El Régimen Económico centralizado. Por su parte, José Luis Parada,  secretario de Economía y Hacienda de la Gobernación cruceña, lamentó que el poder central siga manteniendo el Régimen Económico y Financiero desde hace más de 20 años.

«Tanto para la formulación, ejecución presupuestaria, se sigue utilizando la Ley de Ejecución Presupuestaria de 1998, porque lo único que cambian en la Ley Financial son algunos artículos de forma», expresó. Dijo que es un régimen centralizado y sigue la misma línea en endeudamiento, presupuesto y el manejo de la ejecución de los recursos.

Lamentó que la situación se empeora con la Ley de Impuestos, donde otorgan a las gobernaciones tres rubros impositivos, como son las sucesiones hereditarias,  motonaves y aeronaves y medioambientales que no sean sancionatorias como las del nivel central, limitando el generar impuestos». Argumentó que la salida es el Pacto Fiscal para flexibilizar el Régimen Económico y Financiero. Comentó que es imposible manejar un proceso autonómico con un régimen «arcaico y anacrónico que impide a las regiones el de producir sus propios recursos». Por ello, explicó que se centraliza todo a nivel nacional y es así que municipios y gobernaciones ven sus perspectivas en función a lo que determina el Ejecutivo nacional.

CPE

Competencias exclusivas de gobernaciones

CPE. artículo 300. I. Son competencias exclusivas de los gobiernos departamentales autónomos, en su jurisdicción:

1. Elaborar su Estatuto de acuerdo a los procedimientos establecidos en esta Constitución y en la Ley.

2. Planificar y promover el desarrollo humano en su jurisdicción.

3. Iniciativa y convocatoria de consultas y referendos departamentales en las materias de su competencia.

4. Promoción del empleo y mejora de las condiciones laborales, en el marco de las políticas nacionales.

22. Creación y administración de impuestos de carácter departamental, cuyos hechos imponibles no sean análogos a los impuestos nacionales o municipales.

35. Planificación del desarrollo departamental en concordancia con la planificación nacional.

36. Administración de sus recursos por regalías en el marco del presupuesto general de la nación, los que serán transferidos automáticamente al Tesoro Departamental.

CPE

Exclusivas de los municipios

CPE. ARTÍCULO 302. I. Son competencias exclusivas de los gobiernos municipales autónomos, en su jurisdicción:

1. Elaborar su Carta Orgánica Municipal de acuerdo a los procedimientos establecidos en esta Constitución y la Ley.

2. Planificar y promover el desarrollo humano en su jurisdicción.

19. Creación y administración de impuestos de carácter municipal, cuyos hechos imponibles no sean análogos a los impuestos nacionales o departamentales.

20. Creación y administración de tasas, patentes a la actividad económica y contribuciones especiales de carácter municipal.

23. Elaborar, aprobar y ejecutar sus programas de operaciones y su presupuesto.

24. Fondos fiduciarios, fondos de inversión y mecanismos de transferencia de recursos necesarios e inherentes a los ámbitos de sus competencias.

26. Empresas públicas municipales.

29. Desarrollo urbano y asentamientos humanos urbanos.

32. Espectáculos públicos y juegos recreativos.

34. Promover y suscribir convenios de asociación o mancomunidad municipal con otros municipios.

42. Planificacion del desarrollo municipal en concordancia con la planificación departamental y nacional.

43. Participar en empresas de industrialización, distribución y comercialización de Hidrocarburos en el territorio municipal en asociación con las entidades nacionales del sector.

Punto de vista

Diego Ayo

Doctor en Ciencias Políticas

«Las leyes cortan la facultad otorgada por la Constitución «

«La Constitución Política del Estadio (CPE) más allá de las críticas, faculta la capacidad gubernativa en los gobiernos autonómicos.

Es decir, la capacidad de elegir autoridades propias, de tener competencias diferenciadas, de tener leyes y de generar impuestos propios. Sin embargo, las leyes que emanan de la Carta Magna le restan peso. Un ejemplo es la Ley de Juegos de Azar, centraliza como la creación de una supervisión de juegos a nivel nacional, lo cual es una enorme contradicción.

El Perú, que no tiene régimen descentralizado, recauda con los juegos de azar mucho más para sus municipios que Bolivia que tiene un régimen autonómico.

En el mejor de los casos, si algún municipio llega a tener juegos de azar, no logra a incrementar ni el 0,8%, lo que no mejora la cantidad de ingresos totales. El otro tema es la Ley de Clasificación de Impuestos, que es una burla y obscenidad contra la CPE, no deja la creación de nuevos impuestos a nivel departamental. Lo claro es que el MAS, mantiene una estructura conservadora antipobreza, es muy regresiva esa norma y prácticamente les quita potestad de cobro impositivo.

Esto se consolida con la Ley de Presupuesto, que impide el manejo flexible de los propios ingresos de gobernaciones y municipios».