TSE inicia procesos de oficio a gobernadores de Oruro y Potosí por campaña en entrega de obras

Víctor Hugo Vásquez y Juan Carlos Cejas, gobernadores por el oficialista Movimiento Al Socialismo (MAS), tendrán dos días, a partir de mañana jueves, para responder al TSE y presentar sus descargos.



Los gobernadores Víctor Hugo Vásquez y Juan Carlos Cejas

Los gobernadores Víctor Hugo Vásquez y Juan Carlos Cejas Foto: La Razón

La Razón Digital / La Paz 

La Sala Plena del Tribunal Supremo Electoral (TSE) resolvió hoy iniciar procesos de oficio a los gobernadores de los departamentos de Oruro y Potosí, Víctor Hugo Vásquez y Juan Carlos Cejas, respectivamente, por la supuesta contravención al reglamento para campaña y propaganda electoral para el referéndum constitucional del 21 de febrero, al promocionar el voto por el Sí en la entrega de obras.

Vásquez y Cejas, gobernadores por el oficialista Movimiento Al Socialismo (MAS), tendrán dos días, a partir de mañana jueves, para responder al TSE y presentar sus descargos.

Ambos incurrieron, según el TSE, en actos de campaña en la entrega de obras el pasado 1 de febrero cuando el artículo 49 del reglamento señala que ningún funcionario podrá realizar campaña o propaganda en actos de gestión pública.

«Vamos a consolidar el 21 de febrero este proceso de cambio votando por el Sí al referéndum para cambiar un artículo de la Constitución Política del Estado. Porque el Sí es salud, el Sí es educación”, dijo Vásquez en la entrega del coliseo “Evo Morales Ayma”, en el municipio de Caracollo, según registró el equipo de monitoreo del Órgano Electoral.

En el caso de Cejas, el TSE registró la siguiente cita en la entrega de la unidad educativa “José María Linares” en el municipio de Porco: «…hermano Álvaro, decirle a usted que tiene que seguir trabajando. Usted y el hermano Evo tienen que seguir en el Gobierno, tenemos que seguir apostando por ese SÍ, y lo digo abiertamente, SÍ a que tengan que habilitarse nuevamente como candidatos 2020-2025…”.

En ambos casos, el tribunal señaló que existe la prueba material suficiente que sustenta el inicio de los procesos a ambas autoridades electas en las elecciones subnacionales de 2015.