Violación a la soberanía económica del Estado

PPJosé Luis Santistevan Justiniano*La actual CPE es la única norma nacional aprobada por voto popular mediante referéndum del 25 de enero de 2009 y promulgada el 07 de febrero del mismo año.Para entender la violación a la soberanía económica del Estado, es necesario transcribir la norma fundamental Art. 320 II. Toda inversión extranjera estará sometida a la jurisdicción, a las leyes y a las autoridades bolivianas, y nadie podrá invocar situación de excepción, ni apelar a reclamaciones diplomáticas para obtener un tratamiento más favorable. III. Las relaciones económicas con estados o empresas extranjeras se realizarán en condiciones de independencia, respeto mutuo y equidad. No se podrá otorgar a Estados o empresas extranjeras condiciones más beneficiosas que las que establecidas para los bolivianos. III. El Estado es independiente en todas las decisiones de política económica interna, y no aceptará imposiciones ni condicionamientos sobre esta política por parte de estados, bancos o instituciones financieras bolivianas o extranjeras, entidades multilaterales ni empresas transnacionales.El Gobierno del Presidente Evo Morales, amparado en convenios de cooperación suscrito a partir del año 2009, adjudicó y favoreció a la empresa China “National Constructional and Agricultural Machinery Import and Export Corporation (CAMC), otorgando en forma directa y por excepción siete grandes contratos, violando el artículo 1, 7 y 320 CPE. Relativo a la soberanía económica de la nación.Las siete contrataciones se han realizado en vigencia de la actual CPE, la primera el 2011 las tres perforadoras por la modalidad de contratación directa aproximadamente 60 millones de dólares. La segunda contratación directa marzo 2012 construcción de una planta industrial azucarera por 166.991.647 dólares. La tercera construcción de un tramo de la vía férrea Montero-Bulo Bulo por 103.167.226 dólares. La cuarta, (dividida en tres) el 2014 tres contratos por excepción de la Empresa Misicuni aproximados 66 millones de dólares y por último, el 2015 COMIBOL contrató de manera directa a CAMC construcción de la planta industrial de sales de potasio en Potosí por 177.008.174 dólares.El Vicepresidente de la Cámara de Diputados Víctor Borda (ver correo del sur 10/03/2016) manifiesta: “los créditos chinos venían condicionados para contratar sin licitación a la empresa CAMC. Sin embargo, precisó, ya en el Gobierno de Evo Morales, en la gestión del expresidente Carlos Villegas, se ha contratado una empresa que verificara las condiciones de la empresa china y las perforadoras adquiridas por YPFB. El asambleísta aclaró que el MAS tuvo que aceptar las condiciones, porque “Bolivia estaba sumida en una crisis económica” y con esas perforadoras YPFB comenzó a operar en la búsqueda de reservas de gas”.El Señor Presidente Evo Morales ha aprobado y dictado los siguientes Decretos Supremos: D.S. 29205 25/07/2007, DS. 2030 del 11/06/2014, DS. 637 el 15/09/2010, DS. 1972 del 09/04/2014  y el D.S. 1979 de16/04/2014, D.S. 29255 del 05/09/2007, D.S. 29256 del 05/09/2007, D.S. 29287 del 26/09/2007, D.S. 29506 del 09/04/2008, D.S. 0098 del 29/04/2009, D.S. 0224 del 24/07/2009, D.S. 0590 del 04/08/2010, D.S. 0800 del 23/02/2011, D.S. 1256 del 13/06/2012, D.S. 1306 del 01/08/2012, D.S. 1972 del 09/04/2014, D.S. 1979 del 16/04/2014, D.S. 2005 del 21/04/2014, D.S. 2574 del 31/10/2015 éste último decreto autoriza la contratación bajo condiciones especiales y directas con recursos del crédito EXIMBANK de CHINA a las empresas: Ministerio de Obras Públicas, ABC, ESM DEL MUTUN, y de Electricidad ENDE, éstas dos últimas pueden empresas pueden contratar en el extranjero de forma directa con recursos del EXIMBANK.Los decretos supremos citados, autorizan a los ministerios y empresas públicas a contratar en forma directa y por excepción, incluyendo una sola empresa monopólica CAMC.Los decretos conforman una estructura jurídica que ha posibilitado un daño económico al Estado violando su soberanía económica, con el agravante que las contrataciones directas o por excepción de empresas nacionales o extranjeras, deben adherirse a contratos elaborados por los contratistas.La CPE establece como como atribución privativa del presidente (art.172) cumplir y hacer cumplir la CPE y las leyes, y dirigir la administración pública en forma conjunta con los ministros.El presidente ha dictado resoluciones contrarias a la Constitución y las leyes, su conducta es contraria a lo establecido por los artículos 1, 7 y 320 CPE, los decretos dictados favorecen a intereses transnacionales de empresas ajenas al Estado plurinacional.Conforme a la ley  044 de juicio de responsabilidades, amerita una proposición acusatoria para someter a juicio de responsabilidades al Presidente, exministros y ministros que firmaron los decretos que violan la CPE, y cuya consecuencia es el daño económico al Estado. Para prueba bastan los contratos con CAMC, las Barcazas Chinas y los aviones del TAM.*Abogado constitucionalista