Las personas de escasos recursos económicos son más propensas a la detención preventiva

En Bolivia, entre las personas más vulnerables a ser detenidas preventivamente, están las mujeres, que además deben someterse a una normativa penal que fue pensada para hombres.

san pedro el diario Cárcel de San Pedro. Foto: El Diario.   La Paz, 19 de noviembre (ANF).- La Defensoría del Pueblo presentó un informe sobre la vulneración de derechos en la aplicación de medidas cautelares, evidenciando un excesivo abuso de la detención preventiva, que afecta principalmente a gente de escasos recursos económicos.“Las circunstancias indicativas del peligro de fuga se han convertido en un mecanismo perverso de selección de las personas más vulnerables como merecedoras `per se´ de la prisión preventiva (…) toda vez que no pueden acreditar su arraigo en el lugar del proceso por su situación socio-económica y por la dificultad de obtener documentos de trabajo, registros domiciliarios o certificados de filiación”, indica el informe.Pero este problema también se registra en razón de género “invisibilizando, por ejemplo, que a las mujeres en situación de vulnerabilidad les resulta más dificultoso conseguir la documentación exigida para desvirtuar los peligros procesales alegados por la acusación, (…) obligándolas a someterse a un tratamiento penitenciario que no sólo está basado en ideas estereotipadas sobre las mujeres que infringen la ley penal, sino que, al haber sido diseñado para los hombres, no presta atención a las problemáticas específicas de las mujeres”, cita el documento.Asimismo, el informe defensorial observó que la privación de libertad o la restricción de otros derechos de la persona imputada, durante el desarrollo del proceso, sea la regla y no la excepción.Producto del monitoreo realizado por la Defensoría en 303 audiencias, se conoció que de las personas sometidas a proceso, únicamente el 3% logró libertad pura y simple, mientras el 97% permanece cautelada.En ese sentido se identificó que la “reiterada y sistemática suspensión de las audiencias por diversos motivos, pero principalmente, por causas atribuibles a los operadores del sistema y no, precisamente, por la ausencia de la persona imputada”, son la principal causa de la retardación de justicia.La Defensoría calificó la suspensión de audiencias como “una chicana” utilizada “sistemáticamente”, para lograr la prolongación indefinida de la prisión preventiva y hacer que ésta “supla la ineficiencia de un sistema que no permite el esclarecimiento del hecho ni el dictado de una sentencia condenatoria o absolutoria en tiempo razonable y oportuno”.El informe concluye que el abuso de la prisión preventiva evidencia la vulneración no sólo del debido proceso, sino del acceso a la justicia y la dignidad de las personas en el Sistema de Justicia Penal y los derechos más elementales.Además el “uso abusivo de la prisión preventiva complota contra el perfeccionamiento del sistema de investigación penal”, debido a que “relaja la actividad profesional de los operadores del sistema”, provocando dificultad en la reinserción social, la mejora de las condiciones carcelarias y la reducción de los elevados índices de hacinamiento de los centros penitenciarios.