La Razón
Revocatorio • Esta vez la decisión judicial llega a las cortes departamentales. La Suprema pide a las autoridades someterse a la ley y el MAS considera que Salame insiste en cometer actos ilegales.
• CORTE NACIONAL • El presidente de la CNE, José Luis Exeni, muestra la resolución mediante la que se anuncia la continuidad del revocatorio. Fue la respuesta que ayer dieron a Salame.
La única magistrada del Tribunal Constitucional (TC), Silvia Salame, aprobó el 28 de julio un decreto que ratifica su determinación de que, por jurisprudencia constitucional, la Corte Nacional Electoral (CNE) y las cortes departamentales deben dejar de administrar el referéndum revocatorio, debido a que pesan en su contra recursos incidentales de inconstitucionalidad.
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Este es el segundo decreto de esta naturaleza que aprueba en poco más de una semana. El primero lo hizo el 21 de julio, en respuesta a un recurso incidental de inconstitucionalidad presentado por el diputado de Unidad Nacional (UN) Arturo Murillo.
En ese documento, Salame envió a la CNE un recordatorio de jurisprudencia, según el cual no puede seguir conociendo el referéndum en tanto el TC no se pronuncie sobre la demanda contra el proceso. En ese entonces, Salame explicó a la prensa que su decreto implicaba que la Corte Nacional «debería dejar de administrar el referéndum».
Ayer, en Sucre, Salame se limitó a señalar: «El decreto ya salió, no hoy sino antes, pero la notificación se ha hecho hoy día. Y es el mismo decreto que el anterior, ratificando lo mismo que dice la jurisprudencia, no tengo nada más que declarar al respecto».
La magistrada aprobó el nuevo decreto el 28 de julio, pero esta vez en respuesta a otro recurso incidental de inconstitucionalidad presentado por el prefecto de Cochabamba, Manfred Reyes Villa, quien impugnó los elementos centrales del referéndum revocatorio: la ley de convocatoria, el calendario electoral, el Padrón Electoral e incluso la exclusión de la Prefecta de Chuquisaca.
El decreto establece que «la jurisprudencia constitucional (referida al efecto suspensivo del recurso indirecto o incidental de inconstitucionalidad)… debe ser cumplida por el órgano electoral, tanto nacional como departamental, así como por el resto de los órganos del poder público, sean jueces o tribunales que forman parte del Poder Judicial o autoridades administrativas».
En el caso del diputado Murillo, el decreto de Salame mencionaba solamente a la CNE y no a las cortes departamentales. Según el ex magistrado del TC Antonio Rivera, el decreto «en la tercera parte, después de enunciar la jurisprudencia constitucional existente respecto a la problemática que tiene en vilo al país, está ordenando a la Corte Nacional y a las cortes departamentales den estricto cumplimiento, y en el sentido que debe entenderse a esa amplia jurisprudencia constitucional, al efecto suspensivo del recurso indirecto de inconstitucionalidad».
Según la ex autoridad, quien dijo haber revisado los antecedentes del caso, la CNE debería resolver esta impugnación aceptándola o rechazándola. «Si rechaza, quedan habilitados los ciudadanos inscritos; si aceptase, se anula ese padrón y tendría que irse a votar con el padrón de diciembre del 2005. Pero, la Corte Nacional ha decidido no resolver las impugnaciones, lo que quiere decir que el padrón sigue cuestionado y si está cuestionado no puede hacerse la votación».
No obstante, dijo que «la aplicación de esta jurisprudencia no implica cancelar definitivamente el referéndum, sino suspender hasta tanto el Tribunal Constitucional se pronuncie sobre el recurso de inconstitucional».
La noticia fue recibida con beneplácito por el Prefecto de Cochabamba, quien anunció en una conferencia de prensa que «a la luz de este nuevo decreto, la Corte Nacional y las cortes departamentales están en la obligación de suspender el revocatorio. Lo contrario sería declararse en rebeldía, el flagrante desacato a la jurisprudencia constitucional».
Luego se dirigió al presidente Evo Morales para decirle públicamente: «Más allá de sus amedrentamientos al Poder Judicial o a las autoridades, Presidente, aquí se tiene que cumplir la ley le guste o no le guste a usted».
Según Reyes Villa, a diferencia de lo que ocurrió con el anterior decreto, esta vez no quedan dudas sobre su alcance.
La CNE responde que continuará su labor
En reunión de sala plena, la Corte Nacional Electoral (CNE) analizó ayer el nuevo decreto emitido por la magistrada Silvia Salame y determinó continuar con la administración del referéndum revocatorio de mandato, con el argumento de que en ninguna parte de esa normativa se menciona la suspensión del acto electoral.
«Continuaremos administrando el proceso», confirmó el presidente de la CNE, José Luis Exeni. Aseguró que con ello no vulneran la jurisprudencia constitucional que reclama Salame.
Mientras, en Santa Cruz, el vicepresidente de la República, Álvaro García Linera, descalificó el decreto emitido por la magistrada y dijo que ella no tiene potestad para tomar decisiones en nombre de una institución como el Tribunal Constitucional.
Contrariamente, el prefecto del departamento de La Paz, José Luis Paredes, dijo que, en apego a la ley, el proceso debería suspenderse, aunque recordó que en el proceso también está en juego un componente político y social.
Tras la decisión de Salame, el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Eddy Fernández, recordó que «la jurisprudencia debe ser acatada por todos los órganos públicos del país» y pidió a gobernantes y gobernados «obrar con estricto apego a las normas». Sostuvo que Salame cumplió correctamente con su labor.