CNE ordena suspensión de 3 spots por ser anónimos

Concluye la depuración del Padrón a fin de mes. El 2 de enero próximo se sorteará jurados electorales para el referéndum constitucional.

Campaña| El órgano electoral aclaró que esos materiales televisivos no atenta contra la moral pública ni la dignidad de las personas, como alegaron los denunciantes

imageDistribución de propaganda a favor del proyecto de Constitución en Cochabamba, el fin de semana pasado. | Noé Portugal



Los Tiempos

Redacción Central

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La Corte Nacional Electoral (CNE) ordenó la inmediata suspensión de la difusión de tres spots televisivos denominados «Vota NO – Basta ya» por constituir propaganda anónima y no así porque estos materiales estén dirigidos a provocar la abstención, agravian, ofenden o injurian a alguna persona natural o jurídica, como argumentan las demandas del Movimiento Al Socialismo (MAS).

La Sala Plena del órgano electoral, con la participación del recientemente posesionado vocal Antonio Costas Sitic, por unanimidad emitió este 24 de diciembre pasado dos resoluciones, la 229/2008 y 231/2008, disponiendo la suspensión de la difusión de esos spots a partir de la notificación con las mismas a los medios de comunicación.

Según comunicado de la CNE, en los tres casos, el Movimiento al Socialismo (MAS) el 18 de diciembre pasado interpuso las demandas para la suspensión de la difusión de esos mensajes. En consecuencia, luego de un análisis técnico y legal de los mensajes objeto de la solicitud, la CNE estableció que los spots no identifican a los solicitantes de los mismos.

Al constituirse en «propaganda anónima», contraviene el artículo 120 (Prohibiciones) del Código Electoral concordante con el artículo 5 del Reglamento para la Difusión de Propaganda Electoral y de Resultados de Encuestas y Estudios de Opinión durante el Proceso del Referéndum Dirimidor y Nacional Constituyente 2009 que prevé: «No se permitirá la propaganda anónima por ningún medio, la dirigida a provocar abstención electoral, ni la que atente contra la moral pública y la dignidad de las personas».

En su demanda los delegados del MAS, Carlos Soruco y Nelvin Siñani, además de denunciar que esa propaganda no tiene autoría ni responsable, argumentan que «está dirigida a provocar la abstención ciudadana en el referéndum porque muestra imágenes de una ciudadana que está siendo entrevistada sin que se le escuche la voz, haciendo ver que con el proyecto de la nueva Constitución ningún ciudadano podrá emitir libremente su opinión», cuando el texto «garantiza la expresión y difusión libre de pensamiento y opinión de cualquier medio de comunicación, de forma oral, escrita o visual, individual o colectiva»

Asimismo, la demanda alega que el sport elude a las autoridades del actual gobierno, «dañando su imagen y dignidad», puesto que expresamente señala que «con la aprobación de la nueva Constitución cualquier autoridad de gobierno podrá procesar judicialmente y en forma arbitraria e injusta a periodistas y ciudadanos por pensar diferente».

La Sala Plena dio la razón a los denunciantes en cuanto al anonimato de la propaganda, pero no así en estos otros argumentos y estableció que estos «no están dirigidos a provocar la abstención», ni «agravian, ofenden o injurian a ninguna persona natural o jurídica».

OTROS SPOTS

El pasado 12 de diciembre, la CNE, a través de dos resoluciones aprobadas en Sala Plena, suspendió la difusión de cinco spots televisivos elaborados y difundidos por la Representación Presidencial para la Asamblea Constituyente (Repac) y la Dirección Nacional de Comunicación (Dinacom), porque se hacía uso de recursos fiscales o públicos.

La determinación fue asumida en aplicación de la Constitución Política del Estado, la Ley 3728 de ampliación de la Asamblea Constituyente, el Código Electoral y el Reglamento para la difusión de propaganda para el Referéndum del 25 de enero de 2009.

De los cinco spots dos fueron suspendidos de oficio, y los otros después de considerar una demanda del diputado de oposición Edwin Jiménez Arandia y el delegado de Podemos, Luis Orihuela.

Los spots suspendidos son: “Ellos caminan hacia una nueva Constitución”, difundido por la Repac; “Con la nueva Constitución nacerá una Bolivia Autonómica”, difundido por Dinacom. “Apoyemos la nueva Constitución porque defiende la integridad e independencia de nuestro Estado”, difundido por la Repac. “Estoy orgullosa de ser boliviana”, elaborado por la Repac y Elegimos el camino a la autonomía”, de la Dinacom.

 

Concluye la depuración del Padrón a fin de mes

Completarán entrega de materiales

La Paz | Abi

Hasta el 31 de diciembre próximo, la Corte Nacional Electoral (CNE) concluirá el proceso de depuración preliminar del Padrón Electoral, para proceder el 2 de enero próximo año al sorteo de jurados electorales para el referéndum constitucional a realizarse el 25 de enero de 2009.

De acuerdo al cronograma electoral aprobado para la consulta constitucional hasta el 9 de enero el máximo organismo electoral debe presentar el Padrón Nacional oficial que establecerá el número de bolivianos habilitados para votar en el referéndum.

«Estamos avanzando de manera ordenada con todo el calendario electoral y estamos adelantando varias de las actividades como el proceso de distribución de materiales», manifestó el presidente de la CNE, José Luis Exeni.

Aseguró que hasta el 31 de diciembre las nueve cortes departamentales electorales del país recibirán todo el material para la realización del referéndum constitucional. Este pasado 24 de diciembre se inició la distribución de las cuatro millones 100 mil papeletas de sufragio impresas, además de todo el material para la administración del proceso electoral de enero próximo.