CNE califica de inviable el voto en el exterior

El ejercicio del sufragio fuera del país debe ser regulado por una Ley de la República. CNE rechaza decreto y presenta nuevo proyecto de Código Electoral.  Objetan empadronamiento de bolivianos en el exterior.

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El Diario



La Corte Nacional Electoral (CNE) presentó ayer una propuesta de modificaciones al Código Electoral al Congreso Nacional; asimismo, calificó de inviable la aplicación del Decreto Supremo 0003, de voto en el exterior, que instruye a las diferentes legaciones diplomáticas del país a empadronar a los ciudadanos bolivianos en el exterior.

El titular de la CNE, José Luis Exeni, aseguró que asumen de manera clara, que el ejercicio del voto debe ser regulado por una Ley de la República; y que es una competencia del Congreso Nacional.

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Según el DS 0003, el ente electoral debe coordinar con las representaciones diplomáticas bolivianas en el extranjero, el censo a todos los ciudadanos que residen en el exterior.

En ese contexto, la CNE no acepta la participación de los cónsules bolivianos en el proceso de registro y ejecución del proceso electoral.

Sin embargo, dijo que está claro que la parte operativa, administración y control del proceso mismo debe ser responsabilidad exclusiva del órgano electoral y por funcionarios públicos designados por la Corte Nacional Electoral, no por cónsules, menos por el Gobierno.

CNE rechaza decreto y presenta nuevo proyecto de Código Electoral

Voto en el exterior. Congreso tiene cuatro proyectos de ley en mesa para su debate.

La Corte Nacional Electoral (CNE) calificó de inviable la aplicación del Decreto Supremo 0003, de voto en el exterior, que instruye a las diferentes legaciones diplomáticas de Bolivia empadronar a los ciudadanos bolivianos en el extranjero. Por el contrario, presentó una propuesta de modificaciones al Código Electoral al Congreso.

Así lo informó en conferencia de prensa el presidente del máximo ente electoral José Luis Exeni, quien aseguró que asumen de manera clara, que el ejercicio del voto debe ser regulado por una ley de la República; y que ésa es una competencia del Congreso Nacional.

SÓLO LA INFRAESTRUCTURA

El Decreto Supremo 0003 instruye que la CNE debe coordinar con las representaciones diplomáticas bolivianas en el extranjero, el censo a todos los ciudadanos que residen en el exterior.

La CNE no acepta la participación de los cónsules bolivianos en el proceso de registro y ejecución del proceso electoral.

“La participación de las delegaciones consulares diplomáticas se limitará exclusivamente a brindar la infraestructura, si es que así lo requiere el órgano electoral, para instalar los recintos electorales. Pero está claro que la parte operativa, administración y control del proceso mismo debe ser responsabilidad exclusiva del órgano electoral y por funcionarios públicos designados por la Corte Nacional Electoral, no por cónsules, menos por el Gobierno”, puntualizó Exeni.

CÓDIGO ELECTORAL

El proyecto de modificaciones al Código Electoral, presentado por el Ejecutivo al Legislativo, se encuentra en la Comisión de Constitución de la Cámara de Diputados, en pleno debate.

Aprobada la nueva Carta Magna mediante referéndum, este pasado 25 de enero, la Comisión de Constitución tiene la misión de aprobar o rechazar el proyecto de Ley del Código Electoral.

Uno de sus capítulos, según consta el borrador de este proyecto de ley trata de manera extensa el voto de ciudadanos en el exterior.

Recién el pasado jueves 19 de febrero, los miembros de la Comisión de Constitución empezaron a debatir los alcances del nuevo Código Electoral. Tienen un plazo de 60 días calendario para concluir este trabajo, con desavenencias de por medio.

El presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara Baja, René Martínez, del Movimiento Al Socialismo (MAS), dijo que en este proyecto lo que más se está cuidando es que no hayan “contradicciones constitucionales ni vacíos legales”.

EL CÓDIGO DE LA CNE

Tras rechazar el Decreto Supremo 0003, la Sala Plena de la CNE aprobó la Resolución 058/2009 mediante la cual envió al Congreso Nacional un Proyecto de Ley sobre Modificaciones al Código Electoral y Régimen Electoral de Transición.

Este proyecto, que contiene 43 artículos y 10 disposiciones finales, considera de acuerdo a la exposición de motivos argumentadas por la CNE, se debe satisfacer la “necesidad de transición constitucional” que vive el país.

Por tal motivo, la CNE pretende contribuir al sistema democrático y garantizar la “libertad y efectividad del voto ciudadano y el desarrollo limpio y ordenado de las campañas y propaganda electoral”.

Con la propuesta de la CNE, el Congreso Nacional debe debatir cuatro proyectos de Ley de modificaciones al Código Electoral: el del Poder Ejecutivo, de la Confederación de Pueblos Indígenas del Oriente Boliviano (Cidob) y de la agrupación ciudadana Poder Democrático Social (Podemos).

Objetan empadronamiento de bolivianos en el exterior

El ex vocal de la Corte Nacional Electoral (CNE), Jorge Lazarte, cuestionó ayer el empadronamiento de ciudadanos bolivianos en el exterior a manos del máximo organismo electoral del país, porque según explicó, el Decreto Supremo No. 0003 viola la nueva Constitución.

Asimismo, sostuvo que si la Corte decidiera empadronar a los ciudadanos bolivianos sería una decisión demasiado preocupante, porque sería una señal de sumisión ante el Poder Ejecutivo.

“Esto rompe con la estructura jurídica del país, aún la que sale de la nueva Constitución, en la que la Corte Nacional Electoral es elevada a cuarto poder del Estado”, manifestó el ex vocal.

En este sentido, Lazarte reiteró que el decreto supremo emitido por el Gobierno para el empadronamiento de ciudadanos bolivianos para posibilitar su voto en las elecciones nacionales del 6 de diciembre de este año, viola el nuevo texto constitucional aprobado el 25 de enero en consulta popular y promulgado el 7 de febrero por el presidente Evo Morales Aima en la ciudad de El Alto.

“Ya se ha señalado con abundancia que ese decreto supremo es violatorio del texto constitucional recientemente aprobado, como es violatorio al anterior texto, en la medida en que sólo es posible mediante una ley”, puntualizó.

Según el ex vocal, el interrogante era saber cuál iría a ser la reacción de la CNE ante el instructivo del Poder Ejecutivo.

“(El instructivo) es un maltrato al organismo electoral, como si se tratase de una oficina del Ejecutivo. La CNE debiera hacer respetar su condición, no solamente de cuarto poder del Estado, como dice el nuevo texto constitucional, sino su propia capacidad de autonomía y de independencia para tomar decisiones propias”, afirmó Lazarte.

Sin embargo, ayer la Sala Plena de la CNE consideró como inadmisible la aplicación del Decreto Supremo 0003.

La Corte emitió la Resolución 075 que rechaza el decreto emitido por el Gobierno por el cual se instruyó a las delegaciones diplomáticas de Bolivia en el exterior iniciar en coordinación con la CNE el empadronamiento de los ciudadanos bolivianos fuera de nuestras fronteras.

En la resolución emitida la mañana de ayer, la CNE no acepta la participación de los cónsules bolivianos en el proceso de registro y ejecución del proceso electoral, considera válido que sólo el máximo órgano electoral del país se haga cargo del proceso.

El 11 de febrero, el Gobierno aprobó en reunión de Gabinete el Decreto Supremo 0003 el cual instruye a la CNE iniciar el proceso de empadronamiento de los ciudadanos bolivianos que viven en el exterior, para que emitan su voto en las elecciones de diciembre de este año.

Se estima que más de tres millones de ciudadanos bolivianos radican en países del mundo, siendo los principales Argentina, Brasil, Estados Unidos y España.