Por: Carlos Cordero Carrafa * en La Prensa
El objetivo de la norma, establecida en la CPE, es la elección del Órgano Legislativo (la Asamblea Legislativa Plurinacional) y del Poder Ejecutivo…
A los pocos días de sancionar la vigencia de la nueva CPE, hecho ocurrido el 7 de febrero de 2009, los ciudadanos fuimos gratamente sorprendidos por la eficacia del Gobierno para remitir al Poder Legislativo un interesantísimo Proyecto de Ley Transitoria del Régimen Electoral (sic). La propia Constitución se refiere a esta ley como “un nuevo régimen electoral” y no como “Ley Transitoria del Régimen Electoral”.
Varios aspectos del proyecto gubernamental y del “Proyecto de Ley del Nuevo Régimen Electoral”, presentado por la agrupación Podemos, serán considerados en los próximos artículos de DemoCraCia, que semanalmente se publican en La Prensa.
En la primera de las disposiciones transitorias de la CPE, parágrafo primero, se señala con precisión que será el Congreso de la República, en el plazo de 60 días desde la promulgación del texto constitucional, el que deberá sancionar un nuevo régimen electoral “para la elección de la Asamblea Legislativa Plurinacional, Presidente y Vicepresidente de la República; la elección tendrá lugar el día 6 de diciembre de 2009”.
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Como se puede advertir, la Constitución señala el objetivo del nuevo régimen electoral, que tanto el proyecto gubernamental como el de la oposición innecesariamente sobrepasan. El objetivo de la norma, establecida en la CPE, es la elección del Órgano Legislativo (la Asamblea Legislativa Plurinacional) y del Poder Ejecutivo (Presidente/Vicepresidente). Por lo tanto, por mandato constitucional, el régimen electoral transitorio debería abocarse al diseño de normas y procedimientos administrativos que permitan la conformación de estos dos Órganos del nuevo Estado Plurinacional. Legislar para la elección y conformación de Asambleas Legislativas Departamentales o para la elección de autoridades municipales, en el marco de la ley transitoria, es un exceso y una iniciativa poco propicia para el diálogo y la construcción de consensos, entre Gobierno y oposición, tanto partidaria como regional.
El “Proyecto de Ley Transitoria del Régimen Electoral” incluye varios artículos que regulan la conformación de autoridades departamentales, municipales en gobiernos autónomos y en departamentos descentralizados. Además incorpora disposiciones mediante las cuales se convoca a referéndum para “acceder libremente y por voluntad del pueblo a la autonomía departamental en los departamentos de La Paz, Potosí, Chuquisaca, Oruro y Cochabamba para el día 12 de julio de 2009”.
¡Fantástico! Elecciones en cinco departamentos dentro de cinco meses, a partir de la fecha, para enmendar el error de rechazar el régimen autonómico, decisión negativa y equivocada, inducida por el MAS, bajo el argumento de que la autonomía es un invento de las mafias oligárquicas y de las logias (¿masónicas?) del oriente para dividir el país. El giro copernicano es que ahora la CPE reconoce el derecho autonómico, por tanto hay que ir a marchas forzadas tras el tren de las autonomías.
En el horizonte de 2009 y del país se prevén entonces elecciones cada cinco meses, sin tomar en cuenta la fatiga ciudadana por el uso y abuso de procesos electorales y por la machacona priorización de la política por encima de otros temas que preocupan al ciudadano y que exigen respuestas efectivas: empleo y estabilidad económica.
* Politólogo y catedrático