Parcialización de “Superfiscal” Sosa invalida investigación de supuesto terrorismo

Colegio de Abogados sostiene que además de no sujetarse a la CPE y Ley de Procedimiento Penal, vulnera la Ley del Ministerio Público. ‘Vocero’ del Gobierno le dicen en Santa Cruz.

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El denominado “superfiscal” Marcelo Sosa.

El Diario

No se apega a la CPE e incluso vulnera la Ley 2.175 del Ministerio Público.



La investigación del supuesto caso de terrorismo en el país, a cargo del fiscal Marcelo Sosa, no se apega a la Carta Magna e incluso vulnera la Ley 2.175 del Ministerio Público, referido a la imparcialidad de las indagaciones.

El criterio corresponde al presidente de Colegio Nacional de Abogados, Edwin Rojas Tordoya, a propósito de las denuncias de irregularidades, parcialización y hasta la falta de ética en la investigación de ese caso.

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El jurista aseguró que el curso del proceso investigativo del supuesto caso de terrorismo en el país que estalló el pasado 16 de abril en Santa Cruz, evidencia el incumplimiento del artículo 120 de la Constitución Política del Estado (CPE) y el 49 Código de Procedimiento Penal, vigentes.

Es más, afirmó que el llamado “Superfiscal”, por acaparar todo el proceso, no se ciñe al artículo 5 de la Ley 2.175 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, referido a la imparcialidad de la investigación.

“En virtud a esas actuaciones que violan las normas legales vigentes, Sosa debe ser apartado del caso y los obrados trasladados a la Fiscalía de Distrito de Santa Cruz, como piden los acusados, entre ellos, autoridades, dirigentes cívicos y empresarios”, sostuvo Rojas.

Acusan a “Superfiscal” Sosa de parcialización en caso terrorismo

Insisten con trasladar el proceso a Santa Cruz

• Colegio de Abogados sostiene que además de no sujetarse a la CPE y Ley de Procedimiento Penal, vulnera la Ley del Ministerio Público.

El denominado “Superfiscal” Marcelo Sosa, desde que asumió las investigaciones del supuesto terrorismo, el pasado 16 de abril, fue objeto de varias denuncias de irregularidades y parcialización, que motivaron a pedir el traslado de este caso a la jurisdicción de Santa Cruz donde se produjo el hecho.

El secretario de Autonomías y Descentralización de la Prefectura de Santa Cruz, Carlos Dabdoub, ante esa actitud, calificó a Sosa de ‘Vocero’ del Gobierno, porque en su criterio las investigaciones que realiza son digitadas desde el Palacio Quemado.

“La larga lista de demandas y procesos en contra de Sosa, generó una serie de críticas y pedidos para abandonar el proceso. Estos actos reñidos con la ética profesional hicieron que pierda credibilidad en el proceso que encara”, declaró.

“Es más -sostuvo- que su credibilidad se puso en entredicho por las denuncias de procesos penales en su contra”.

El prontuario del representante del Ministerio Público parece ser mayor que de los detenidos y procesados. “Por eso, por ética, debería retirarse de este caso”, afirmó Dabdoub

En este contexto, reiteró el pedido de la participación de organizaciones de la comunidad internacional en la investigación de este caso.

Por su parte, el senador de Poder Democrático y Social (Podemos), Walter Guiteras, demandó la participación de fiscales independientes e imparciales para esclarecer la supuesta presencia de terroristas en el país.

“El fiscal Sosa tiene dependencias y grados de parcialización en términos del delito, porque tiene varias denuncias en su contra, además que es el ejecutor de las órdenes de secuestros. Además que no tiene la suficiente ética y moral para juzgar con transparencia a los supuestos terroristas”, sostuvo.

A su turno, el presidente del Colegio Nacional de Abogados, Edwin Rojas Tordoya, aunque afirmó desconocer el curso de la investigación, advierte que Sosa actúa al margen del artículo 120 de la Constitución Política del Estado (CPE) y 49 del Código de Procedimiento Penal.

“El hecho de que no dé cumplimiento a esas normativas implica una violación de las garantías constitucionales y de los procedimientos establecidos”, expresó el colegiado.

Al respecto, el artículo 5 de la Ley Orgánica del Ministerio Público 2175 señala: “Que en el ejercicio de la acción penal pública, el Ministerio Público tomará en cuenta no sólo las circunstancias que permitan probar la acusación, sino también las que sirvan para disminuir o eximir de responsabilidad al imputado. Cuando deba solicitar la aplicación de los criterios de oportunidad y demás salidas alternativas previstas por ley, lo hará en base a razones objetivas y generales”.

HUNGRÍA

Con relación, al anuncio del “Superfiscal” de viajar a Hungría para tramitar la extraditar a los supuestos prófugos de la célula terrorista, el Presidente del Colegio Nacional de Abogados, señaló que para ello, previamente, deben realizarse los trámites necesarios vía Cancillería y con las formalidades de los países involucrados.

LOS HECHOS

El pasado 16 de abril, la Policía abatió al boliviano-húngaro-croata Eduardo Rózsa Flores, al irlandés Michael Dwyer y al rumano Árpád Magyarosi y detuvo al boliviano-croata Mario Tádic Astorga y el húngaro Elöd Tóaso, supuestamente por conformar una célula terrorista que tenía planes para separar a Santa Cruz de Bolivia y asesinar al presidente Evo Morales y otras autoridades.