“La autonomía rompe con el monopolio del Órgano Legislativo nacional”

Los gobiernos autónomos tendrán la potestad de hacer sus propias leyes lo que les permitirá legislar sus propias políticas públicas.

image Carlos Romero: Ministro de Autonomías y autor del proyecto de ley

El ministro de Autonomías, Carlos Romero, entrevistado por La Prensa, afirmó que entregar a los gobiernos autónomos la potestad de hacer sus propias leyes es una de las transformaciones más importantes del Estado porque les permitirá legislar sus propias políticas públicas. En su criterio, el 4 de abril, cuando estos gobiernos elijan a sus autoridades, se marcará el hito más importante para materializar la autonomía.

—¿Con los cuatro niveles autonómicos cómo cambia el mapa del país?



—Básicamente la transición de un Estado de estructura centralista a uno descentralizado político-administrativo implica la transformación de una estructura simple de Estado a una estructura compuesta, porque ya no solamente hay un Gobierno nacional, sino nacen varios gobiernos autonómicos. La Constitución reconoce los gobiernos departamentales autonómicos, 11 autonomías indígenas, los gobiernos municipales, y tenemos una autonomía regional, de momento, que corresponde a la provincia Gran Chaco, de Tarija.

La segunda transformación tiene que ver con la transferencia de una serie de potestades ejecutivas, reglamentarias y legislativas a las entidades autonómicas. La descentralización administrativa ya había transferido varias funciones administrativas a los niveles subregionales, pero con la autonomía se rompe el monopolio legislativo del Órgano Legislativo nacional, es decir, ya no solamente la Asamblea Legislativa Plurinacional va a aprobar leyes, también lo harán los órganos legislativos de las entidades autonómicas, como las asambleas departamentales.

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—La autonomía regional, no adquiere esa potestad legislativa, ¿por qué?

—La regional es una autonomía restringida que está dirigida sobre todo a reconstituir unidades territoriales, representa una serie de descentralización administrativa en el interior de un departamento, porque la autonomía regional no puede trascender en su jurisdicción de territorio de un departamento, sus competencias serán derivadas del gobierno departamental, serán aprobadas por la Asamblea Legislativa departamental, tiene menos potencia que las otras modalidades de autonomía. Sólo facultades ejecutivas y reglamentarias, no legislativas.

—¿Cómo será la asignación de recursos bajo el concepto del Estado autonómico que entra en vigencia este año?

—Hay que tomar en cuenta tres factores de cálculo de asignación de recursos económicos: el poblacional, el territorial y el de índice de desarrollo humano. El poblacional, obviamente, depende de la cantidad de habitantes de cada autonomía, el territorial será un mecanismo de asignación simétrico para las entidades autonómicas, pero luego tendrá algún mecanismo de compensación para aquellas que se encuentren en situación de desventaja, y el de desarrollo humano estará asociado fundamentalmente a programas estratégicos.

“La autonomía regional no tiene potestad legislativa”

PERFIL

Nombre: Carlos Romero, ministro de Autonomías.

Trayectoria: Uno de los hombres más importantes de la consolidación del proceso autonómico. Fue constituyente y trabajó en la elaboración de la CPE.