Ley contra el racismo enoja a la prensa. El MAS busca que los periodistas sean sometidos a juicios penales


Periodistas de Santa Cruz salieron ayer a las calles mientras que la oposición anuncia ‘una dura batalla’ en el Senado para evitar la aprobación de la norma. El oficialismo escuchará propuestas. Polémica. El proyecto de Ley Contra el Racismo propone cambios al Código Penal y hasta cinco años de reclusión para aquellos que difundan ideas racistas o discriminatorias. La ANP alerta de la eliminación de la Ley de Imprenta.

image Ref. Fotografía: MARCHA • Periodistas de Santa Cruz salieron ayer a las calles en protesta por la aprobación de la ley antiracismo

El Día. Debate e incertidumbre. Eso ha generado la Ley contra el Racismo que fue aprobada en la Cámara de Diputados y que falta ser ratificada por el Senado, mientras ayer periodistas de Santa Cruz salieron a las calles en protesta por el contenido que, según dicen, vulnera la libertad de expresión. La oposición anuncia una dura batalla.
‘Es una Ley mordaza parecida a la del Régimen Electoral”, dijo Franz Araúz, directivo de un sindicato de periodistas independientes que encabezaba la manifestación de los informadores.
La norma dispone penas de hasta siete años de prisión y la clausura de los medios o suspensión de las licencias de funcionamiento para quienes difundan contenidos racistas.
Asimismo, la Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia (ANPB) y la Asociación Boliviana de Radiodifusoras (Asbora), rechazaron el propósito que estaría siendo impulsado por el oficialismo en la Asamblea Legislativa Plurinacional para imponer una censura de prensa previa, que viola la libertad de expresión que considerada por las normas internacionales como "la base fundamental de la democracia".
“El órgano Legislativo busca amordazar el periodismo”, señala el comunicado.
a favor y en contra. La bancada de Convergencia Nacional (CN) en la Cámara de Senadores, a decir de Bernard Gutiérrez, advirtió con dar una “dura batalla”  en el análisis y revisión del proyecto de Ley de Lucha Contra el Racismo y garantizar la libertad de expresión de los bolivianos, contemplada en la propia Constitución Política del Estado.
Por su parte la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos, la oficialista Marianela Paco, dijo que la polémica que están generando los medios y los opositores es un implícito reconocimiento de que “permiten, difunden y amplifican expresiones racistas y discriminadoras” a tiempo de reconocer la importancia de la nueva ley.



Senado analiza otras dos leyes

El pleno de la Cámara de Senadores tiene en agenda tres temas centrales, dos de carácter económico por 42 millones de euros y la revisión del proyecto de la ley del Juicio de Responsabilidades informó ayer el jefe de bancada del Movimiento Al Socialismo (MAS), Isaac Ávalos.
"Las leyes económicas se refieren a la aprobación de un crédito de 25 millones de euros para el proyecto Múltiple Misicuni II y para la rehabilitación del tramo Toledo-Ancaravi sobre la carretera internacional Oruro-Pisiga. Después se considerará el proyecto de Ley de Responsabilidades", remarcó.
En ésta última existen al menos tres ex presidentes Goni, Tuto Quiroga, Eduardo Rodríguez Veltzé y el ex vice Víctor Hugo Cárdenas que podrían ser sometidos a la nueva norma en caso de ser aprobada /ABI

=> Recibir por Whatsapp las noticias destacadas

la ley

Objeto •  La presente Ley tiene por objeto establecer mecanismos y procedimientos para la prevención y sanción de actos de racismo y toda forma de discriminación en el marco de la Constitución Política del Estado y Tratados Internacionales
Uno a cinco años •  “La persona que arbitrariamente e ilegalmente obstruya, restrinja, menoscabe, impida o anule el ejercicio de los derechos individuales y colectivos, por motivos de sexo, edad, género, orientación sexual e identidad de género, identidad cultural, filiación familiar, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, opinión política o filosófica, estado civil, condición económica o social, enfermedad, tipo de ocupación, grado de instrucción, capacidades diferentes o discapacidad física, intelectual o sensorial, estado de  embarazo, procedencia regional, apariencia física, vestimenta, será sancionado con pena privativa de libertad de uno a cinco años.
I. La sanción será agravada en un tercio del mínimo y en una mitad el máximo cuando:
a) El hecho sea cometido por una servidora o servidor o autoridad pública.
b) El hecho sea cometido por un particular en la prestación de un servicio público.
c) El hecho sea cometido con violencia”.
Medios de comunicación • "El medio de comunicación que autorizare y publicare ideas racistas y discriminatorias será pasible de sanciones económicas y de suspensión de licencia de funcionamiento, sujetos a reglamentación".

Hay varias reacciones

CARLOS VALVERDE
Presentador de Sin Letra Chica

“Yo supongo que en mi caso tendré que acostumbrarme a no decirle boludo a un tipo y buscar la manera de no darle gusto al Gobierno que lo quiere es callarnos. Decirle corrupto a alguien no es delito porque el Presidente y Vicepresidente tienen esa palabra en la punta de la lengua y la dicen”.

JOSÉ MANUEL‘YOYO’ PANDO
Presentador de Pa que lo sepan

“Decir colla no es identidad y decir ‘camba e mierda’ es identidad. A raíz de esta ley yo sugiero   usar el portugués y preguntar cuál es el intermedio entre Quechua y Aimara, ‘escolha’. Yo no voy a cambiar y cuando me refiera a ellos voy a decir los que sabemos y la gente va a saber a quiénes me estoy refiriendo”.

MAURO PEÑA
Vice de la Brigada Parlamentaria Cruceña (MAS)

“Yo creo que con esta ley en vigencia no corresponde que el presidente de Venezuela, Hugo Chávez le diga ‘indio’ al presidente Evo Morales. Eso es racismo; sin embargo, puede referirse a él diciendo que es indígena. Yo creo que la ley no afecta a los periodistas responsables ni a los medios de comunicación serios”.

OSCAR ORTIZ
Relaciones Internacionales de la Gobernación

“Nos parece bien que exista una ley contra el racismo si la finalidad es evitar que existan esas muestras, pero no aceptamos que metan de contrabando algunos artículos para coartar la libertad de prensa como lo hicieron con la Ley Marco de Autonomía para perseguir Alcaldes y Gobernadores”.

MILTON MONTERO
Periodista de Canal 11

“Nos sentimos preocupados y en estado de emergencia porque pensamos que esta ley no sólo vulnera la libertad de prensa y afecta a los periodista sino también a cualquier ciudadano porque no podrá expresar lo que siente. Tiene una intencionalidad política y es coartar a los medios”.

Ley Contra el Racismo plantea juicios penales para periodistas

image Análisis: la Cámara de Senadores que recibió ayer el proyecto de ley antirracismo

La Prensa. Debate: El proyecto oficialista sigue causando controversia. La ANP anticipa que va en contra de lo dictado por la Ley de Imprenta.
El proyecto de Ley Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación auspiciado por el oficialismo no sólo pretende cerrar los medios de comunicación que difundan “ideas racistas y discriminatorias”, sino eliminar la previsión de la Ley de Imprenta que prohíbe enjuiciar penalmente a los periodistas.
La Asociación Nacional de la Prensa (ANP) anticipó que con una disposición de esa naturaleza desaparecerá la normativa del gremio periodístico que estipula la formación de un Jurado de Imprenta para tratar los “delitos” del rubro, salvo en los casos de injurias y de difamación.
El artículo 25 del proyecto, que es tratado desde ayer por una comisión de la Cámara Alta, ordena incorporar en el Código Penal el capítulo “Delitos contra la dignidad del ser humano”, que castiga hasta con cinco años de reclusión a aquellos que difundan “ideas basadas en la superioridad o en el odio racial o que promuevan y/o justifiquen el racismo o toda forma de discriminación” o inciten “a la violencia o la persecución de personas o grupos de personas fundados en motivos racistas o discriminatorios”.
El parágrafo II, relativo a la difusión o la incitación al racismo, establece: “Cuando el hecho sea cometido por un/a trabajador/a de un medio de comunicación social, o propietario del mismo, no podrá alegarse inmunidad ni fuero alguno”.
El director ejecutivo de la ANP, Juan Javier Zeballos, aclaró que los periodistas no tienen inmunidad y que el fuero en sí es la Ley de Imprenta, que “con esto (el proyecto) me imagino que desaparece”. Pidió eliminar los artículos 17 (cierre de medios) y 25, que son “una flagrante censura de prensa y una violación a la Constitución y las convenciones internacionales”.
En contraposición, la presidenta de la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados, Marianela Paco (MAS), aclaró que el artículo 25 “no anula (la Ley de Imprenta) de ninguna manera, porque es una competencia diferente”.
La legisladora oficialista aseguró que “la incitación a cometer actos de violencia racista o discriminatorios es un delito y, como delito, por ser periodista, por ser diputado, por ser senador, nadie puede tener fuero ni privilegios”, por lo que, como en cualquier caso de “delito, tiene también procesamiento penal”.
Pero las sanciones estipuladas por la Ley de Imprenta en vigencia sólo son pecuniarias. Su artículo 15 establece que “las penas por delitos cuyo conocimiento corresponda exclusivamente al Jurado son pecuniarias, y en ningún caso pueden exceder de cuatrocientos bolivianos”.
En el proyecto masista, la sanción a la persona que por cualquier medio difunda ideas basadas en la superioridad o en el odio racial o que promuevan y/o justifiquen el racismo o la discriminación consistirá en la pena privativa de libertad de uno a cinco años.
La ANP, la Asociación Nacional de Periodistas de Bolivia (ANPB) y la Asociación Boliviana de Radiodifusoras (Asbora) consideran que los artículos referidos a la prensa incluyen una “violación de la libertad de expresión” y, según la agencia Efe, esos organismos señalan que “de concretarse este propósito se romperá el sistema democrático al amordazar a la prensa y esta acción será denunciada también ante los organismos internacionales de defensa de derechos humanos”.
El senador oficialista Eduardo Maldonado, sin embargo, anunció ayer que antes de sancionarse esta nueva normativa se convocará a audiencias públicas.
Ávalos habla de revisar artículo 17
El jefe de la bancada de senadores del Movimiento Al Socialismo (MAS) en la Cámara de Senadores, el líder campesino cruceño Isaac Ávalos, abrió ayer la posibilidad de revisar el artículo 17 del proyecto de Ley Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación, que es cuestionado por las entidades profesionales y periodísticas del país.
“Hay que hacer una revisión minuciosa de este proyecto de ley en el Senado para que ningún sector se sienta afectado, pero es necesario poner un alto al racismo”. El artículo objetado señala textualmente: “El medio de comunicación que autorizare y publicare ideas racistas y discriminatorias será pasible de sanciones económicas y de suspensión de licencia de funcionamiento, sujetos a reglamentación”.
Ávalos reconoció que el problema de la discriminación y del racismo “no vamos a resolverlo con una ley, tenemos que socializarlo, tenemos que convencernos entre nosotros mismos, será un trabajo de años, la ley sola no sirve, va a ayudar, pero no es una solución del cien por cien”. El proyecto es debatido en la Cámara de Senadores.
Opiniones
“En todas las normas que estamos sancionando existe la tendencia clara a profundizar la censura a los medios de comunicación. Es lo que se está observando de manera reiterativa, y en este caso creo que bajo el pretexto de la posibilidad de generar acciones racistas de discriminación se encuentra un buen instrumento para poder ejercer una acción de censura contra la prensa y de control porque el régimen plantea ejercer el control de la información a fin de que ésta se halle de acuerdo con lo que el Gobierno puede tolerar”.
Centa Reck / Senadora opositora
“Los tipos penales son de tipo personal, si alguien comete (delitos), todos los ciudadanos estamos bajo una Constitución Política del Estado, que establece prohibiciones a cualquier forma de discriminación o de racismo, ya sea por origen, por características económicas, etcétera. Por lo tanto, lo único que hace esta ley es dar aplicabilidad a un principio constitucional. La Ley de Imprenta no tiene nada que ver con este tema, tenemos innumerables casos de periodistas y de personas que, aprovechando un medio, difunden un discurso racista”.
Gabriela Montaño / Senadora oficialista
Comparaciones
Proyecto de Ley Contra Racismo
ARTÍCULO 23. (Delitos.) Se incorpora en el Capítulo II del Título III del Libro Primero del Código Penal la disposición siguiente: “Artículo 40 Bis. (Agravante general.) Se elevarán en un tercio el mínimo y en un medio el máximo las penas de todo delito tipificado en la Parte Especial de este Código y otras leyes penales complementarias, cuando hayan sido cometidos por motivos racistas y/o discriminatorios descritos en los artículos 281 bis y 281 ter de este mismo Código.
ARTÍCULO 24. Se modifica el Título VIII del libro Segundo del Código Penal cuyo texto quedará redactado en los siguientes términos: “Delitos contra la vida, la integridad y la dignidad del ser humano”.
ARTÍCULO 25. Se incorpora en el Título VIII del Libro Segundo del Código Penal, el “Capítulo V” denominado: “Delitos contra la dignidad del ser humano”, el mismo que comprenderá las siguientes disposiciones:
ARTÍCULO 281 quater. (Difusión e incitación al racismo o la discriminación.) La persona que por cualquier medio difunda ideas basadas en la superioridad o en el odio racial o que promuevan y/o justifiquen el racismo o toda forma de discriminación por los motivos descritos en el Art. 281 Bis y 281 ter o incite a la violencia o la persecución de personas o grupos de personas fundados en motivos racistas o discriminatorios, será sancionada con la pena privativa de libertad de uno a cinco años.
I. La sanción será agravada en un tercio del mínimo y en una mitad del máximo cuando el hecho sea cometido por un servidor/a o autoridad pública.
II. Cuando el hecho sea cometido por un/a trabajador/a de un medio de comunicación social o propietario del mismo, no podrá alegarse inmunidad ni fuero alguno.
Ley de Imprenta
Art. 15 Las penas por delitos cuyo conocimiento corresponda exclusivamente al Jurado son pecuniarias y en ningún caso pueden exceder de cuatrocientos bolivianos.
Art. 16 Los delitos calificados de personales, obscenos o inmorales se castigarán con una multa de cuarenta a doscientos cuarenta bolivianos. Los delitos contra la sociedad o la Constitución, de ochenta a cuatrocientos bolivianos.

Ley contra el racismo fija pena mayor a funcionarios

image DISCUSIÓN. La directiva de la Cámara Alta, durante la sesión de ayer. Una comisión del Senado tratará la norma.

La Razón – La Paz- Todo acto de racismo y discriminación que sea denunciado y comprobado contra funcionarios públicos incluirá sanciones penales que prevén penas de hasta un tercio y un medio de las establecidas de uno a siete años.

El proyecto de Ley Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación incorpora en el artículo 23  el Título VIII del Libro Segundo del Código Penal y el Capítulo V (Delitos contra la Dignidad del Ser Humano) que establece penas de uno a siete años.

“Se penaliza conductas con sanciones penales”, denunció la diputada opositora de UN Norma Piérola.
El Capítulo V, en el artículo 21 (Delitos), incorpora el artículo 40 Bis (Agravante General) que “eleva a un tercio, la pena mínima; y un medio, la pena máxima de todo delito tipificado”, cuando hayan sido cometidos por motivos racistas y/o discriminatorios.

En los artículos 281 y siguientes (sobre racismo, discriminación, difusión e incitación, organizaciones o asociaciones racistas y agresiones e insultos racistas) se disponen penas privativas de libertad de acuerdo a la gravedad. La misma se dispondrá cuando el hecho sea cometido por una servidora o servidor público, cuando sea cometido por un particular en la prestación de un servicio público y cuando el hecho sea cometido con violencia.

Por ejemplo, en el artículo 281 bis (Racismo) la sanción es de tres a siete años. La asambleísta Piérola explicó a La Razón que al decir, un medio del máximo, “se aumenta un medio (de siete)”, es decir tres años y medio, en total la sanción sería de 10 y medio. “Pero no especifican qué delitos, por decir del mínimo o máximo. Es una barbarie lo que hacen”, señaló.

Por su parte, la senadora por el MAS Gabriela Montaño señaló que será la reglamentación de la norma la que defina los parámetros para su aplicación, aunque el Código Penal ya tiene tipificaciones establecidas, se refirió al artículo 281. “En el proyecto de la norma se incrementan las sanciones cuando es un delito de racismo o discriminación”, declaró ayer en la tarde a radio Erbol.

Piérola informó que una vez que la ley sea promulgada, presentará un recurso de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema en Sucre. “Vamos a acudir a todas las instancias, porque es una ley que no tiene coherencia en el ámbito legal”, acotó.

El presidente de la Comisión de Constitución de la Cámara de Senadores, Eduardo Maldonado (MAS), anunció ayer que se pedirá la participación de la sociedad en las audiencias públicas, para discutir alcances de la ley y posibles modificaciones.

"Vamos a pedir el concurso de toda la sociedad, particularmente de los medios de comunicación y de las instituciones educativas. Será una dinámica de puertas abiertas, para que las instituciones del Estado, la sociedad civil, de defensa de derechos humanos, y los mismos medios, nos permitan conocer sus criterios para enriquecer el proyecto de ley", declaró el senador a la agencia ANF.

Para la senadora Carmen Gonzales (CN), la ley está direccionada para acallar a todos aquellos ciudadanos que vayan en contra del Gobierno o que, por lo menos,” lo miren un poquito feo. Esta ley es sesgada, esta ley es represiva", afirmó.

En cuanto al tratamiento de la norma, la senadora por el MAS Sandra Soriano informó anoche que el proyecto fue remitido por la Cámara Alta a la Comisión de Constitución y Derechos Humanos del Senado, donde se realizará su análisis para luego debatirla en el plenario.
Algunos conceptos de la ley

Discriminación
Toda forma de distinción, exclusión, restricción o preferencia fundada en razón de sexo, color, edad, orientación sexual e identidad de géneros, origen, cultura, nacionalidad, ciudadanía, idioma, credo religioso, ideología, filiación política o filosófica, estado civil, condición económica, social o de salud, profesión, grado de instrucción, capacidades diferentes y/o discapacidad física u otras.
Discriminación racial
Toda distinción, exclusión, restricción o preferencia basada en motivos de raza o por el color, ascendencia  u origen nacional
o étnico.
Racismo
Toda teoría tendente a la valoración de unas diferencias biológicas y/o culturales, reales o imaginarias en provecho de un grupo y en perjuicio del otro.
El Comité Contra el Racismo no excluirá

Una de las discusiones en la Cámara de Diputados fue la inclusión de más entidades u organizaciones sociales en el Comité Nacional Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación.

El diputado opositor por UN, Jaime Navarro, reveló que en el proyecto inicial se discriminada a otras entidades al excluirlas de la conformación del ente que velará por el cumplimiento de la norma. “Por lo que se realizó la observación y se logró el entendimiento del oficialismo para incluir a otras representaciones”.

Según el asambleísta, el Comité Contra el Racismo estaba cerrado a sólo organizaciones sociales. “Se logró el consenso de abrir el Comité a todas las representaciones”.  Por su parte, la senadora del MAS Gabriela Montaño dijo que no hay discriminación en el comité y que se abre a sectores de la sociedad.

Desde Santa Cruz, el secretario de Coordinación de la Gobernación, Óscar Ortiz (ex presidente del Senado), pidió ayer a la Asamblea Plurinacional que la Ley Antirracismo “sirva para integrar y unir, no para desunir”.

Resumen de los artículos de la ley
Objeto

La ley establece mecanismos y procedimientos para la prevención y sanción de actos de racismo y discriminación en el marco de la CPE y los DDHH a nivel mundial.
Prevención
Define y adopta políticas públicas con perspectiva de género y de aplicación en todo el país en ámbitos educativos, comunicacionales y económicos
Comité
Ordena la creación de un Cómite contra el Racismo que promoverá, diseñará e implementará las políticas. Estará bajo tuición del Viceministerio de Descolonización.

Víctimas

Las personas que hubiesen sufrido actos de racismo o discriminación podrán optar por la vía constitucional, administrativa o disciplinaria y/o penal.

Empresas

Todas deberán adoptar y modificar sus reglamentos internos de manera que incluyan como faltas, conductas racistas como agresiones verbales y maltrato.
Locales
Se prohíbe toda restricción de ingreso y colocado de carteles con este propósito en locales de atención, servicio o entretenimiento. Se prevé las clausuras.

Alternativas
Según lo establecido en el artículo 26 del Código Penal, el Ministerio Público  buscará en el marco de la legalidad la solución del conflicto  con salidas alternativas.
Denuncias
Los funcionarios públicos que conozcan hechos de racismo o discriminación tienen la obligación de denunciar ante las autoridades correspondientes.
Protección
El Estado garantizará la seguridad física y psicológica de las víctimas, testigos y denunciantes de delitos de racismo y toda forma de discriminación en el país.
Falsedad
El que acusara o denunciara a una persona que no cometió un hecho racista será sometido a un proceso penal conforme al Art.166 del Código Penal.
Reglamento
El Ministerio de Culturas se encargará de la reglamentación de la ley en lo que corresponda en un plazo de 90 días a partir de la promulgación por el Órgano Ejecutivo.
Organizaciones
La persona que participe en una organización o asociación que promueva o justifique el racismo, discriminación u odio será pasible a pena de 1 a 4 años.