Walter Arrázola*
La economía del delito determina la pena óptima y los niveles de disuasión que ésta debería tener. Es decir, el objetivo del código penal antes que castigar es disuadir a que se cometan ciertos actos tipificados penalmente como delitos.
La reforma al código penal en el caso de los delitos de violación debe ser tomada con atención y seriedad. Esta reforma supuestamente disminuirá el delito de violación al aumentar los años de prisión a 30 años o a la castración química de quienes cometieran estos delitos. Sin embargo, los resultados serán inversamente proporcionales.
Con esta pena punitiva tan dura e irracional no se logrará que ya no se cometa el delito de violación, sino más bien se cometerán los delitos de violación seguidos de muerte (asesinato), puesto que la pena de violación será tan dura que el potencial violador optará por matar a su víctima para que ésta no lo denuncie ni identifique.
La cura será peor que la enfermedad. Además, si la pena es equiparable a la de asesinato o por último la castración química, entonces si se comete un delito de asesinato tendrá la misma proporcionalidad de pena que el delito de violación. Por lo tanto, “razonablemente el delincuente cometerá los dos delitos a la vez” y será más eficiente, al cometer un delito más para ocultar el primero.
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El juez o tribunal igual tendrá que darle la misma sanción por los dos delitos: violación y asesinato, puesto que en Bolivia la penas no son acumulativas como en otros países.
Entonces tenemos que dentro del razonamiento económico del delito, será eficiente para el delincuente violar y asesinar, así no habrá el “cuerpo del delito” que lo denuncie y menos identifique.
¿Cómo podemos pedir una pena de esa magnitud, en un país donde no existe justicia imparcial? ¿Se han puesto a pensar que esa herramienta podría ser utilizada políticamente o aplicada injustamente? Puesto que es la institucionalidad la que da seguridad jurídica y como consecuencia ésta brinda justicia. No son las penas, éstas son meras herramientas que ayudan al sistema penal.
Debemos preguntarnos: ¿tenemos un poder judicial probo, eficiente e independiente? ¿Tenemos una policía transparente y eficiente en la investigación? ¿Tenemos un Ministerio Público probo y eficiente? ¿Existen estudios carcelarios, de los delitos y sanciones aplicadas, de la rehabilitación, del tiempo que dura un juicio penal según el delito?
Si la respuesta es no, no vale nada o no servirá de nada cualquier tipo de modificación al código penal.
Hoy muchos se dedican a ser narcotraficantes profesionales, porque es mínima la posibilidad de ser atrapados o juzgados, peor sancionados. Los beneficios son mayores a la probabilidad de una sanción. En el caso de ser detenidos, la pena es mínima a comparación de las ganancias obtenidas. Además, si cumple la condena tendrá suficiente dinero para comprar abogados, jueces y demás. Cuando salga libre disfrutará de los excedentes del delito, con un simple razonamiento económico.
*Ex diputado nacional
AM Latina